RESOLUCIÓN 5093 2009 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
SE ESTABLECE QUE LOS PROGRAMAS DE CENTROS DE FORMACIÓN PROFESIONAL- APRENDER TRABAJANDO - ESTRATEGIA JOVEN -EDUCACIÓN NO FORMALPASAN A DEPENDER DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN DE GESTIÓN ESTATAL - MODIFICA RESPONSABILIDADES PRIMARIAS - TRANSFIERE PARTIDAS
Publicación:
05/10/2009
Sanción:
27/08/2009
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO: los Decretos N° 238/99, modificado por Decreto N° 2058/00; N° 266/03, N° 1085/08, N° 12/96 y N° 1582/08, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 238/99, modificado por el Decreto N° 2058/00, se creó el Programa de Proyectos de Formación Profesional en el ámbito de la ex Secretaría de Educación.
Que por Decreto N° 266/03, tuvo su origen el Programa Aprender Trabajando bajo la misma órbita administrativa antes citada.
Que por Decreto N° 1085/08, se estableció el Programa Estrategia Joven, en el ámbito del Ministerio de Educación.
Que, por Decreto N° 12/1996, se determinó la dependencia del entonces denominado Departamento de Educación No Formal de la ex Dirección General de Educación, aunque por Decreto N° 1582/08 se aprobó la planta transitoria docente y de asistentes de dicho Programa en la esfera de la Dirección de Formación Técnico Superior.
Que resulta necesario reordenar el funcionamiento de los Programas antes mencionados para asegurar la coordinación de los servicios educativos correspondientes.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
EL MINISTRO DE EDUCACION
RESUELVE
Artículo 1°.- Establecer que los Programas de Centros de Formación Profesional, Aprender Trabajando, Estrategia Joven y Educación No Formal que actualmente funcionan bajo la órbita de la Dirección de Formación Técnico Superior, pasan a depender de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal.
Artículo 2°.- Los programas señalados en el Artículo 1° de la presente, se transfieren con las partidas presupuestarias correspondientes.
Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento demás efectos, remítase a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica y de Administración de Recursos y Gestión Económico Financiera, Dirección General de Personal Docente y No Docente, Dirección General de Educación de Gestión Estatal y a la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese.