ORDENANZA 14089 1942

Síntesis:

APRUEBA EL CÓDIGO DE LA EDIFICACIÓN PARA LA CIUDAD DE BUENOS AIRES  CUYOS ALCANCES COMPRENDEN LA CONSTRUCCIÓN ALTERACIÓN DEMOLICIÓN REMOCIÓN E INSPECCIÓN DE EDIFICIOS ESTRUCTURA E INSTALACIONES MECÁNICAS ELÉCTRICAS ELECTROMECÁNICAS TÉRMICAS Y DE INFLAMABLES O PARTES DE ELLA DEL MANTENIMIENTO Y LA INSPECCIÓN DE PREDIOS DE EDIFICIOS ESTRUCTURAS E INSTALACIONES

Publicación:

24/01/1943

Sanción:

17/12/1942

Organismo:

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Promulgación:

07/01/1943

Estado:

No vigente


Buenos Aires, diciembre 17 de 1942

(Exp. 60.132. C. 1943)

Señor Intendente Municipal, Dr. Carlos A. Pueyrredón.

Tengo el agrado de dirigirme al señor Intendenteremitiéndole copia autenticada de la Ordenanza sancionada por la Comisión de Vecinos ensesión de la fecha, registrada bajo el N°. 14.089.

Saludo al señor Intendente con toda consideración.

Ernesto E. Padilla.- Ernesto Oyuela.

Ordenanza 14.089

Artículo 1°. -Apruébase el Código de la Edificación para la Ciudad de BuenosAires presentado por la Comisión Especial creada por las resoluciones números 6318 y 12.700, con las modificaciones introducidas en virtud de lodispuesto en el artículo 2° de la Ordenanza N°. 13.094.

Art. 2°. - Continuaránenvigencia las siguientes disposiciones: "Desistimiento de obra","“Caducidad de -permisos concedidos", "Obras paralizadas","Reanudación del trámite de expedientes archivados" y disposiciones relacionadas con el empleo de la madera estructural.

Art. 3°. - Entrarán en vigencia desde la fecha de promulgación de la presente ordenanza, lo establecido en las secciones primera y segunda.

El Departamento Ejecutivo dispondrá que se complete la organización administrativa necesaria para dar cumplimiento de estas secciones al 30 de mayo de 1943.

Art. 4°. - Entrarán en vigenciaal 31 de julio de 1943 todas las disposiciones del Código nomencionadas en los artículos 2°, 3° y 5°.

Art. 5°. - Entrarán en vigencia el primero de noviembre de 1943 las siguientes disposiciones de la Sección 3a.:3.2.1.2,incisos c), d), e) y g) "Usos permitidos en losdistritosresidenciales"; 3.2.2.2 . “Usos permitidos en los distritos comerciales";3.9.1. -Dimensiones mínimas de los predios"; 3.9.2 Separación de fracciones con medidas insuficientes-; asimismo el capítulo 6.6."De losanuncios”.

Art. 6°.- El Departamento Ejecutivo someterá a la consideración del Honorable Concejo Deliberante los expedientes de permisos de edificación en predios situados en los distritos H 4y H 5, cuando la altura del edificio proyectado no cumpla las prescripciones contenidas en el Código de la Edificación.

Art. 7°.- Salvo loestablecido para la avenida de Mayo, las alturas de fachadas obligatoriasmencionadas en el inciso b) 3.3.3.2. “Alturas fijas de fachada”, hasta elprimero de noviembre de1943 serán consideradas como alturas máximas de fachada.

Art. 8°.- ElDepartamento Ejecutivo someterá a consideración del Honorable ConcejoDeliberante los expedientes de permisos de edificación, cuando la superficieedificada del proyecto comprenda el fondo tal como se establece en el capítulo3.4. “De los distritos según el área”.

Art. 9°.- La Comisión Especialque ha preparado el Código de Edificación continuará en funciones a efectos de completarsu articulado con las disposiciones correspondientes a:

Sección 7ª. “De las prescripcionespara cada edificio según su destino”;

Sección 8ª. “De losreglamentos, técnicas especiales”.

Art. 10°.- La primerapublicación que del Código de Edificación efectúe el Departamento Ejecutivo,tendrá las siguientes características:

a) Seguirá la composición y estructuradel texto aprobado, con intercalación de figuras y dibujos en los artículosrespectivos;

b) La medida de las hojas serán de 22 cm. por 28 cm. en papel obra, de 30 kilogramos;

c) La encuadernación será en hojas sueltas,perforadas, con tapas flexibles, desmontables, con tornillos de ajuste, tipo deencuadernado, a los efectos de facilitar su actualización;

d) La composición será de 15 cm. por 22 cm.,a una sola columna, en letratipo kadel, cuerpos 8 y 10, blanca y negrita para el texto y cuerpos mayorespara títulos y subtítulos; y

e) La impresión será dirigida por la Comisión Especial .

