DECRETO 73 2013
Síntesis:
NORMA DEROGADA - APRUEBA RÉGIMEN DE TRANSFERENCIAS - PERSONAL LEY 471 - TRANSFERENCIA - COMISIÓN DE SERVICIOS - ADSCRIPCIÓN - ESCALAFÓN - EXCEPTÚA PERSONAL DOCENTE ESTATUTOS APROBADOS POR ORDENANZAS 40593 Y 36432 - DEROGA DECRETO 148-11
Publicación:
27/02/2013
Sanción:
21/02/2013
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Estado:
No vigente
VISTO:
Las Leyes Nros. 471 y 4.013; los Decretos Nros. 148-GCBA-11 y 660-GCBA-11 y el
Expediente N° 1.879.291/12, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley N° 471 se regulan las Relaciones Laborales en la
Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, contemplándose en
el Capítulo XI las situaciones especiales de revista;
Que en el artículo 41 de la Ley precitada se establecen cuales son las situaciones
especiales, disponiéndose que el personal puede revistar en forma transitoria
excepcional, conforme a normas que regulen la materia en: ejercicio de un cargo
superior, comisión de servicio, adscripción y en disponibilidad;
Que por su parte, el artículo 2° de la Ley, en sus incisos d) y e), regula los principios
de "asignación de funciones adecuadas a los recursos disponibles ", y de "ejercicio de
las funciones sobre la base de objetivos acordados, eficiencia y eficacia en la
prestación del servicio";
Que en el inciso k) del artículo precitado se consagra como uno de los principios de las
relaciones de empleo público el establecimiento de un régimen de movilidad funcional
que permita la mejor utilización de los recursos humanos, sobre la base del respeto a
la dignidad personal de los trabajadores de la Ciudad y en correlación con el empleo
de métodos sistemáticos y permanentes de formación profesional;
Que por Decreto N° 148/11 se aprobó el Régimen de Transferencias, Comisión de
Servicios y Adscripciones del Personal Permanente de la Administración Centralizada
del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires comprendidos en los
términos de la Ley N° 471;
Que como consecuencia de la relevancia asignada por la gestión de Gobierno a la
planificación de las políticas de Recursos Humanos, resulta necesario revisar el
régimen establecido en el Decreto N° 148/11 para adaptarlo tanto a las nuevas
tecnologías como al resultado del análisis continuo de las tareas y funciones de los
recursos humanos en las distintas áreas de la Administración, con el objeto de hacerlo
más ágil y eficiente;
Que en razón de lo expuesto, y en virtud de las competencias específicas asignadas
por la Ley N° 4.013 al Ministerio de Modernización para diseñar e implementar las
políticas de gestión y administración de los recursos humanos del Gobierno de la
Ciudad, es oportuno que ese Ministerio dicte las normas complementarias e
interpretativas necesarias para una mejor aplicación del Régimen que por el presente
se aprueba;
Que la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha tomado la intervención
de su competencia.
Por ello, y de conformidad a lo establecido en los artículos 102 y 104 inciso 9° de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase el Régimen de transferencias, comisiones de servicios y
adscripciones del personal comprendido en el artículo 4° de la Ley N° 471, en
cualquiera de sus escalafones, que como Anexo forma parte integrante del presente.
El personal docente comprendido en los Estatutos aprobados por las Ordenanzas
40.593 y 36.432 está excluido del régimen que se aprueba en el presente.
Artículo 2°.- El Ministerio de Modernización dictará las normas complementarias e
interpretativas que fueran necesarias para una mejor aplicación del Régimen que por
el presente se aprueba.
Artículo 3°.- Derógase el Decreto N° 148/11.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda
y de Modernización y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos
Aires y en la página de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo y reparticiones
con rango o responsabilidades equivalentes, organismos descentralizados, entidades
autárquicas, órganos interjurisdiccionales, y Sociedades del Estado. Cumplido,
archívese. MACRI - Ibarra - Rodríguez Larreta a/c
ANEXOS