DECRETO 2139 2001

Síntesis:

APRUEBAN LOS PLANES DE ESTUDIO PARA LAS CARRERAS QUE SE DICTAN EN LA ESCUELA DE ARTE DRAMÁTICO. CONVALIDA PLANES ANTERIORES. CARRERA DE FORMACIÓN DE ACTOR - CARRERA DE PUESTA EN ESCENA - CERTIFICADO DE ITINERARIO ESPECÍFICO - MATERIAS - HORAS CÁTEDRA - REQUISITOS DE INGRESO - EXÁMENES - DURACIÓN - NIVEL - CERTIFICACIÓN - INCUMBENCIAS - LISTA DE ALUMNOS

Publicación:

11/01/2002

Sanción:

28/12/2001

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 77.838/2001; y

CONSIDERANDO:

Que por el citado Expediente se tramita la aprobación y convalidación de los Planes de Estudio correspondientes a las Carreras que se dictan en la Escuela de Arte Dramático, dependiente de la Dirección General de Enseñanza Artística de la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales de la Secretaría de Cultura;

Que por el Decreto N° 316/GCBA/00, se aprobó el Reglamento de Funcionamiento de la Escuela de Arte Dramático que incorporó al mencionado establecimiento, dentro del régimen de la Ley de Educación Superior N° 24.521, convirtiéndose así en Instituto Superior No Universitario;

Que por el precitado Decreto, la Escuela de Arte Dramático debía de adecuar su estructura de funcionamiento y Planes de Estudio de las Carreras que hasta ese momento se dictaban, a los nuevos requerimientos de su condición de Instituto Superior No Universitario;

Que a partir del año 1999 y por Disposición N° 18/DGEART/99 de la Dirección General de Enseñanza Artística se autoriza implementar el nuevo Plan de Estudio iniciando de este modo la compatibilización de la currícula de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Educación Superior N° 24.521 y los Convenios Marcos acordados por el Consejo Federal de Cultura y Educación;

Que si bien la Disposición antes mencionada carece del respaldo normativo que requiere toda modificación a los Planes de Estudio por cuanto es sólo competencia del Jefe de Gobierno su aprobación; no así la evaluación técnica y académica de dicho Planes, que sí es competencia de la Dirección General de Enseñanza Artística y es el paso previo a su puesta en funcionamiento;

Que en consecuencia, por los Planes de Estudio que se presentan comenzaron a cursar sus estudios los alumnos del mencionado Establecimiento;

Que dichos Planes de Estudio presentan una modificación estructural respecto de los Planes de Estudio aprobados por el Decreto N° 877/89, que abre una nueva etapa de transformación a la Escuela de Arte Dramático; la que se ha caracterizado a lo largo de su historia por ser una Institución preocupada por la calidad de sus programas y, en particular, desde 1984, año en el que inicia una etapa de reconversión profunda pero, hasta el presente, no había modificado su estructura orgánica y sus títulos seguían manteniendo la condición de estudios posprimarios;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Enseñanza Artística evaluando la procedencia técnica de los Planes de Estudio expidiéndose en forma favorable; y que ha recomendado se realice, una posterior revisión de los mismos, una vez aprobados, a fin de adecuar su estructura curricular a un criterio pedagógico común a todas las carreras que permita delimitar el perfil de la Institución;

Que la Secretaría de Cultura ha prestado su conformidad a la solicitud de aprobación y convalidación de los Planes de Estudio antes mencionados, que fueran avalados por la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales de la que depende la precitada Dirección General;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébanse los Planes de Estudio correspondientes a las carreras que se desarrollan en "La Escuela de Arte Dramático", dependiente de la Dirección General de Enseñanza Artística de la Secretaría de Cultura, que como Anexo I forman parte integrante del presente decreto.
Artículo 2° - Convalídanse a pleno derecho, al solo efecto de regularizar la situación, los estudios comenzados por los alumnos cuya nómina figura como Anexo II conforme los Planes de Estudio enunciados en el Anexo I del presente decreto y de acuerdo con el detalle que en el mismo figura.
Artículo 3° - Encomiéndase al señor Secretario de Cultura proceder, a través de la Dirección General de Enseñanza Artística, a la revisión de los Planes de Estudio que por el presente decreto se aprueban, a efectos de incorporar las modificaciones recomendadas por los informes de evaluación elaborados por dicha Dirección General y que no pudieron ser tenidos en cuenta por haber estado muy avanzada su implementación.
Artículo 4° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Cultura y el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y pase a la Secretaría de Cultura para su conocimiento, demás efectos y notificación a la Subsecretaría de Gestión e Industrias Culturales, a la Dirección General de Enseñanza Artística y por su intermedio a la Escuela de Arte Dramático.


ANEXOS

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
Dec. 1151-03 Dec. 1151-03 aprueba reglamento de concurso para cargos docentes de planes de estudio del Conservatorio Superior de música, cuyos planes de estudio se aprobaron por Dec. 2139-01
MODIFICADA POR
Dec. 435-10 deroga la Carrera de Puesta en Escena, aprobada por el Dec. 2139-01