Art. 11°.- Facúltase alDepartamento Ejecutivo para que a partir del 1° de enero próximo, ponga en vigencialos distintos artículos del Código que se refieren a las habilitaciones yambientes que los proyectistas destinen a servicio.

Art. 12°.- Quedanderogadas todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza, y enespecial las siguientes:

Arts. 1 al 7inclusivede la Ordenanza del 26 dejunio de 1873;

Arts. 2 y 3 de la Ordenanza del 3 denoviembre de de 1894;

Art. 1 de la Ordenanza del 1° de diciembre de 1900;

Arts. 1 al 3inclusivede la Ordenanza del 13 dediciembre de 1904;

Arts. 1 al 3inclusivede la Ordenanza del 23 deabril de 1909;

Arts. 233 al238inclusive de la Ordenanza del 4 de octubre de 1910;

Arts. 241 de la Ordenanza del 4 de octubre de 1910;

Arts. 14, 15,19, 33, 40al 44 inclusive, 46 al 53 inclusive, y 115 al 117 inclusive de la Ordenanza del 9 de diciembre de 1910;

Arts. 1 y 2 de la Ordenanza del 27 de junio de 1913;

Arts. 1 al 4 inclusivede la Ordenanza del 26 de junio de 1925;

Arts. 1 y 2 de la Ordenanza del 16 de diciembre de 1925;

Arts. l al 6 inclusivede la Ordenanza del 31 de diciembre de 1926;

Arts. 1 al 6 inclusivede la Ordenanza del 10 de mayo de 1927;

Arts. 1 al 244inclusive, 250 al252 inclusive y 254 y 255 de la Ordenanza del 30 de junio de 1928;

Arts. 3 al 6 inclusivede la Ordenanza del 6 de noviembre de 1928;

Arts. 1 al 4 inclusivede la Ordenanza del 12 de diciembre de 1928;

Arts. 1 al 16 inclusivede la Ordenanza del 29 de diciembre de 1928;

Inc. e) y f) delartículo 6°.Ordenanza 28 de diciembre de 1932;

Ord. N°. 6055;

Res. N°. 6025;

Ord.N°. 6785;

Ord.N°. 7232;

Ord.N°. 8213;

Ord. N°. 8214;

Ord.N°. 8606;

OrdN°. 8893; y

Ord. N°. 11.289.

Art. 13. - Comuníquese, etc.


Buenos Aires, enero 7 de 1943.

Promúlguese la Ordenanza N°. 14.089,que aprueba el Código de la Edificación para la Ciudad de Buenos Aires. Acúsese recibo;publíquese en el "Boletín Municipal” y pase a sus efectos a la Dirección de Obras Públicas, Contaduría General,Direcciones de Rentas, del Plan Regulador y del Catastro y Asesoría Legal.

