RESOLUCIÓN 479 2002 SUBSECRETARIA DE LOGISTICA Y EMERGENCIAS

Síntesis:

NORMA DEROGADA - AUTORIZA A DETERMINADOS DIRECTORES GENERALES EL USO RESTRINGIDO DE TELÉFONOS CELULARES CON CARGO AL G.C.A.B.A. AUTORIZACIÓN-USO-EQUIPOS-TELEFONÍA CELULAR-TELEFONÍA MÓVIL-TELÉFONOS MÓVILES-TELÉFONOS CELULARES-PRESUPUESTO-SERVICIO DE TRUNKING-FUNCIONARIOS-DIRECTOR GENERAL MATERIAL RODANTE Y TALLERES-DIRECTOR GENERAL CONTROL DE LA CALIDAD AMBIENTAL-DIRECTOR GENERAL DE OBRAS PÚBLICAS-DIRECTOR GENERAL PREVENCIÓN DEL DELITO-DIRECTOR GENERAL ADJUNTO COORDINACIÓN OPERATIVA DE EMERGENCIAS-DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO DE LOGÍSTICA Y EMERGENCIAS-BAJA DE LÍNEAS-

Publicación:

20/01/2003

Sanción:

27/12/2002

Organismo:

SUBSECRETARIA DE LOGISTICA Y EMERGENCIAS


Visto el Decreto N° 292/GCBA/02; y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto citado se limitó la asignación y uso de teléfonos celulares correspondientes al servicio de telefonía móvil que contrata el Gobierno de la Ciudad de Buenos, en las condiciones que fijare la reglamentación;

Que por Resolución Conjunta N° 168/02 se establecieron dichas condiciones a fin de hacer efectiva la reducción de gastos propugnada, sin que esto implique abandonar los beneficios que brindan estos modernos sistemas de comunicación;

Que en tal sentido, resulta conveniente autorizar la utilización de estos medios de comunicación a aquellas áreas que necesariamente deben tomar intervención en casos de emergencias a fin de favorecer la inmediatez en la coordinación de las tareas a realizar brindando mayor operatividad y eficacia en la respuesta estatal;

Por ello, y en uso de las atribuciones conferidas por el Art. 5° del Decreto N° 292/GCBA/02,

LA SUBSECRETARIA DE LOGÍSTICA Y EMERGENCIAS

Y LA SUBSECRETARIA DE GESTIÓN

Y ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

RESUELVEN:

Artículo 1° - Autorízase el uso de un equipo de telefonía celular, con cargo al presupuesto del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, independiente del servicio de trunking, por cada uno de los funcionarios señalados a continuación y de acuerdo al siguiente esquema:

Autoridad Minutos Mensuales
Autorizados
Director General Material Rodante y Talleres 1000
Director General Control de la Calidad Ambiental 1000
Director General de Obras Públicas 1000
Director General Prevención del Delito 1000
Director General Adjunto Coordinación Operativa de Emergencias 1000

Artículo 3° - Instrúyese al Director General Técnico Administrativo de Logística y Emergencias, a fin de que adopte las medidas pertinentes para proceder a la baja de las líneas de telefonía celular asignadas a los equipos de trunking afectados al uso de las personas mencionadas en el artículo 1°.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los interesados, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. María - Albamonte

Artículo 3° - Instrúyese al Director General Técnico Administrativo de Logística y Emergencias, a fin de que adopte las medidas pertinentes para proceder a la baja de las líneas de telefonía celular asignadas a los equipos de trunking afectados al uso de las personas mencionadas en el artículo 1°.

Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a los interesados, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Dirección General de Contaduría. Cumplido, archívese. María - Albamonte

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIADA POR
INTEGRADA POR
ESTABLECE FECHA A PARTIR DE LA CUAL TENDRÁN EFECTO LAS AUTORIZACIONES EFECTUADAS en la Res. 479/02
MODIFICADA POR
Artículo 1° - Modifica el artículo 1° de la Resolución Conjunta N° 479/SSLYE-SSGYAF/2002
DEROGADA POR
Art. 1 del Dto. 2245-06 deroga Res. 479-SSGYAF-SSLYE-02