DECRETO 919 2002
Síntesis:
MODIFÍCASE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO Y CONTROL COMUNAL DEL G.C.A.B.A. CRÉANSE LA D.G. DE HABILITACIONES Y PERMISOS Y LA D.G. DE VERIFICACIONES Y CONTROL - ESTRUCTURA ORGÁNICA - PRIMERAS APERTURAS
Publicación:
14/08/2002
Sanción:
31/07/2002
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto la propuesta elevada por la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, el artículo 104, inciso 9 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los Decretos N° 1.981/GCBA/2001 y 2.055/GCBA/2001, y sus modificatorios N° 179/GCBA/2002, N° 294/GCBA/2002 y N° 430/GCBA/2002 de las competencias del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y los Decretos N° 2.012/GCBA/2001, N° 212/GCBA/2002 y N° 667/GCBA/2002 y las Resoluciones N° 497/SDE/2001 y N° 7/SDE/2002, y
Considerando:
Que por Decreto N° 2.012/GCBA/2001 (BOCBA N° 1331) prorrogado por Decreto N° 212/GCBA/2002 (BOCBA 1394/2002) y N° 667/GCBA/2002 (BOCBA 1476/2002) se dispuso la intervención de la Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones dependiente a ese entonces de la Subsecretaría de Trabajo y Fiscalización de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Que dicha intervención fue dispuesta a efectos de regularizar el funcionamiento de dicha dependencia.
Que por Decreto N° 430/GCBA/2002 (BOCBA N° 1441) se creó la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, concentrándose en la jurisdicción a las áreas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aries comprometidas con el ejercicio del poder de policía y de la policía conferido al Poder Ejecutivo.
Que en este esquema, se colocó bajo la dependencia de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, a las Direcciones Generales de Verificaciones y Habilitaciones, de Higiene y Seguridad Alimentaria, de Fiscalización de Obras y Catastro, de Protección del Trabajo y de Control de la Calidad Ambiental.
Que en el marco de las políticas de gestión abordadas por esta administración a través de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, se observa la necesidad de fortalecer sus facultades de órgano de contralor y verificación, y garantizar la transparencia de los procesos aplicados a su gestión de gobierno.
Que la Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones es la encargada del otorgamiento de habilitaciones y permisos para el desarrollo de toda actividad que requiera de las mismas, como así también de ejercer el poder de verificación e inspección sobre tales actividades.
Que en este marco, debe efectuarse la reformulación de la estructura de los niveles de conducción de esta área, privilegiando la eficiencia en la prestación del servicio.
Que por otra parte, en el esquema de la política de modernización del Estado, deben redefinirse los objetivos y responsabilidades primarías, para imprimirle mayor capacidad y agilidad de respuesta a las demandas sociales, con la pertinente modificación de los circuitos administrativos.
Que a tal efecto, resulta fundamental desconcentrar en dos jurisdicciones diferenciadas las funciones de autorización en el otorgamiento de las habilitaciones de locales y de permisos de uso del espacio público y de publicidad, de las del ejercicio de la policía a través de la verificación e inspección de las primeras.
Que esta distribución de funciones, permitirá a la administración mejorar su capacidad de gestión, generar una mejor utilización de los recursos y brindar un mayor grado de transparencia.
Que en este sentido, se considera primordial crear en el ámbito de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal con dependencia de la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, las Direcciones Generales de Habilitaciones y Permisos y, de Verificaciones y Control.
Que asimismo, se colige la necesidad de dotar a dichas Direcciones Generales de una estructura que reconozca niveles inferiores de responsabilidad que favorezca su gestión.
Que para cubrir los niveles inferiores de responsabilidad de las estructuras de las futuras Direcciones Generales, se impone la necesidad de cubrir dichos cargos operativos a través de un Proceso de Selección el que será limitado a los agentes que a la fecha del dictado del presente decreto pertenezcan a la Planta Permanente de la Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones y aquellos cuyo traslado se produjo en virtud de las Resoluciones N° 497/SDE/2001 (BOCBA N° 1363) y N° 7/SDE/2002 (BOCBA N° 1371).
Que por otra parte, mediante el dictado de las Resoluciones N° 497/SDE/2001 (BOCBA N° 1363) y N° 7/SDE/2002 (BOCBA N° 1371), se dispuso el traslado de las áreas de Pesas y Medidas y Registro de Matafuegos de la Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones, a la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor, a ese entonces de pendientes ambas de la Secretaría de Desarrollo Económico.
