RESOLUCIÓN 102 2026 SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
Síntesis:
APRUEBA, A PARTIR DEL CICLO LECTIVO 2027, LA IMPLEMENTACIÓN DEL DISEÑO CURRICULAR ESTABLECIDO POR LA RESOLUCIÓN 321/MEGC/15 Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS EN CINCO ESCUELAS DE EDUCACIÓN MEDIA, CON SUS RESPECTIVAS ORIENTACIONES, EN REEMPLAZO DEL PLAN DE ESTUDIOS APROBADO POR LA RESOLUCIÓN 814/SED/04 Y SU MODIFICATORIA. APRUEBA TAMBIÉN LA IMPLEMENTACIÓN DEL BACHILLERATO EN ECONOMÍA Y ADMINISTRACIÓN, ALTERNATIVA "A", EN LA ESCUELA DE COMERCIO N.° 9 - COMUNA 7 "JOSÉ INGENIEROS", EN REEMPLAZO DEL PLAN APROBADO POR LA RESOLUCIÓN 5810/MEIGC/19 Y SU MODIFICATORIA. ASIMISMO, AMPLÍA LA IMPLEMENTACIÓN DEL "RÉGIMEN DE IMPLEMENTACIÓN CURRICULAR SECUNDARIA +15" A LOS ESTABLECIMIENTOS DEPENDIENTES DE LA DIRECCIÓN EDUCACIÓN MEDIA CONSIGNADOS EN SU ANEXO I - EDUCACIÓN SECUNDARIA - DISEÑO CURRICULAR - PLANES DE ESTUDIO - BACHILLERATOS ORIENTADOS - SECUNDARIA +15 - ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS - NUEVA ESCUELA SECUNDARIA
Publicación:
19/10/2026
Sanción:
13/10/2026
Organismo:
SUBSECRETARIA GESTION DEL APRENDIZAJE
VISTO: la Ley 6.684 (textos consolidados por Ley 6.764), los Decretos 387/23 y sus
modificatorios y 318/26, las Resoluciones 814/SED/04 y su modificatoria
4.539/SED/05, 321/MEGC/15 y sus complementarias, 5.810/MEIGC/19 y su
modificatoria, 1.602/MEDGC/24, 2.339/MEDGC/24 y 1.375/MEDGC/25 y su
modificatoria, el Expediente EX-2026-44451297-GCABA-DGEGE, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, correspondiendo al Ministerio de Educación diseñar,
promover, implementar y evaluar las políticas y programas educativos que conformen
un sistema educativo único e integrado a fin de contribuir al desarrollo individual y
social, así como promover la formación y jerarquización profesional del personal
docente;
Que mediante el Decreto 387/23 se aprobó la estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires estableciéndose las responsabilidades primarias, acciones correspondientes y
competencias de los organismos bajo la órbita de este Ministerio;
Que entre las responsabilidades primarias de la Subsecretaría Gestión del Aprendizaje
se encuentran la de coordinar y supervisar el desarrollo de las acciones pedagógicas y
administrativas de los establecimientos educativos para los niveles inicial, primario,
secundario y nivel superior de formación docente;
Que, conforme el mismo plexo normativo, la Dirección General Educación de Gestión
Estatal tiene a su cargo supervisar y acompañar el desarrollo de las acciones
pedagógicas y administrativas en las escuelas de gestión estatal de los niveles inicial,
primario y secundario y la modalidad de la Educación Especial, la Educación
Permanente de Jóvenes y Adultos y la Educación Técnico Profesional de Nivel
Secundario;
Que por su parte, la Dirección Educación Media tiene a su cargo la implementación de
las políticas y los programas educativos de nivel secundario y la supervisión del
desarrollo de las acciones pedagógicas y administrativas en las escuelas del nivel
secundario de los establecimientos educativos bajo su dependencia;
Que por la Resolución 814-SED/04 y su modificatoria Resolución 4.539-SED/05 se
aprobó, con carácter experimental, el plan de estudio correspondiente a la modalidad
Bachillerato y se autorizó su implementación y aplicación, a partir del ciclo lectivo
2004, inclusive, en determinadas unidades educativas de nivel medio dependientes de
la Dirección del Área de Educación Media y Técnica, creadas por los Decretos 408/04
y 962/05, conocidas como "Escuelas de Reingreso";
Que por Resolución 321/MEGC/15 y sus complementarias, se aprobaron los Diseños
Curriculares y Estructuras Curriculares para el Ciclo Básico de la Escuela Secundaria
