ORDENANZA 46660 1993

Síntesis:

MODIFICA EL ART. 2° DE LA ORDENANZA N° 46.229, SOBRE PERMISO DE USO A TODO ESPACIO DESTINADO A PARQUE, PLAZAS Y TODO ESPACIO VERDE DE USO PÚBLICO BAJO DOMINIO COMUNAL - RENOVACIÓN DE CONCESIONES EN ESPACIOS VERDES - PERMISOS EN ESPACIOS VERDES - FERIAS ARTESANALES - COMPRA VENTA DE LIBROS USADOS - COMPRAVENTA DE REVISTAS USADAS - FERIAS DE ARTES PLÁSTICAS - FERIAS DE ARTES GRÁFICAS - COMPRAVENTA DE ANTIGÜEDADES - INTERCAMBIO DE ESTAMPILLAS - FERIAS DE MANUALIDADES - CALESITAS

Publicación:

22/06/1993

Sanción:

13/05/1993

Organismo:

CONCEJO DELIBERANTE

Promulgación:

12/06/1993

Estado:

No vigente


Artículo 1° - Modifícase el artículo 2° de la Ordenanza N° 46.229 que pasará a tener el siguiente texto:

“Art. 2° - Las concesiones y permisos de uso vigente se mantendrán hasta que opere su vencimiento a partir del cual no podrán ser renovados, excepto:

a) Las concedidas a las ferias artesanales que funcionen según lo normado en la Ordenanza N° 46.075 y que existan a la fecha de sanción de la presente;
b) Las concedidas a ferias de compra venta de libros y revistas usados que funcionen a la fecha de la presente;
c) Las concedidas a las ferias de artes plásticas y gráficas que funcionen a la fecha de la presente;
d) Las concedidas a los fines de compraventa de antigüedades que funcionen a la fecha de la presente;
e) Las concedidas a la compra venta o intercambio de estampillas que funcionen a la fecha de la presente;
f) Las ferias de manualidades;
g) Las concedidas a las calesitas que funcionen a la fecha de la presente. Las tenencias precarias existentes en la actualidad caducarán a partir de la presente ordenanza. Las excepciones formuladas en este artículo sobre uso permitido, se limitarán a senderos y partes pavimentadas excluyéndose todo espacio verde propiamente dicho."

Art. 2° - Incorpórese al artículo 3° de la Ordenanza N° 46.229 el siguiente texto: "excepto la Ordenanza N° 46.075, salvo el último párrafo de su artículo 5°, que también se deroga".

Art. 3° - Comuníquese, etcétera.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

EXCEPTUADA POR
Dec. 399-09 La administración del sector b del parque roca, está exceptuado de celebrar actos que contraríen la Ordenanza 46660
INTEGRADA POR
Dto. 374-11 establece las atribuciones de la Corporación Buenos Aires Sur respecto del Parque Roca, respecto de la Ord. 46660
REFERENCIADA POR
Cláusulas 2 de los Anexos I a VII del Dto. 645-98 Ref. Ord. 46660.Prohibición de concesión de espacios verdes públicos.
MODIFICA
Ord. 46660 modifica Art. 2° e incorpora texto al Art. 3° de la Ord. 46229 - Vigencia de los permisos de uso de los bienes de dominio público de la Municipalidad.
PROMULGADA POR
EXCEPTUADA POR
Art. 2 Ord. 50214 se excluye de Ord. 46660- Museo Nac. Bellas Artes; uso de espacios verdes de uso público.