DECRETO 1939 2006

Síntesis:

CREA EL PROGRAMA VEREDAS LIMPIAS - CREA EL REGISTRO DE COOPERATIVAS DE TRABAJO, CON LA FINALIDAD DE EJECUTAR EL PROGRAMA, QUE FUNCIONARÁ BAJO LA ÓRBITA DE LA UNIDAD OPERATIVA DE RECUPERACIÓN Y CONTROL EN EL ESPACIO PÚBLICO

Publicación:

17/11/2006

Sanción:

15/11/2006

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto la Ley N° 1.925, el Decreto N° 350/06 (B.O.C.B.A. N° 2416), el Expediente N° 59.160/06, y

CONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Espacio Público, dentro del marco de la recuperación del espacio público, elaboró, a través de la Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público, un programa tendiente a mejorar el estado de las principales arterias y centros comerciales de la ciudad;

Que el programa persigue modificar la realidad visual de la ciudad, recuperando los espacios públicos que hoy se encuentran invadidos con publicidad o graffiti que afectan la imagen de los frentes y demás bienes públicos ubicados entre la línea de construcción municipal y los cordones de las aceras;

Que se proyecta la creación de cuadrillas de trabajo cuyo personal operará en diferentes avenidas y centros comerciales de nuestra ciudad, con el fin de llevar a cabo labores vinculadas con la pintura de cordones y postes de servicios, limpieza de las aceras, postes y muros y en general, el cuidado del mobiliario urbano de la Ciudad de Buenos Aires;

Que la implementación del programa reforzará la presencia de este Gobierno en las calles porteñas, con el fin de lograr el embellecimiento de nuestro espacio público y transmitir a la ciudadanía la importancia de su cuidado;

Que la Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público tiene como responsabilidades primarias, entre otras, las de promover políticas que permitan planificar y realizar proyectos para la reparación y mantenimiento del espacio público, promover la implementación de modalidades creativas para garantizar el cuidado de los espacios públicos, a partir de la participación de la sociedad civil y establecer, promover, y programar políticas en lo referente a la ocupación del espacio público por elementos no autorizados...;

Que dentro de la Subsecretaría antes citada se encuentra la Unidad Operativa de Recuperación y Control en el Espacio Público, que resulta competente para la puesta en marcha del programa a llevar a cabo;

Que, por otro lado, es objetivo de acción del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires crear fuentes de empleo y por intermedio de organizaciones sociales constituidas en cooperativas, contribuir a la inclusión en el mercado laboral de la población más vulnerable;

Que, en consecuencia, resulta oportuno crear un programa que se denominará Veredas Limpias destinado a contribuir en lo concerniente a la recuperación y control del espacio público;

Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la debida intervención en los términos de la Ley N° 1.218;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Créase el programa Veredas Limpias, en el ámbito del Ministerio de Espacio Público, Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público, con dependencia de la Unidad Operativa de Recuperación y Control en el Espacio Público, cuyo texto se aprueba y como Anexo I forma parte integrante del presente, con el objeto de recuperar y embellecer los espacios comunes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Artículo 2° - Facúltase a la señora Ministra de Espacio Público a firmar los convenios de cooperación que sean necesarios con las cooperativas de trabajo mediante las cuales se concrete el programa Veredas Limpias, a cuyos efectos se aprueba el texto que como Anexo II forma parte integrante del presente, como modelo de Convenio Específico de Cooperación.

Artículo 3° - Facúltase a la señora Ministra de Espacio Público a dictar las normas reglamentarias y complementarias requeridas a los fines de desarrollar el programa aprobado por el artículo 1° del presente decreto, pudiendo delegar esta facultad en la Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público.

Artículo 4° - Créase un Registro de Cooperativas de Trabajo, con la finalidad de ejecutar el programa Veredas Limpias, que funcionará bajo la órbita de la Unidad Operativa de Recuperación y Control en el Espacio Público, dependiente de la Subsecretaría de Programación y Coordinación del Espacio Público del Ministerio de Espacio Público.

Artículo 5° - La Unidad Operativa de Recuperación y Control en el Espacio Público es la responsable de la implementación, ejecución, evaluación, monitoreo y seguimiento de las acciones del programa.

Artículo 6° - El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará los medios para la asignación de los créditos presupuestarios necesarios para el cumplimiento del programa Veredas Limpias que se crea por el presente decreto.

Artículo 7° - El presente decreto es refrendado por la señora Ministra de Espacio Público y por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 8° - Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Hacienda y, para su conocimiento y demás efectos, pase al Ministerio de Espacio Público, a la Subsecretaría de Coordinación y Programación del Espacio Público, a la Unidad Operativa de Recuperación y Control en el Espacio Público, a la Subsecretaría de Escribanía General y a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRA
Dto. 1939-06 integra Dto. 350-06 Crea el Programa Veredas Limpias, en el ámbito del Min. de Espacio Público
MODIFICADA POR
<p>Art. 3 del Decreto 69-20 establece que el Programa Veredas Limpias y el Programa de la partida correspondiente al inciso 5.5.7, ambos con su patrimonio, personal y presupuesto, pasarán a la Dirección General Economía Popular y Social dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo del Potencial Humano del Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat, modificando lo establecido por Decreto 1939-06.</p>
MODIFICADA POR
Dec 237-12 se propicia la modificación del Decreto 1939-06
INTEGRADA POR
Res 538-MEPGC-06 integra Art 2°, Dec 1939-06-Delega firma de convenios en el Subsecretario de Programación y Coordinación del Espacio Público