y para la Formación General del Ciclo Orientado para la escuela secundaria de los
establecimientos correspondientes de la Dirección de Educación Media y de la
Dirección de Educación Técnica de la Dirección General de Educación de Gestión
Estatal, de la Dirección de Formación Docente y de la Dirección de Educación Artística
de la Dirección General de Educación Superior, y de la Dirección General de Gestión
Privada;
Que asimismo, mediante la mencionada Resolución, se aprobaron los Diseños
Curriculares y Estructuras Curriculares para el Ciclo Orientado de la Formación
Específica en Arte-Teatro, Artes Visuales y Música, Comunicación, Ciencias Naturales,
Ciencias Sociales y Humanidades, Economía y Administración , Educación Física,
Lenguas, Informática, Turismo, Agraria/Agro y Ambiente, Literatura, Matemática y
Física, y Educación;
Que por la Resolución 5.810/MEIGC/19 y su modificatoria se aprobó la
implementación progresiva del Bachillerato con Orientación en Economía y
Administración (Alternativa B: Administración), aprobado por la Resolución 321-
MEGC/2015 y sus complementarias, en algunos establecimientos educativos
dependientes de la Dirección de Educación Media de la Dirección General de
Educación de Gestión Estatal, en el turno nocturno, a partir del ciclo lectivo 2020, y se
aprobó la implementación progresiva del "Régimen de Implementación Curricular y
Evaluación";
Que mediante la Resolución 1.602/MEDGC/24 se aprobó el Plan Estratégico "Buenos
Aires Aprende", el que tiene entre sus objetivos la mejora de los aprendizajes para
niñas, niños, adolescentes y adultos/as;
Que asimismo, resulta un objetivo general de dicho Plan garantizar que todos los
niños, niñas, jóvenes y adultos logren los aprendizajes necesarios para desarrollar su
máximo potencial velando por su bienestar socioemocional y creando experiencias
significativas para su vida;
Que, para el nivel secundario, el Plan plantea la necesidad de seguir transformando la
escuela secundaria para que garantice una educación con sentido y propósito que
haga del paso por la escuela una experiencia desafiante y enriquecedora a partir de la
reorganización de los dispositivos y lógicas presentes en el nivel;
Que mediante la Resolución 2.339/MEDGC/24 se aprobó en el marco del Plan
Estratégico "Buenos Aires Aprende" la política educativa "Secundaria Aprende", con
cuatro objetivos fundamentales: integrar y organizar los aprendizajes; incorporar y
desarrollar, progresivamente, un enfoque de enseñanza de capacidades y
competencias digitales transversales así como aprendizajes prioritarios y saberes
emergentes; implementar procedimientos de evaluación y acreditación que permitan el
avance de los estudiantes en sus trayectorias educativas, y promover la autonomía
estudiantil;
Que por otra parte la Resolución 1.375/MEDGC/25 aprobó el "Régimen de
Implementación Curricular Secundaria +15", en el marco del Diseño Curricular
aprobado por la Resolución 321-MEGC/15, brindando un formato adecuado a las
características y necesidades de los estudiantes mayores de quince (15) años con
experiencias previas en el nivel secundario;
Que asimismo el mentado acto administrativo facultó a la Subsecretaría Gestión del
Aprendizaje la ampliación del alcance de dicho Régimen a otros establecimientos
educativos que dependen de su órbita;
Que mediante Decreto 318/26 se adecuaron, a partir del ciclo lectivo 2027, las
denominaciones de los establecimientos educativos del Área de la Educación Media, a
fin de armonizarla con la organización territorial basada en Comunas prevista en la Ley
6.888;
Que, en este contexto se propone implementar el Diseño Curricular de los
Bachilleratos Orientados aprobados por la Resolución 321/MEGC/15 y sus normas
complementarias, en los establecimientos educativos: Escuela de Educación Media N°