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Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Ordenanza N° 24755 incorpora capitulos a la seccion septima.</p>
MODIFICADA POR
Ord. 24802 incorpora al Distrito UF del Cap. 3.6 De los distritos según urbanizaciones a determinar y reservas para espacios verdes y parques - Tierras destinadas al uso ferroviario y zonas de vías
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1 de la Ordenanza 29435 modifica el Código de la Edificación aprobado por Ordenanza 14089.</p>
TEXTO ORDENADO POR
Art. 1 de la Ordenanza 34421 aprueba, como Anexo I, el Texto Ordenado del Código de Edificación, aprobado por Ordenanza 14089,al 30 de junio de 1978.
INTEGRADA POR
ACTAS DE INTERPRETACIÓN DE LA LEY N° 962 "ACCESIBILIDAD FÍSICA PARA TODOS ACTAS DE INTERPRETACIÓN DE LA LEY N° 962 "ACCESIBILIDAD FÍSICA PARA TODOS
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ordenanza 33819 modifica los Arts. 2.1.1.1. y 7.7.3 e incorpora Arts. 7.7.3.1. y 7.7.3.2. del Código de la Edificación aprobado por Ordenanza 14089.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 3 de la Ordenanza 24385 establece que la explotación comercial de un Parque para automotores, en el carácter de Playa de Estacionamiento, será autorizada cuando se cumplan las prescripciones del Artículo 7.7.3 del Código de la Edificación, aprobado por Ordenanza 14089.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Ordenanza 23956<strong> (DEROGADA) </strong>establece que las obras de caracter constructivo que se ejecuten en inmuebles de propiedad municipal estarán sujetas al cumplimiento del Art. 2.1.1.1 del Código de la Edificación, aprobado por Ordenanza 14089.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Ordenanza 220178 <strong>(DEROGADA</strong>) establece las normas a las que queda sujeta la instalación de máquinas expendedoras de bebidas sin alcohol o jugos de frutas en locales que reciben el concurso público, complementando Art. 2.5.3 del Código de la Edificación , Ordenanza 14089. </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Ordenanza 21827 <strong>(DEROGADA)</strong> adopta el Reglamento Provisorio para las Instalaciones Eléctricas de Tubos Luminiscentes, estableciendo en el punto 1.0, que las de baja tensión se regirá por las disposiciones contenidas en Instalaciones Eléctricas del Código de la Edificación, aprobado por Ordenanza 14089.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 de la Ordenanza 33075 aprueba el proyeccto de Letrero de Obra Tipo, precisando los alcances del Art. 5.1.2.1 del Código de la Edificación, aprobado por Ordenanza 14089.</p>
INTEGRADA POR
Art 12 de la Ord 33721 establece responsabilidad en construcción de solado de aceras, bajo apercibimiento de lo dispuesto en Art. 2.4.3.3. incs q) y f) del Código de Edificación. - Art 16 establece aplicación de las sanciones contenidas en arts 2.4.33 y 4.3.1.2
MODIFICADA POR
Art 6 de la ord 33721 sustituye primer párrafo art 4.3.11 del Código de Edificación. - Art 7 Sustituye el texto del artículo 4.3.3.2 punto b).
REGLAMENTADA POR
Art 8 de la Ord. 33721 establece plazos que no serán de aplicación en los casos previstos en art 4.3.1.2 del Código de Edificación.
MODIFICADA POR
INTEGRADA POR
Ord. 34197: incorpora al texto del Código de la edificación, Ord. 14089, la obligatoriedad de contar con luces de emergencia para indicar la salida, en todos los edificios de concurrencia de público
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 de la Ord. 26701 establece que las fracciones de terreno que comprendan una o más manzanas quedan afectadas como Distritos UF siendo de aplicación el Art. 3.6.1 del Código de la Edificación, Ord. 14089</p>
MODIFICADA POR
