DISPOSICIÓN 3 2011 UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA

Síntesis:

 APRUEBA ESTRUCTURA Y LINEAMIENTOS GENERALES Y BÁSICOS PARA ELABORACIÓN DE LA PLATAFORMA DE ESCUELAS SEGURAS POR PARTE DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS ALCANZADAS POR EL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA - FECHA DE PRESENTACIÓN ESTABLECIDA CONFORME SUPERFICIE AFECTADA AL USO EDUCATIVO - PLAZO

Publicación:

05/08/2011

Sanción:

29/07/2011

Organismo:

UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTIÓN PRIVADA


VISTO:

Las Leyes N° 2189 y N° 2522; el Decreto N° N° 538/09, la Resolución N° 6269-MEGC-MJYSGC/09, las Disposiciones N° 1-UERESGP/10, N° 2-UERESGP/10, N° 3-UERESGP/10, N° 4-UERESGP/10, N° 5-UERESGP/10 y N° 1-UERESGP/11 y los Dictámenes PG N° 075889/10 y N° 083957/11, y

CONSIDERANDO:

Que por las citadas leyes se estableció el Régimen de Escuelas Seguras de Gestión Privada con el objeto de implementar lineamientos generales de seguridad, destinados a promover en los institutos educativos estrategias de prevención de accidentes, atención de emergencias, mejoramiento y actualización de infraestructura y de equipamiento y la adopción de sistemas de protección y seguridad escolar en todas sus facetas;

Que dicho régimen prevé la adecuación progresiva de las instituciones educativas en funcionamiento, alcanzando no sólo a las entidades incorporadas a la enseñanza oficial sino también a las instituciones educativo asistenciales registradas;

Que el marco para dicha adecuación surge de la implementación de la Plataforma de Escuelas Seguras, cuyos dispositivos mínimos se encuentran definidos en la norma referida;

Que es facultad de la Unidad Ejecutora del Régimen de Escuelas Seguras de Gestión Privada, en cuanto autoridad de aplicación, establecer, en consulta con el Consejo Asesor, los lineamientos generales y básicos de dicha plataforma, así como el cronograma de adecuación de las instituciones educativas alcanzadas por el presente régimen;

Que en función de dichos lineamientos, las instituciones deberán presentar sus respectivos dispositivos conforme la realidad edilicia y de seguridad de cada uno de ellos;

Que conforme al Decreto N° 538/09 es facultad de la Unidad Ejecutora establecer la estructura de la Plataforma de Escuelas Seguras;

Que con anterioridad a esta definición resultó necesario implementar otras acciones previas, los cuales se han visto reflejados en las distintas disposiciones dictadas por la Unidad Ejecutora en ejercicio de sus funciones;

Que la estructura y lineamientos de la Plataforma de Escuelas Seguras han sido el resultado de una ardua y fructífera tarea con la activa participación y asesoramiento del Consejo Asesor de la Unidad Ejecutora del Régimen de Escuelas Seguras;

Que orden a su implementación resulta necesario establecer un cronograma de presentación por parte de los establecimientos educativos que permita su evaluación por parte de la Unidad Ejecutora;

Que oportunamente se definieron los procedimientos a los fines de posibilitar las adecuaciones progresivas de los edificios escolares que se encuentren en funcionamiento y en el marco de la plataforma de escuelas seguras;

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley N° 2.189 y su reglamentación por el Decreto 538/09.

Por ello,

EL COORDINADOR EJECUTIVO

DE LA UNIDAD EJECUTORA DEL

REGIMEN DE ESCUELAS SEGURAS DE GESTION PRIVADA

DISPONE

Artículo 1°.- Apruébase la estructura y lineamientos generales y básicos para la elaboración de la Plataforma de Escuelas Seguras por parte de las instituciones educativas alcanzadas por el Régimen de Escuelas Seguras de Gestión Privada establecido por la Ley N° 2189 y como Anexo I forma parte integrante de la presente disposición, registrado en GEDO como DI-2011-01279233-UERESGP, junto con sus respectivos anexos registrados en GEDO como DI-2011-01273849-UERESGP, DI-2011-01273648-UERESGP, DI-2011-01279132-UERESGP, DI-2011-01279143-UERESGP, DI-2011-01279156-UERESGP, DI-2011-01279170-UERESGP y DI-2011-01279179-UERESGP.

Artículo 2°.- Establécese la fecha de presentación de la Plataforma de Escuelas Seguras por parte de las distintas instituciones educativas conforme al siguiente cronograma:

Instituciones cuya superficie afectada al uso educativo sea de Hasta 500 m2

Plazo de presentación: 30 días hábiles a partir del dictado de la norma

Instituciones cuya superficie afectada al uso educativo sea de Más de 500 m2 y hasta 1500 m2

Plazo de presentación: 45 días hábiles a partir del dictado de la norma

Instituciones cuya superficie afectada al uso educativo sea de Más de 1500 m2 y hasta 2500 m2

Plazo de presentación: 60 días hábiles a partir del dictado de la norma

Instituciones cuya superficie afectada al uso educativo sea de Más de 2500 m2 y hasta 4000 m2

Plazo de presentación: 75 días hábiles a partir del dictado de la norma

Instituciones cuya superficie afectada al uso educativo sea de Más de 4000 m2

Plazo de presentación: 90 días hábiles a partir del dictado de la norma

Artículo 3°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Agencia Gubernamental de Control y a la Dirección General de Registro de Obras y Catastro del Ministerio de Desarrollo Urbano. Cumplido, archívese. Álvarez


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletín Oficial N° 3721

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
Disp.2-UERESGP-12 adopta medidas de seguridad en el marco de la plataforma de escuelas seguras aprobada por Disp. 3-UERESGP-11.
INTEGRADA POR
Art. 1,2,3 Dispo 4-UERESGP-13 aprueba los formularios Anexo 1- Informes de Inspección Jardín Infantes, JardínMaternal, Escuela Infantil; Anexo 2- Escuelas, Nivel Inicial, Primario, Secundario, Superior, Especial; Anexo 3- Guía Inspección Natatorios; que fueron aprobados por la Plataforma de Escuelas Seguras por Disposición 4-UERESGP-11.
INTEGRADA POR
Disp. 5-UERESGP-13 Aprueba criterios para otorgar capacidad a Escuelas Infantiles y Jardines de Infantes, en el marco de lo dispuesto por la Disp.3-UERESGP-11
COMPLEMENTA
<p>La Disposición 3-UERESGP-11 aprueba estructura y lineamientos generales para la elaboración de la plataforma de escuelas seguras por parte de las instituciones educativas alcanzadas por el règimen de escuelas seguras de gestión privada en el marco del Decreto 538-09</p>
COMPLEMENTADA POR
Disp. 4-UERESGP-11 La Guía aprobada forma parte integrante de la Plataforma de Escuelas Seguras aprobada por Disp. 3-UERESGP-11
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 12-UERESGP-19 sustituye el Anexo D de la Disposición 3-UERESGP-11.</p><p>Art. 3 establece los plazos máximos de adecuación de las Instituciones Educativas de Gestión Privada. </p><p>Art. 4 incorpora el Anexo II - Manual Orientativo para facilitar la carga del Anexo D.</p>
DEROGADA POR
<p>Artículo 1°.-de la Disposicion N° 1- UERESGP-22 deroga la Disposicion N° 3-UERESGP/2011</p>