RESOLUCIÓN 162 2006 SUBSECRETARIA DE PROMOCION E INTEGRACION SOCIAL
Síntesis:
SE APRUEBA LA DOCUMENTACIÓN APLICABLE A LA SEGUNDA CONVOCATORIA PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS - PROGRAMA EMPRENDIMIENTOS JUVENILES - SE ESTABLECE COMPLEMENTARIEDAD A LAS DISPOSICIONES NROS 12 Y 16-DGJ-05 Y 5-DGJ-06 - PROGRAMA EMPRENDIMIENTOS JUVENILES - INCORPORA BENEFICIARIOS AL SISTEMA RUP
Publicación:
28/11/2006
Sanción:
14/11/2006
Organismo:
SUBSECRETARIA DE PROMOCION E INTEGRACION SOCIAL
Visto la Ley N° 1.857 (B.O.C.B.A. N° 2354), el Decreto N° 1.128/05 (B.O.C.B.A. N° 2247), la Resolución N° 1.240-SDSOC/06 y la Disposición N° 5-DGJ/06, y
CONSIDERANDO:
Que a través del decreto citado en el visto, el Poder Ejecutivo ha creado y reglamentado el programa Emprendimientos Juveniles, identificado como Servicio Público N° 35, a cargo de la Dirección General de la Juventud;
Que mediante la disposición citada en el visto se estipularon los procedimientos para llevar adelante la ejecución de dicho programa;
Que por la resolución citada en el visto, se aprobaron los proyectos presentados en el marco del programa, que reunieron los requisitos establecidos por la norma, y se otorgaron las becas sociales individuales, procediendo asimismo a ratificar las disposiciones dictadas por la Dirección General de la Juventud, para la implementación de la modalidad de ejecución correspondiente al año 2006;
Que ante la insistencia de jóvenes beneficiarios de las actividades de capacitación previstas en el programa, se instrumentó un cronograma de recuperación, y que no obstante ello, se han producido bajas, lo que implica que existen saldos presupuestarios sin emplear, y atento a las necesidades de los/as jóvenes de la Ciudad, y la finalidad del programa, resulta oportuno y conveniente efectuar una nueva convocatoria para la nueva presentación de proyectos, que será la segunda del presente año, implementando un cronograma intensivo de capacitación, y orientando la asistencia, primordialmente, a proyectos en funcionamiento;
Que para ello resulta necesario dictar el acto administrativo correspondiente, que complementa las disposiciones dictadas para su implementación durante el 2006, dejando establecido que serán de aplicación las normas previstas en las Disposiciones Nros. 14 y 16-DGJ/05 y, 5-DGJ/06, relativas a la evaluación de los proyectos presentados;
Por ello, y en uso de las atribuciones legales que le son propias,
Artículo 1° - Aprobar la documentación aplicable a la segunda convocatoria para la presentación de proyectos en el marco del programa Emprendimientos Juveniles, identificado como Servicio Público Primario N° 35 a cargo de la Dirección General de la Juventud (Unidad Ejecutora 475), que como Anexo I Modalidad de Ejecución 2006 - 2° Etapa, Anexo II Cronograma 2006 - 2° Etapa, Anexo III Ficha de Inscripción 2006 - 2° Etapa y Anexo IV Formulario de Presentación de Proyectos, corren agregados en quince (15) fojas y que forman parte integrante de la presente.
Artículo 2° - Dejar establecido que la presente complementa las Disposiciones Nros. 12 y 16-DGJ/05 y 5-DGJ/06; y que en materia de evaluación serán de aplicación las Disposiciones Nros. 14 y 16-DGJ/05 y 5-DGJ/06.
Artículo 3° - Establecer que las organizaciones, asociaciones u organismos que patrocinen proyectos de jóvenes en el marco del programa Emprendimientos Juveniles, deberán anotarse en la Base de Datos de Organizaciones Juveniles implementado por Disposición N° 19-DGJ/04 (B.O.C.B.A. N° 2025).
Artículo 4° - Incorporar a los y las solicitantes de la beca social individual a otorgar en el marco del programa, al Registro Único de Familias Beneficiarias de Programas Sociales (RUB) dependiente de la Dirección General de Estadísticas y Censos del Ministerio de Hacienda, con la finalidad establecida en el artículo 1° del Decreto N° 947/03 y a los efectos de cumplimentar con lo dispuesto en el Anexo II del mismo.
Artículo 5° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y previo a su archivo en la Dirección General de la Juventud (Departamento Apoyo Administrativo), cúrsese copia a la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Derechos Humanos y Sociales para conocimiento.
Nota: el Anexo II que forma parte de la presente podrá ser consultado en Piedras 1291, 1° piso, Oficina de Emprendimientos Juveniles, de 10 a 17 hs.
ANEXOS
Ver archivo 1
Ver archivo 2
Ver archivo 3
Ver archivo 4
Ver archivo 5
Ver archivo 6
Ver archivo 7