21 - Comuna 4 "Noberto Julio Morresi", Escuela de Educación Media N° 27 - Comuna
5, Escuela de Educación Media N° 28 - Comuna 3, Escuela de Educación Media N° 23
- Comuna 9 "Caídos de Malvinas"y Escuela de Educación Media N° 22 - Comuna 13
"Luis Alberto Spinetta", que actualmente dictan los planes de estudio aprobados por la
Resolución 814-SED/04 y su modificatoria Resolución 4539- SED/05;
Que de igual forma se propicia la implementación del "Bachillerato en Economía y
Administración Alternativa "A" de la Nueva Escuela Secundaria en la Escuela de
Comercio N° 9 - Comuna 7 "José Ingenieros", en reemplazo del plan oportunamente
aprobado por la Resolución 5.810/MEIGC/19 y su modificatoria;
Que actualmente la jurisdicción cuenta con diversas ofertas educativas de nivel
secundario destinadas a estudiantes de 15 años o más que cuentan con trayectorias
educativas intermitentes, y que por diversas situaciones encuentran desafíos en el
sostenimiento de su escolaridad;
Que en este contexto la Dirección de Educación Media propicia continuar
diversificando la oferta formativa, propiciando ampliar el alcance del Régimen
aprobado por Resolución 1.375/MEDGC/25 a los establecimientos educativos que
funcionan bajo su órbita, de conformidad con el Anexo I (IF-2026-44453529-GCABA-
DGEGE);
Que la Subsecretaría Planeamiento e Innovación Educativa, la Dirección General
Educación de Gestión Estatal, las Dirección Educación Media Coordinación de Nivel
Secundario y la Gerencia Operativa de Innovación y Contenidos Educativos han
tomado intervención en el ámbito de sus respectivas competencias;
Que, a su vez, la Dirección General Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que
le compete.
Por ello, y en uso de las facultades encomendadas por Resolución 1.375/MEDGC/25,
Artículo 1°.- Aprobar, a partir del ciclo lectivo 2027, la implementación del Diseño
Curricular aprobado por la Resolución 321-MEGC/15 y sus normas complementarias,
en los establecimientos educativos y orientaciones que se detallan a continuación, en
reemplazo del plan oportunamente aprobado por la Resolución 814-SED/04 y su
modificatoria:
1. Escuela de Educación Media N° 21 - Comuna 4 "Noberto Julio Morresi": Bachillerato
en Comunicación Alternativa "B"
2. Escuela de Educación Media N° 27 - Comuna 5: Bachillerato en Artes Visuales
Alternativa "A"
3. Escuela de Educación Media N° 28 - Comuna 3: Bachillerato en Artes Teatro
Alternativa "B"
4. Escuela de Educación Media N° 23 - Comuna 9 "Caídos de Malvinas": Bachillerato
en Ciencias Sociales y Humanidades Alternativa "A"
5. Escuela de Educación Media N° 22 - Comuna 13 "Luis Alberto Spinetta":
Bachillerato en Comunicación Alternativa "A"
Artículo 2°.- Aprobar, a partir del ciclo lectivo 2027, la implementación del "Bachillerato
en Economía y Administración Alternativa "A" de la Nueva Escuela Secundaria en la
Escuela de Comercio N° 9 - Comuna 7 "José Ingenieros", en reemplazo del plan
oportunamente aprobado por la Resolución 5.810/MEIGC/19 y su modificatoria.
Artículo 3°.- Establecer que el "Régimen de Implementación Curricular Secundaria
+15", en el marco del Diseño Curricular aprobado por la Resolución 321-MEGC/15,
será implementado a partir del ciclo lectivo 2027 en los establecimientos dependientes
de la Dirección Educación Media establecidos en el Anexo I (IF-2026-44453529-
GCABA-DGEGE).
Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comunicar a
las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, y Carrera Docente, a la
Dirección Educación Media, y Subgerencia Operativa Títulos y Legalizaciones y, para
su conocimiento y demás efectos pase a la Comisión de Registro de Evaluación de
Antecedentes Profesionales del Ministerio de Educación. Cumplido, archivar.
Cruzalegui