RESOLUCIÓN 38 2012 MINISTERIO DE MODERNIZACION
Síntesis:
ADICIONALES - PRESENTISMO - EXTIENDE ADICIONAL POR ASISTENCIA - NO REMUNERATIVO - AGENTES DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN EDIFICIOS BOLIVAR 10 - BALCARCE 360 - PEDRO CHUTRO 2881 - CONDICIONES - REQUISITOS - INASISTENCIAS - PERSONAL PLANTA PERMANENTE - PERSONAL CONTRATADO POR TIEMPO DETERMINADO - EMPLEO PÚBLICO - CONTROLES AUTOMÁTICOS - INGRESO - EXCEPCIONES - ACCIDENTE DE TRABAJO - LICENCIA ANUAL ORDINARIA - PERÍODO VIGENTE - NO MENOR A DIEZ DÍAS
Publicación:
19/03/2012
Sanción:
16/02/2012
Organismo:
MINISTERIO DE MODERNIZACION
VISTO:
La Ley Nro. 471, el Decreto Nro. 465/04, las Resoluciones Nro. 1230/MHGC/2009, 5/SECRH/10 y 25/SECRH/11, las Disposiciones Nro. 19/DGCGRH/11 y Nro. 20/DGCGRH/11, el Acta de Negociación Colectiva de la Comisión Paritaria Central Nro. 40/08 y el Expediente Nro. 1556313/2011, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Acta de Negociación Colectiva citada en el visto, celebrada en el marco de las negociaciones colectivas instituidas en el Título II de la Ley N° 471, se acordó extender a los edificios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires que implementen sistemas de controles automáticos de ingreso del personal, el adicional por asistencia de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 350,00);
Que el control de ingreso y asistencia del personal que presta tareas en los edificios de Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires ubicados en Bolívar 1, Balcarce 360, y Pedro Chutro 2881, ha sido homologado por las Disposiciones Nro. 19/DGCGRH/11 y 20/DGCGRH/11 a partir del 1 de diciembre de 2011;
Que el beneficio mencionado se otorga a los trabajadores contemplados en la Ley 471 de la planta permanente del escalafón general y a los agentes contratados bajo el régimen del Decreto 948/05 y la Resolución 1924/MHGC/07);
Que consecuentemente y a los efectos de su retribución, corresponde incluir al personal de la Secretaría Legal y Técnica que presta tareas en dichos edificios y utiliza el sistema de control de asistencia homologado por las Disposiciones Nro. 19/DGCGRH/11 y 20/DGCGRH/11, dentro de los alcances del artículo 12° de la Resolución N° 1230/MHGC/2009, la que reguló idéntico adicional para el personal dependiente del Ministerio de Educación que labora en el edificio de la calle Paseo Colón N° 255 de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución ha sido avalado oportunamente a través de un informe técnico emitido por la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto;
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
Articulo 1.- Extiéndase a partir del 1° de diciembre de 2011 el Adicional por Asistencia, no remunerativo, determinado en el artículo 12° de la Resolución N° 1230/MHGC/2009, al personal que presta servicios en la Secretaría Legal y Técnica que labora en forma normal y habitual en los edificios sitos en: Bolívar 1, Balcarce 360 y Pedro Chutro 2881.
Artículo 2.- El Adicional referenciado en el artículo precedente tendrá un valor mensual de PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA ($ 350,00) y su percepción estará sujeta a las siguientes condiciones:
a) se abona mensualmente con la modalidad de liquidación a mes vencido.
b) se otorga al personal contemplado en la Ley 471 de la planta permanente del escalafón general y a los agentes contratados bajo el régimen del Decreto 948/05 y la Resolución 1924/MHGC/07.
c) cualquier inasistencia (según Ley 471, Convenio Colectivo de Trabajo y normas de regulación vigentes) generará el descuento íntegro del adicional, a excepción de las correspondientes a accidentes de trabajo y licencia anual ordinaria. En esta última causal solo se exceptuarán las licencias ordinarias que se prorrateen en períodos no menores a diez días dentro del período anual vigente.
Articulo 3.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuniqúese a la Secretaría Legal y Técnica y, para su conocimiento y demás efectos remítase a la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese.