RESOLUCIÓN 2792 2010 MINISTERIO DE EDUCACION
Síntesis:
APRUEBA CRITERIOS PARA LA DEFINICIÓN DE CERTIFICADOS Y TÍTULOS Y EL PLANEAMIENTO DE LA OFERTA DE EDUCACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - ESTUDIANTES ADOLESCENTES - JÓVENES Y ADULTOS - FORMACIÓN - PROFESIONALIZACIÓN - INSERCIÓN OCUPACIONAL - CATÁLOGO - DIRECCIÓN GENERAL DE PLANEAMIENTO EDUCATIVO - FORMACIÓN PROFESIONAL - VALIDEZ - DEFINICIÓN - PROFESIONALES
Publicación:
29/07/2010
Sanción:
05/07/2010
Organismo:
MINISTERIO DE EDUCACION
VISTO:
las Resoluciones Nros. 4.786-SED/05 y 934-MEGC/06, la Carpeta N° 410.250-MEGC/10, y
CONSIDERANDO:
Que por las mencionadas actuaciones tramita la aprobación de los �Criterios para la Definición de Certificados y Títulos y para la definición de la Oferta de Educación Técnico Profesional para el ámbito del Ministerio de Educación de la Ciudad de Buenos Aires�;
Que la Educación Técnico Profesional ofrece a estudiantes adolescentes, jóvenes y adultos un recorrido de formación y profesionalización a partir del acceso a una base de conocimientos, habilidades y capacidades profesionales destinado a permitir su inserción en áreas ocupacionales significativas cuya complejidad exige conjugar los saberes propios de la formación general con el conocimiento científico tecnológico y con una formación técnica específica de carácter profesional;
Que en el orden nacional han entrado en vigencia las Leyes Nros. 26.058 de Educación Técnico Profesional y 26.206 de Educación Nacional y que el Consejo Federal de Educación aprobó las Resoluciones Nros. 261/06 �Proceso de Homologación y Marcos de referencias de Títulos y Certificaciones de Educación Técnico Profesional�, 269/06 �Mejora continua de la calidad de la Educación Técnico Profesional�, 13/07 �Títulos y certificados de la Educación Técnico Profesional� y 47/08 �Lineamientos y criterios para la organización institucional y curricular de la Educación Técnica Profesional correspondiente a la Educación Secundaria y Educación Superior�;
Que es preciso definir en el ámbito de este Ministerio los criterios curriculares específicos para cada ámbito de la Educación Técnico Profesional -Formación Profesional, Formación Técnica Superior y la Educación Técnica de Nivel secundario- y sus respectivas correspondencias con los diferentes tipos de certificación;
Que es preciso elaborar un Catálogo de Títulos y Certificados de Educación Técnico Profesional, destinado a ordenar y organizar la oferta existente de títulos y certificados de la Educación Técnica Profesional en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en base a los criterios y lineamientos jurisdiccionales definidos para tal caso;
Que la Subsecretaría de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica a través de una mesa de trabajo con representantes de la Dirección General de Educación de Gestión Estatal y las Direcciones Operativas de Educación Técnica y de Formación Técnica Superior y la Coordinación de Formación Profesional de ella dependientes, la Dirección General de Planeamiento Educativo y las Direcciones Operativas de Currícula y Enseñanza y de Evaluación Educativa y el Proyecto de Recopilación y Reformulación de Normativa Educativa de ella dependientes, y la Dirección General de Educación de Gestión Privada, ha trabajado articuladamente en la formulación de esta medida;
Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional ha tomado la intervención que le compete.
Por ello, y en uso de las facultades que emanan de los artículos 8° y 20 de la Ley de Ministerios N° 2.506,
Artículo 1°.- Apruébanse los �Criterios para la Definición de Certificados y Títulos y el Planeamiento de la Oferta de Educación Técnico Profesional� para esta jurisdicción que se establecen en el Anexo que a todos los efectos forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Encomiéndase a la Dirección Operativa de Currícula y Enseñanza dependiente de la Dirección General de Planeamiento Educativo, junto con las Direcciones de Educación respectivas, la elaboración de los criterios curriculares correspondientes a cada ámbito de la Educación Técnica Profesional que fundamentarán el diseño y la evaluación de ofertas formativas de Educación Técnica Profesional.
Artículo 3°.- Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento Educativo la formulación y actualización permanente del �Catálogo de Certificados y Títulos de Educación Técnico Profesional de la Ciudad de Buenos Aires�.
Artículo 4°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Secretaría de Educación; a las Subsecretarías de Inclusión Escolar y Coordinación Pedagógica, y de Gestión Económico Financiera y Administración de Recursos; a las Direcciones Generales de Educación de Gestión Estatal, de Educación de Gestión Privada, de Planeamiento Educativo y de Coordinación Legal e Institucional. Cumplido, archívese. Bullrich
NOTA: La presente norma hace referencia a las Resoluciones del Consejo Federal de Educación N° 269-06 , N° 13-07, N° 47-08.
ANEXOS
El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3471