ORDENANZA 46229 1992
Síntesis:
NO SE OTORGARÁ CONCESIÓN, CESIÓN, TRANSFERENCIA DE DOMINIO, TENENCIA PRECARIA, PERMISO DE USO A TODO ESPACIO DESTINADO A PARQUE, PLAZAS Y TODO ESPACIO VERDE DE USO PÚBLICO PERTENECIENTE AL DOMINIO PÚBLICO MUNICIPAL
Publicación:
31/03/1993
Sanción:
08/10/1992
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
25/03/1993
Artículo 1° - A partir de la promulgación de la presente no se podrá otorgar concesión, cesión, transferencia de dominio, tenencia precaria, permiso de uso ni cambio de destino de todo espacio destinado a parque, plazas, plazoletas y de todo otro espacio verde de uso público, se encuentre parquizado, jardinizado o no, perteneciente al dominio público municipal.
Art. 2° - Las concesiones y permisos de uso vigentes se mantendrán hasta que opere su vencimiento a partir del cual no podrán ser renovados. Las tenencias precarias existentes en la actualidad caducarán a partir de la presente ordenanza.
Art. 3° - Derógase toda norma que se oponga a la presente ordenanza.
Art. 4° - Comuníquese, etcétera.