DECRETO 638 2007

Síntesis:

SE DELEGA EN LOS-AS MINISTROS-AS, SECRETARIOS-AS Y A LOS TITULARES DE LAS UNIDADES DE ORGANIZACIÓN, CON RANGO EQUIVALENTE, LA FACULTAD DE MODIFICAR LAS PLANTAS DE GABINETE DE SU JURISDICCIÓN - CESE Y DESIGNACIÓN

Publicación:

07/05/2007

Sanción:

02/05/2007

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


TEXTO ACTUALIZADO

Visto el Decreto N° 1.143/05 (B.O.C.B.A. N° 2250) y modificatorios y el Expediente N° 27.740/07, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto N° 1.143/05 y sus modificatorios regulan el régimen vigente para los trabajadores de gabinete de las autoridades superiores dependientes del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que dicha normativa establece que las designaciones del personal de planta de gabinete son efectuadas por este Poder Ejecutivo;

Que, atento que las plantas de gabinete se encuentran valorizadas y financiadas en cada ejercicio, se entiende conveniente delegar en cada jurisdicción el dictado de las normas necesarias para la designación y cese del personal de gabinete de las autoridades de este Gobierno;

Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias (arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Delégase en los/as señores/as Ministros/as, Secretarios/as y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la facultad de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las plantas de gabinete correspondientes a su jurisdicción, así como la de aprobar las modificaciones correspondientes en cada caso.

Facúltase a la Secretaría Legal y Técnica para efectuar las designaciones y ceses del personal de la planta de gabinete correspondiente a la Jefatura de Gobierno y a la Vicejefatura de Gobierno, así como para aprobar las modificaciones correspondientes, previa propuesta, en cada supuesto, del Jefe de Gobierno o del Vicejefe de Gobierno, en su caso.

Artículo 2° - Cada propuesta de designación, cese o modificación debe ser remitida a la Dirección General de Recursos Humanos, en forma previa al dictado del respectivo acto administrativo.

Artículo 3° - Las designaciones que se efectúen como consecuencia del presente decreto deben ser aprobadas dentro de los veinte (20) días de efectuada la solicitud, a cuyo efecto no se computa el período durante el cual el trámite se encuentre en la Dirección General de Recursos Humanos.

La fecha efectiva de designación no puede ser anterior a la nota que inicia la actuación.

Artículo 4° - Si el acto administrativo de designación o modificación de situación de revista no se dicta dentro del plazo indicado en el artículo precedente, el reconocimiento de los servicios correspondientes queda a consideración de este Poder Ejecutivo.

En su caso, el decreto respectivo tendrá refrendo del titular del área que solicita el reconocimiento y del señor Ministro de Hacienda.

Artículo 5° - Tiénese por modificado en el sentido expuesto en los artículos precedentes, el Decreto N° 1.143/05 y sus modificatorios.

Artículo 6° - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.

Artículo 7° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial, comuníquese a todos los Ministerios, Secretarías y Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo, a la Sindicatura General del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Res. 11-MJGGC-SECLYT-11 Establece que la Designación de Planta de Gabinete, deberá tramitar por Exp. Electrónico, en el marco de lo dispuesto por Dec. 638-07</p>
MODIFICADA POR
<p>Art 1° Decreto 1465-2008 deja sin efecto el artículo 4° del Decreto N° 638-07.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art.1 del Decreto 117-2017, modifica el art. 1 del Decreto 638-2007.</p>
MODIFICA
Dec. 638-07 modifica al Dec. 1.143-05 Delega en los Ministros, Secretarios y titulares de Unidades de Organización con rango o nivel equivalente del Poder Ejecutivo la facultad de efectuar las designaciones y disponer los ceses del personal de las plantas de gabinete correspondientes a su jurisdicción.