RESOLUCIÓN 739 1997 SECRETARIA DE PRODUCCION Y SERVICIOS

Síntesis:

NORMA DEROGADA - APRUEBA LAS NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA LA GESTIÓN DESCENTRALIZADA DE LA REPARACIÓN DE ACERAS, ORDENANZA N° 33.721

Publicación:

08/01/1998

Sanción:

03/12/1997

Organismo:

SECRETARIA DE PRODUCCION Y SERVICIOS


Visto, los Decretos N° 213-GCBA-96 (BOGCBA N?39) y 483-GCBA-96 (BOGCBA N?86), relacionados con los Centros de Gestión y Participación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la Resolución N?2-SSD-97 (BOGCBA N?142) y el Plan de Obras de Reparación de Aceras, ejecutado a través de la Dirección General de Obras Públicas de la Secretaría de Producción y Servicios, y ,

CONSIDERANDO:

Que el acuerdo de gestión descentralizada de la programación y ejecución de la reparación de aceras, realizado oportunamente entre las Direcciones Generales de Obras Públicas y de Descentralización, en el ámbito del Consejo de Descentralización y Modernización ha mostrado su efectividad y conveniencia por lo que requiere su institucionalización;

Que en tal sentido corresponde implementar la metodología operativa indicada, mediante la aprobación de una Norma de Procedimientos para la Gestión Descentralizada de la Reparación de Aceras Ordenanza N° 33.721;

Que por otra parte corresponde comunicar a las distintas áreas de la Administración Central sobre los alcances del procedimiento a implementar a través de la pertinente publicación en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, a efectos de evitar demoras en la programación de los trabajos;

Por ello,

EL SECRETARIO DE PRODUCCION Y SERVICIOS Y
EL SUBSECRETARIO DE DESCENTRALIZACION
RESUELVEN:

Artículo 1° - Apruébanse las Normas de Procedimiento para la Gestión Descentralizada de la Reparación de Aceras Ordenanza N?33.721 , que como Anexo I forma parte integrante de la presente.

Art. 2° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos remítase a la Secretarla de Producción y Servicios, Dirección General de Obras Públicas, a la Subsecretaría de Descentralización, Centros de Gestión y Participación y al Consejo de Descentralización y Modernización. Cumplido, archívese.


ANEXOS

Anexo l

NORMAS DE PROCEDIMIENTO PARA LA GESTION, DESCENTRALIZADA DE LA REPARACION DE ACERAS ORDENANZA N° 33.721

De las normas generales:

Artículo 1° - El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a través de la Secretaría de Producción y Servicios, ha dispuesto un Plan de Obras de Reacondicionamiento de Aceras divididas en Areas de Trabajo", que se corresponden con los perímetros establecidos para los Centros de Gestión y Participación.

Art. 2° - Las Direcciones Generales Centros de Gestión y Participación, dependientes de la Subsecretaría de Descentralización, serán los Organismos receptores de los reclamos y solicitudes por parte de los contribuyentes, para la reparación de las aceras de la ciudad que ejecutará la Dirección General de Obras Públicas Area de la Secretaría de Producción y Servicios, en un todo de acuerdo con lo establecido en el artículo 9?de la Ordenanza N?33.721 (B.M. N?15.590).

Art. 3° - Se establece la descentralización de la programación y ejecución de la reparación de las aceras, a fin de dar una inmediata respuesta a las necesidades de los vecinos en el Centró de Gestión y Participación próximo a su domicilio y evitar trámites y traslados innecesarios. La Programación de los Trabajos de Reparación y Mantenimiento, se encontrarán a cargo de la Inspección de Obra de la Dirección General de Obras Públicas y del Director General del Centro de Gestión y Participación, correspondiente, debiendo las distintas áreas intervinientes ajustarse a, la siguiente metodología operativa:

De la metodología operativa:

a) Centro de Gestión y Participación

1. Recibe la solicitud de reparación de aceras (nuevos reclamos de vecinos) y los generados en otras dependencias de la administración central.

2. Registra diariamente la información en el sistema de reclamos, quedando incluida en la base de datos constituida a tal fin.

3. Remite diariamente a la Unidad Central de Reclamos, por diskette o módem, la información correspondiente, detallando en el Item observaciones, la leyenda "Gestionado por el C.GP, utilizando para su trasladó el correo de la Dirección Guardia de Auxilio.

4. Confecciona el listado de reclamos y fija las prioridades para su posterior programación.

5. Quincenalmente, programa juntamente con la Inspección de Obra, la ejecución de las tareas de la zona, que incluirá también las demandas ordenadas por la Secretaría de Producción y Servicios.

b) Inspección de Obra.

1. Programa juntamente con el Director General del Centro de Gestión y Participación correspondiente la ejecución de las aceras a reparar, realizando previamente el relevamiento de los reclamos.

2. En caso de corresponder la reparación, la Inspección realiza el replanteo de los trabajos y emite la orden de servicio a la empresa contratista, comunicando con una copia al Centro de Gestión y Participación y al Director General de Obras Públicas.

3. En caso de no corresponder la reparación, comunicará al Centro de Gestión y Participación la ubicación observada para la notificación del recurrente y posterior normalización según corresponda.

4. Una vez concretada la tarea por parte de la empresa contratista y realizada la inspección a fin de verificar la calidad y cantidad de metros reparados, conformará la planilla de medición para la certificación de los trabajos por parte de la contratista.

5. La empresa contratista a través de la Dirección General de Obras Públicas, remitirá al Centro de Gestión y Participación una copia (sextuplicado) del certificado aprobado.

6. La empresa contratista a través de la Dirección General de Obras Públicas remitirá al Centro de Gestión y Participación, una copia juntamente con el Certificado, del Cronograma de Inversiones a fin de tener conocimiento del estado de ejecución contractual.

c) Centro de Gestión y Participación.

1. Recibida la copia del certificado de los trabajos realizados, se comunicará a la Unidad Central de Reclamos para su incorporación al Sistema de Reclamos como "resuelto".

2. En el supuesto de no corresponder la reparación al Gobierno de la Ciudad "apartado b) Inspección de Obra - punto 3. ", comunicará la novedad a la Unidad Central de Reclamos para su desactivación. Notificará al recurrente y remitirá la actuación administrativa generada a la dependencia correspondiente, para su normalización de acuerdo a la normativa vigente.

3. La información a que se refieren los puntos 1 y 2 precedentes deberá remitirse a la citada Unidad Central de Reclamos, completando los siguientes Items: C.GP., número de reclamo y fecha de ejecución.

d) Unidad Central de Reclamos.

1. Recibe el estado de los trámites de los Centros de Gestión y Participación y elabora las correspondientes series estadísticas.

Art. 4° - Las distintas áreas de la administración central, sin perjuicio de sus funciones específicas, deberán remitir las actuaciones administrativas generadas al Centro de Gestión y Participación que corresponda a la ubicación denunciada, a fin de programar los trabajos Conforme lo establecido en el apartado a) punto 1. del artículo precedente.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
Res. 264-SSATCIU-SSEP-AGIP-08 Deroga la Res.739-SPYS-97
REGLAMENTA
Anexo 1 de la Res. 739-SPYS-SSD-97 aprueba servicios y funciones de los CGPS dentro de las Normas de Procedimiento para la Gestión Descentralizada de la Reparación de Aceras, regulando dichos organismos creados por Dto. 213-96