DISPOSICIÓN 195 2017 DIRECCION GENERAL FERIAS
Síntesis:
APRUEBA REGULACIÓN - ACTIVIDAD FERIAS PREVISTAS LEY N° 4121 - APRUEBA MODELO DE FORMULARIO DE INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE POSTULANTES DE FERIAS - DIRECCIÓN GENERAL DE FERIAS - AUTORIDAD DE APLICACIÓN
Publicación:
14/01/2019
Sanción:
19/04/2017
Organismo:
DIRECCION GENERAL FERIAS
VISTO:
las Leyes N° 4.121, N° 5.460 y modificatoria N° 5.503 (textos consolidados por Ley N°
5.666), los Decretos N° 363/GCBA/15 y sus modificatorios, N° 675/GCBA/16, N°
79/GCBA/17, y
CONSIDERANDO:
Que por Ley N° 5.460 y su modificatoria Ley N° 5.503 se sancionó la Ley de
Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose
entre ellos al Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que por Decreto N° 363/15, modificado por Decreto N° 675/16, se aprobó la estructura
orgánico funcional, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, contemplándose a la Dirección General Ferias de la Subsecretaría Uso
del Espacio Público, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público;
Que mediante la Ley N° 4.121 se reguló el funcionamiento de las actividades feriales
en el ámbito de laCiudad Autónoma de Buenos Aires, en los emplazamientos
establecidos por la misma;
Que la mencionada norma, en su artículo 3° crea el Registro Público de Armadores y
que, asimismo, en su artículo 5°, establece como Autoridad de Aplicación a la
entonces Dirección General Ferias y Mercados actualmente Dirección General Ferias -
, dependiente del Ministerio de Ambiente y Espacio Público o el organismo que un
futuro la reemplace, designándola además como la encargada del control y
fiscalización de estas ferias y la que ejerce el poder de policía;
Que mediante Decreto N° 79/GCBA/17 se reglamentó la citada Ley, estableciendo,
entre otras cuestiones, que la Dirección General Ferias, en su carácter de Autoridad
de Aplicación, o el organismo que en el futuro la reemplace, dictaría la normativa
correspondiente a fin de regular la actividad de los armadores, establecer su
mecanismo de selección, poner en funcionamiento su Registro Público, como así
también toda aquella necesaria para el cumplimiento de dichos fines;
Que resulta oportuno entonces que la Dirección General Ferias, como Autoridad de
Aplicación, proceda a regular los aspectos operativos del funcionamiento de las
referidas actividades feriales.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébase la regulación de la actividad de las ferias previstas en la Ley N°
4.121, que como ANEXO I (IF-2017-09025871-DGFER) forma parte integrante de la
presente.
Artículo 2°.- Apruébase el modelo de Formulario de Inscripción al Registro de
Postulantes de Ferias ANEXO II (IF-2017-09025536-DGFER) que como tal forma
parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos, remítase a la Subsecretaría Mantenimiento del Espacio
Público de este Ministerio. Cumplido, archívese. Scauzillo