Que continuando con las modificaciones establecidas por Decreto N° 430/GCBA/2002, en el ámbito de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, corresponde suprimir la existencia de la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro por razones de economía presupuestaria.
Por todo ello, y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 104 inciso 9 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 1°- Suprímase la Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones dependiente de la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal.
Artículo 2°- Créase la Dirección General de Habilitaciones y Permisos dependiente de la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, asignándosele Función Crítica Alta de conformidad con lo previsto en los artículos 5° y 10 del Decreto N° 726/GCBA/2001 y su modificatorio Decreto N° 761/GCBA/2001, según se consigna en el Anexo I (Estructura, Responsabilidades Primarias y Acciones) que a todos los efectos forman parte del presente.
Artículo 3°- Créase la Dirección General de Verificaciones y Control dependiente de la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, asignándosele Función Crítica Alta de conformidad con lo previsto en los artículos 5° y 10 del Decreto N° 726/GCBA/2001 y su modificatorio Decreto N° 761/GCBA/2001, según se consigna en el Anexo II (Estructura, Responsabilidades Primarias y Acciones) que a todos los efectos forman parte del presente.
Artículo 4°- Encomiéndase a la Secretaría de Gobierno y Control Comunal a través de la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, la tarea de perfeccionar las asignaciones de personal, patrimonio y presupuesto que correspondan a los fines de garantizar el normal desenvolvimiento de las áreas que se crean.
Artículo 5°- La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 6°- Ratifícanse las Resoluciones N° 497/SDE/2001 y N° 7/SDE/2002.
Artículo 7°- Encomiéndase a la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, a través de la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, la tarea de implementación del proceso de selección interno del personal que a la fecha del dictado del presente decreto pertenezca a la Planta Permanente de la ex Dirección General de Verificaciones y Habilitaciones, y aquellos cuyo traslado se produjo en virtud de las Resoluciones N° 497/SDE/2001 (BOCBA N° 1363) y N° 7/SDE/2002 (BOCBA N° 1371), para la elección de los candidatos para cubrir los cargos creados a nivel de Dirección y Departamentos en el ámbito de la Dirección General de Habilitaciones y Permisos y de la Dirección General de Verificaciones y Control. Dicha tarea deberá cumplimentarse en un plazo de sesenta (60) días.
Artículo 8°- Suprímase la Dirección General Adjunta de la Dirección General de Fiscalización de Obras y Catastro.
Artículo 9°- Encomiéndase a la Subsecretaría de Justicia y Legal y Técnica la inclusión de los contenidos del presente decreto en el texto ordenado a que se refiere el artículo 54 del Decreto N° 430/GCBA/2002.
Artículo 10- El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Gobierno y Control Comunal, los Señores Secretarios de Desarrollo Económico y de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 11- Dése al registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, remítase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los fines establecidos en el artículo 11 del Decreto N° 698/GCBA/96 y su modificatorio Decreto N° 1583/GCBA/2001 y para su conocimiento y demás fines comuníquese a la Jefatura de Gabinete, a la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, a la Secretaría de Hacienda y Finanzas, a la Secretaría de Desarrollo Económico, a la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, a la Subsecretaría de Regulación y Fiscalización, dependiente de la Secretaría de Gobierno y Control Comunal, y a las Direcciones Generales Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y de Recursos Humanos y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General Oficina de Gestión Pública y Presupuesto. Cumplido, archívese. IBARRA - Giudici - Hecker - Pesce - Fernández
DIRECCION GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS
DESCRIPCION DE RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario en los temas de su competencia.
Aplicar las normas vigentes en materia de habilitaciones y permisos.
Disponer el trámite de solicitud de habilitaciones y permisos y su otorgamiento cuando correspondiere.
Disponer el trámite y otorgamiento de las transferencias que sean de su competencia.
Llevar el registro de las habilitaciones y permisos otorgados.
DIRECCION DE HABILITACIONES
ACCIONES
Asistir al Director General en los temas de su competencia.
Tramitar y otorgar las habilitaciones de conformidad con la legislación vigente.
Tramitar y otorgar las transferencias de habilitaciones que sean de su competencia.
Evacuar las consultas relacionadas con las solicitudes de habilitaciones.
Llevar el registro de las habilitaciones otorgadas.
DEPARTAMENTO TRAMITE
ACCIONES
Tramitar administrativamente las actuaciones que se ejecutan en el área.
Contestar los requerimientos e informes remitidos por otras áreas de la repartición u otros organismos del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, relacionados con las solicitudes que se tramitan en la Dirección.
Procesar las estadísticas del área.