<p>Art 1 de la Ord 33504 modifica el Art. 1.1.2 del Código de la Edificación aprobado por Ord 14089</p><p>Art. 2 Modifica Art. 1.3.2</p><p>Art. 3 Suprime el Art. 1.3.2</p><p>Art. 4 Incorpora definiciones en el Art. 1.3.2</p><p>Art. 5 Modifica el Art. 2.1.1.3</p><p>Art. 6 Modifica el Art. 2.1.2.2 inc. a)</p><p>Art. 7 Modifica el Art. 2.1.2.3 inc. a)</p><p>Art. 8 Modifica el Art. 2.1.2.4 inc. b)</p><p>Art. 9 Modifica el Art. 2.1.2.6</p><p>Art. 10 Modifica el Art. 2.1.2.7 inc. a)</p><p>Art. 11 Modifica el Art. 2.1.5.4 inc. b) </p><p>Art. 12 Modifica el Art. 2.3.1</p><p>Art. 13 Deroga la Sección Tercera</p><p>Art. 14 Deroga los Arts. 4.1.1.1 al 4.1.1.5</p><p>Art. 15 Deroga el Capítulo 4.2</p><p>Art. 16 Deroga el Art. 4.4.2.2</p><p>Art. 17 Modifica el Art. 4.4.2.3</p><p>Art. 18 Modifica el último párrafo del Art. 4.4.3.1 inc. b)</p><p>Art. 19 Modifica el último párrafo del Art. 4.4.3.3</p><p>Art. 20 Deroga el Art. 4.4.3.5</p><p>Art. 21 Modifica el título del Art. 4.4.3.6 y el inc. b)</p><p>Art. 22 Deroga los Arts. 4.4.4.1 al 4.4.4.4</p><p>Art. 23 Deroga el Art. 4.4.5</p><p>Art. 24 Deroga el Art. 4.4.6</p><p>Art. 25 Deroga los Arts. 4.4.7.1 al 4.4.7.4</p><p>Art. 26 Deroga el Art. 4.4.9.6</p><p>Art. 27 Deroga el Capítulo 4.5</p><p>Art. 28 Modifica el Art. 4.6.4.2</p><p>Art. 29 Modifica el Art. 4.6.4.3</p><p>Art. 30 Modifica el Art. 4.6.4.4</p><p>Art. 31 Modifica el Art. 4.6.4.5</p><p>Art. 32 Modifica el Art. 4.6.4.6</p><p>Art. 33 Modifica el Art. 4.6.4.7</p><p>Art. 34 Modifica el Art. 4.6.5.2 inc. b)</p><p>Art. 35 Modifica el Art. 4.6.5.3</p><p>Art. 36 Modifica el Título del Art. 4.7.2.1</p><p>Art. 37 Modifica el Art. 4.8.2.3 Inc. a) y g)</p><p>Art. 38 Modifica el Art. 4.8.3.2</p><p>Art. 39 Modifica el Art. 4.10.1 inc. c)</p><p>Art. 40 Modifica el Art. 4.11.2.1</p><p>Art. 41 Modifica el Art. 4.11.2.2</p><p>Art. 42 Deroga el Art. 4.11.2.3</p><p>Art. 43 Modifica el Art. 4.11.2.4 inc. a) y c)</p><p>Art. 44 Deroga los Arts. 4.11.3.1 al 4.11.3.3</p><p>Art. 45 Deroga los Arts. 4.11.4.1 al 4.11.4.3</p><p>Art. 46 Modifica el Art. 5.8.3.3 Inc. a) y c)</p><p>Art. 47 Modifica el Art. 5.8.4 </p><p>Art. 48 Modifica el Art. 5.9.1.1</p><p>Art. 49 Deroga el Cap. 6.1</p><p>Art. 50 Deroga el Cap. 6.2</p><p>Art. 51 Deroga el Art. 6.3.3</p><p>Art. 52 Deroga el Cap. 6.7</p><p>Art. 53 Modifica el Art. 6.8.1</p><p>Art. 54 Modifica el Art. 6.8.2</p><p>Art. 55 Modifica el Art. 7.1.1.2</p><p>Art. 56 Modifica el Art. 7.1.1.3 inc. a)</p><p>Art. 57 Modifca el Art. 7.1.2.2</p><p>Art. 58 Modifica el Art. 7.1.3.2</p><p>Art. 59 Modifica el Art. 7.2.1.2</p><p>Art. 60 Modifica el Art. 7.2.1.5 inc. a) Punto 1 ítem I y II</p><p>Art. 61 Modifica el Art. 7.2.1.7 inc. a) Punto 1</p><p>Art. 62 Modifica el Art. 7.2.1.9 inc. a) Punto 2</p><p>Art. 63 Modifica el Art. 7.2.2.2</p><p>Art. 64 Modifica el Art. 7.2.3.2</p><p>Art. 65 Modifica el Art. 7.2.4.1</p><p>Art. 66 Modifica el Art. 7.2.4.2</p><p>Art. 67 Modifica el Art. 7.2.4.3 inc. d)</p><p>Art. 68 Modifica el Art. 7.2.5.2 inc. e)</p><p>Art. 69 Modifica el Art. 7.2.6.1 inc. b) y c)</p><p>Art. 70 Modifica el Art. 7.2.7.1 último párrafo</p><p>Art. 71 Modifica el Art. 7.2.8.1 inc. b)</p><p>Art. 72 Modifica el Art. 7.2.8.5 último párrafo</p><p>Art. 73 Modifica el Art. 7.2.9.1 inc. b)</p><p>Art. 74 Modifica el Art. 7.2.10.2 último párrafo</p><p>Art. 75 Modifica el Art. 7.2.10.3 inc. c) último párrafo</p><p>Art. 76 Modifica el Art. 7.2.11.1 inc. a) Puntos 2 y 4</p><p>Art. 77 Modifica el Art. 7.3.1.5</p><p>Art. 78 Modifica el Art. 7.3.1.16 inc. a)</p><p>Art. 79 Modifica el Art. 7.3.3.1 </p><p>Art. 80 Modifica el Art. 7.3.3.2 inc. d)</p><p>Art. 81 Modifica el Art. 7.3.3.3</p><p>Art. 82 Modifica el Art. 7.5.7.2</p><p>Art. 83 Modifica el Art. 7.7.1.1.</p><p>Art. 84 Modifica incs d) y f) del Art. 7.7.1.2</p><p>Art. 85 Modifica el Art. 7.7.1.5</p><p>Art. 86 Modifica el Art. 7.7.1.8</p><p>Art. 87 Introduce Art. 7.7.1.9</p><p>Art. 88 Modifica el Art. 7.7.2.1 y su inc. e)</p><p>Art. 89 Modifica el Art. 7.7.3 inc. a) punto 1 y b)</p><p>Art. 90 Modifica el Art. 7.7.4</p><p>Art. 91 Modifica el Art. 7.10.1.3 inc. a) y b)</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ord 33374 <strong>(DEROGADA) </strong> modifica los Arts. 1.3.2, 7.7.1.1, 7.7.1.2, 7.7.1.3, 7.7.1.4 , 7.7.1.5 del Código de la Edificación, Ord. 14089</p><p>Art. 1 Incorpora los Arts. 7.7.1.6, 7.7.1.7, 7.7.1.8, 7.7.1.9, 7.7.1.10 y 7.7.1.11</p>
