DECRETO 1823 1997

Síntesis:

NORMA DEROGADA DEROGA LOS DECRETOS NROS. 69-95 - 116-95 MODIFICADO POR DECRETO 569-96 Y RESOLUCIÓN 1315-SHYF-95.

Publicación:

05/01/1998

Sanción:

23/12/1997

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Estado:

No vigente


Visto los términos de los Decretos Nros. 69-95 y 116-95 (B.M. N° 20.001) modificado por Decreto N° 569-GCBA-96 (BOGCBA N° 95), y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario contemplar medidas que posibiliten una adecuada gestión de las compras y contrataciones que se efectúan en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;Que asimismo por Decreto N° 1.693-GCBA-97 (BOGCBA N° 337) han sido aprobadas las normas básicas de funcionamiento de la Cuenta Única del Tesoro;Que ambas circunstancias hacen imprescindible establecer un nuevo cuadro de competencias;Que la unificación de dicho sistema permitirá un adecuado control de gestión de compra tanto en el aspecto administrativo como en el presupuestario;Que en consecuencia procede derogar los Decretos Nros. 69-95, 116-96, 569-96 y Resolución N° 1.315-SHyF-95;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, artículo 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Deróganse los Decretos Nros. 69-95,116-95 modificado por Decreto N° 569-95 y Resolución N° 1.315-SHyF-95.

Art. 2° - Reemplázanse los montos y competencias para las contrataciones que realice el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, correspondientes al Capítulo Vl de la Ley de Contabilidad y apruébanse las formas de Contrataciones y Competencias de Autoridades que se consignan en el Anexo l que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 3° - Facúltase al señor Secretario de Hacienda y Finanzas a dictar la normativa complementaria que fuera necesario para dar cumplimiento a los términos del presente decreto.

Art. 4° - El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Hacienda y Finanzas.

Art. 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás fines remítase a las Direcciones Generales de Compras y Contrataciones y de Contaduría General y a la Secretaría de Hacienda y Finanzas.


ANEXOS

FORMA Y MODALIDAD MONTO AUTORIZA APRUEBA
LICITACIÓN PÚBLICA (ARTÍCULO 55°) HASTA $ 150.000.- DIRECTORES DE HOSPITALES E INSTITUTO LUIS PASTEUR DIRECTORES DE HOSPITALES E INSTITUTO LUIS PASTEUR
DIRECTOR GRAL. TÉCNICO ADM. Y LEGAL SUBSECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN
HASTA $ 350.000. SUBSECRETARIO DE SALUD SECRETARIO DE SALUD
SUBSECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN SECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN
MÁS DE $ 350.000. SECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
LICITACIÓN PRIVADA (ARTÍCULOS 56° Inc.1°) HASTA $ 100.000. DIRECTORES DE HOSPITALES E INSTITUTO LUIS PASTEUR DIRECTORES DE HOSPITALES E INSTITUTO LUIS PASTEUR
DIRECTORES GENERALES DE REPARTICIÓN SUBSECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN
HASTA $ 250.000. SUBSECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN SECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN
MÁS DE $ 250.000.- Y HASTA 1.000.000. SECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
CONTRATACIÓN DIRECTA (ARTÍCULO 56° INC. 3°a) HASTA $ 50.000.- DIRECTORES GENERALES DE REPARTICIÓN DIRECTOR GRAL. TÉCNICO ADM. Y LEGAL
CONTRATACIÓN DIRECTA (ARTÍCULO 56° INC. 3°a) HASTA $ 100.000.- DIRECTORES DE HOSPITALES E INSTITUTO LUIS PASTEUR DIRECTORES DE HOSPITALES E INSTITUTO LUIS PASTEUR
DIRECTOR GRAL. TÉCNICO ADM. Y LEGAL DE LA JURISDICCIÓN SUBSECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN
CONTRATACIÓN DIRECTA (ARTÍCULO 56° INC. 3°c) SIN LÍMITE SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
CONTRATACIÓN DIRECTA (ARTÍCULO 56° INC. 3° d,e,f,g,i,j,k,l,m) HASTA $ 50.000. DIRECTORES GENERALES DE REPARTICIÓN DIRECTOR GRAL. TÉCNICO ADM. Y LEGAL
HASTA $ 100.000.- DIRECTORES DE HOSPITALES E INSTITUTO LUIS PASTEUR DIRECTORES DE HOSPITALES E INSTITUTO LUIS PASTEUR
DIRECTOR GRAL. TÉCNICO ADM.Y LEGAL DE LA JURISDICCIÓN SUBSECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN
HASTA $ 250.000.- SUBSECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN SECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN
HASTA $ 500.000.- SECRETARIO DE LA JURISDICCIÓN SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS
MÁS DE $ 500.000.- SECRETARIO DE HACIENDA Y FINANZAS DEPARTAMENTO EJECUTIVO

Dentro del presente cuadro se encuentran excluídas las contrataciones amparadas por Decreto N° 755/GCBA/97.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGA
<p>Art. 1 del Decreto 1823-97 deroga la Resolución 1315-SHYF-95.</p>
DEROGA
El Artículo 1° del Decreto 1823/97
DEROGA
Artículo 1°
DEROGA
Modificaba al Decreto N° 116 (Derogado) Artículo 1°
INTEGRADA POR
MODIFICADA POR
Artículo 1° Anexo I
REFERENCIADA POR
REFERENCIADA POR
autorizado para efectuar el llamado a Licitación Privada, al amparo de lo establecido en el Art. 56 Inc. 1° de la Ley de Contabilidad;
DEROGA
Artículo 1° - Deroga los Decretos Nros. 69-95,116-95 modificado por Decreto N° 569-95
DEROGADA POR
Artículo 3° - Deroga el Decreto N° 1.823/GCBA/97 y sus modificatorios.