DEPARTAMENTO CERTIFICACIONES
ACCIONES
Recibir y analizar administrativamente la documentación de las solicitudes de habilitación. Procesar y confeccionar la documentación de todas las solicitudes de habilitaciones.
Efectuar las intimaciones y/u observaciones que correspondan para adecuar las solicitudes mencionadas al cumplimiento de las normas y reglamentaciones vigentes.
Emitir y certificar los antecedentes de habilitaciones y/o transferencias de habilitaciones otorgadas.
DEPARTAMENTO TRANSFERENCIAS
ACCIONES
Entender en todas las tramitaciones relacionadas con transferencias acorde a la normativa vigente
Entender en habilitaciones solicitadas bajo procedimientos anteriores al del Decreto N° 2.516/GCBA/98.
DEPARTAMENTO HABILITACIONES CON INSPECCIONES PREVIAS
ACCIONES
Entender en la verificación previa y en el otorgamiento de habilitaciones de actividades que tramitan bajo el régimen de inspección previa al inicio de la actividad, según la normativa vigente.
DIRECCION PERMISOS EN VIA PUBLICA
ACCIONES
Asistir al Director General en los temas de su competencia.
Tramitar el otorgamiento de los permisos de actividades comerciales a desarrollarse en el vía pública de acuerdo con la normativa vigente.
Tramitar el otorgamiento de los permisos de anuncios publicitarios conforme con la normativa vigente.
DEPARTAMENTO VIA PUBLICA
ACCIONES
Tramitar solicitudes de permisos de actividades a desarrollarse en la vía pública de acuerdo con la normativa vigente. Realizar las inspecciones previas destinadas a tal fin.
DEPARTAMENTO PUBLICIDAD
ACCIONES
Tramitar solicitudes de permisos de anuncios publicitarios conforme el Código de Habilitaciones y Verificaciones.
Atender los requerimientos efectuados por los distintos organismos que conforman el Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Tramitar los oficios judiciales relacionados con la publicidad.
Tramitar coordinadamente con la Dirección General de Rentas las solicitudes de baja de contribución por publicidad
DIRECCION ADMINISTRATIVA TECNICA Y LEGAL
ACCIONES
Asistir al Director General en los temas de su competencia.
Entender en lo que hace a la gestión administrativa de la repartición, fiscalización de recepción de mercaderías, logística y servicios generales.
DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y REGISTRO
ACCIONES
Recabar al área correspondiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los datos sobre registro de deudores morosos alimentarios y cualquier otro que importe a la inhibición de personas.
Llevar el registro de las habilitaciones otorgadas.
Fiscalizar la recepción de mercaderías.
Llevar las series estadísticas de la repartición.
Dirigir los servicios generales y de maestranza que hagan al normal desenvolvimiento de la Repartición.
DEPARTAMENTO TECNICO LEGAL
ACCIONES
Asistir al Director General en los temas de su competencia
Entender en el asesoramiento jurídico-técnico profesional que posibilite obtener la máxima efectividad en la gestión del organismo.
ANEXO II
DIRECCION GENERAL DE VERIFICACIONES Y CONTROL
DESCRIPCION DE RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir al Subsecretario en los temas de su competencia.
Aplicar las normas vigentes de habilitaciones y permisos que se refieran a los locales, los anuncios publicitarios y las actividades en la vía pública y las cuestiones atinentes que hagan a la seguridad, salubridad, funcionamiento y moralidad pública.
Disponer las clausuras cuando las circunstancias así lo requieran, ratificar las clausuras inmediatas.
Ejercer el poder de policía en los temas de su competencia en todo el ejido de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
DEPARTAMENTO CLAUSURAS
ACCIONES
Entender en los procedimientos de clausura.
Verificar el cumplimiento de las clausuras impuestas, entender sobre las violaciones de clausuras y efectuar las denuncias correspondientes.
Coordinar operativos de verificación y control conjuntos con otros organismos gubernamentales.
DIRECCION ADMINISTRATIVA, TECNICA Y LEGAL
ACCIONES:
Asistir al Director General en los temas de su competencia.
Entender en lo que hace a la gestión administrativa de la repartición, fiscalización de recepción de mercaderías, logística y servicios generales.
DEPARTAMENTO ADMINISTRACION
ACCIONES
Fiscalizar la recepción de mercaderías.
Llevar las series estadísticas de la Repartición.
Dirigir los servicios generales y de maestranza que hagan al normal desenvolvimiento de la repartición.