INTEGRADA POR
<p>Dto. 14479-56 autoriza ocupación parcial de Fondo transitoriamente, elaborada por la Comisión del Código de la Edificación. Código aprobado por Ord. 14089</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Ord. 33152 afecta a Distrito UP, en los términos del Art. 3.6.2 del Código de la Edificación, Ord. 14089, la manzana delimitada por Av. Avellaneda y calles Donato Alvarez, Bogotá y Cálcena.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ord. 33196 desafecta predios de calle Esmeralda 902 al 958, Paraguay 801 al 849, Avenida Corrientes 436 y Reconquista 358, de su distrito de Zonificación, establecido por la Sección 3 de la Ord. 14089</p><p>Art. 2 afecta a Distrito UP en los términos del Art. 3.6.2</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 de la Ord. 23471 establece aplicación del Art. 3.6.1 del Código de la Edificación, Ord. 14089</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ordenanza 50063 modifica art. 7.7.6.1. del Codigo de Edificacion.-</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 15190-50 establece forma de liquidación y pago, en caso de reanudación de trámite de permisos de construcción, complementando la Ordenanza 14089.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 11817-53 establece forma de liquidación y pago, cuando se desiste de una obra, complementando la Ordenanza 14089.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 4238-46 autoriza la expedición de certificados duplicados de inspección final de obras, complementando el Código de la Edificación, aprobado por Ordenanza 14089.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Decreto 7927-48 establece la forma en que tramitan las consultas de propietarios y profesionales, sobre el Código de la Edificación aprobado por Ordenanza 14089, fuera de expedientes de obra, y que impliquen un pedido de tratamiento de excepción.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Decreto 6327-61 establece las circunstancias en que se llevan a cabo los procedimientos establecidos en el Decreto Ordenanza 1382-52, en relación a lo previsto en el Art. 6.3.1.1 del Código de la Edificación, aprobado por Ordenanza 14089.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 15058-56 establece la notificación previa de los titulares de inmuebles sujetos a procedimientos de obtención de mejoras de su propiedad particular, complementando la Ordenanza 14089.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 8731-46 deja establecido que cuando se han pagado los derechos de oficina correspondientes a la iniciación de una obra, no podrá liquidarse nuevamente derecho alguno, por el mismo concepto, complementando el Código de la Edificación, aprobado por la Ordenanza 14089. </p>
MODIFICADA POR
Art 1 de la Ord 21536 aprueba proyecto que introduce las modificaciones pertinentes al Código de la Edificación, Ord 14089
REFERENCIADA POR
Artículo 1° Artículo 2.1.1.1.
REFERENCIADA POR
Artículo 3° Artículo 2.2.5.2., último párrafo
REFERENCIADA POR
Artículo 3° Artículo 2.1.1.1.
REFERENCIADA POR
Artículo 5° Artículo 2.2.5.2.
MODIFICADA POR
Ord. 24187, desafecta del Distrito UF diversas fracciones de las Manzanas 35B; 50A; 65A y 65B de la Sección 35, Circunscripción 17 del Código de la Edificación.
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 de la Ord 29223 <strong>(DEROGADA)</strong> establece que las fracciones de terreno no parceladas que excedan de 3000 m2, o que comprendan una manzana, quedan afectadas como distritos UF según urbanizaciones a determinar y reservas para espacios verdes y parques, siendo de aplicación en estos casos el Art 3.6.1 del Código de la Edificación</p><p>Art. 3 dispone casos en que no se aplica lo dispuesto por el Art. 2</p><p> </p>
MODIFICADA POR
Art. 3 de la Ord. 33830 (DEROGADA) modifica arts. 2.4.3.3 y 2.4.4 de la Ord. 14089.