DEPARTAMENTO TECNICO-LEGAL
ACCIONES
Asistir al Director General en los temas de su competencia.
Entender en el asesoramiento jurídico-técnico profesional que posibilite obtener la máxima efectividad en la gestión del organismo.
DIRECCION VERIFICACIONES
ACCIONES
Asistir al Director General en los temas de su competencia.
Ejercer las funciones de policía en los temas de su competencia en el ejido de la Ciudad, mediante verificaciones rutinarias, en cumplimiento de las normas que hacen a la higiene, seguridad, funcionamiento y moralidad.
Coordinar el tratamiento de las denuncias recibidas.
Imponer clausuras preventivas y solicitar clausuras definitivas.
Efectuar y disponer intimaciones.
Confeccionar órdenes de inspección.
DEPARTAMENTOS VERIFICACIONES GENERALES A y B
ACCIONES
Controlar los establecimientos industriales, comerciales y de servicios, que se encuentren en el ejido de su competencia.
Ejercer las funciones de policía en los temas y en el ejido de su competencia, mediante verificaciones rutinarias en cumplimiento de las normas vigentes que hacen a la higiene, seguridad, funcionamiento y moralidad.
Diligenciar y controlar intimaciones.
Entender en la aplicación de clausuras inmediatas y preventivas, solicitar clausuras definitivas.
DEPARTAMENTO ACTIVIDADES NOCTURNAS
ACCIONES
Coordinar y realizar el control de establecimientos con actividad nocturna, de acuerdo a la normativa vigente.
Realizar inspecciones de rutina en los establecimientos de su competencia.
Supervisar al personal del área.
Coordinar los operativos que la dirección determine.
Entender en la aplicación de clausuras inmediatas y preventivas, solicitar clausuras definitivas.
DEPARTAMENTO SALUD, EDUCACION, ESPECTACULOS Y ESTABLECIMIENTOS DEPORTIVOS
ACCIONES
Coordinar y realizar el control de establecimientos de salud, educación locales de espectáculos y establecimientos deportivos, de acuerdo a la normativa vigente.
Entender en la aplicación de clausuras inmediatas y preventivas, solicitar clausuras definitivas.
Realizar inspecciones de rutina en los establecimientos de su competencia.
Supervisar al personal del área.
Coordinar los operativos que la dirección determine.
DIRECCION DE VIA PUBLICA Y CONTROL
ACCIONES
Asistir al Director General en los temas de su competencia.
Intervenir en lo que hace al control de las actividades, que se desarrollan en la vía pública, mediante la realización de inspecciones y operativos de control.
Ejercer las funciones de policía en los temas y en el ejido de su competencia, mediante verificaciones rutinarias, en cumplimiento de las normas que hacen a la higiene, seguridad, funcionamiento y moralidad.
Coordinar el tratamiento de las denuncias recibidas.
Imponer clausuras preventivas y solicitar clausuras definitivas.
Autorizar la aplicación de clausuras inmediatas.
Efectuar y disponer intimaciones.
Confeccionar órdenes de inspección.
DEPARTAMENTO SABADOS, DOMINGOS Y FERIADOS
ACCIONES
Coordinar y realizar el control de las actividades que se desarrollen en días sábados, domingos y feriados, en cumplimiento de las normas que hacen a la higiene, seguridad, funcionamiento y moralidad.
Ejercer las funciones de policía sobre las actividades realizadas en la vía pública que se desarrollen en días sábados, domingos y feriados.
Coordinar el tratamiento de las denuncias recibidas.
Entender en la aplicación de clausuras inmediatas y preventivas, solicitar clausuras definitivas.
DEPARTAMENTO VIA PUBLICA
ACCIONES
Ejercer las funciones de policía sobre las actividades realizadas en la vía pública.
Organizar operativos de control tendientes a erradicar la venta clandestina de la vía pública y efectuar los decomisos de mercadería y elementos que correspondan.
Supervisar la guarda y custodia de los elementos decomisados y tratarlos de acuerdo a las normas vigentes.
DEPARTAMENTO PUBLICIDAD
ACCIONES
Detectar contravenciones y proponer su regularización mediante la confección y diligenciamiento de intimaciones.
Intervenir en la remoción de elementos publicitarios en contravención.
Coordinar las inspecciones rutinarias y los relevamientos especiales.
Intervenir en la verificación técnica de los anuncios publicitarios.
Controlar las instalaciones y estructuras de los anuncios publicitarios.
Entender en la tramitación de denuncias de particulares.
ANEXOS
Ver archivo 1
Ver archivo 2