RESOLUCIÓN 419 2018 MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN 11-MJYSGC-17 - APRUEBA REGLAMENTACIÓN - SERVICIO COMPLEMENTARIO DE PREVENCIÓN DE INCENDIOS - CUERPO DE BOMBEROS DE LA CIUDAD - PROCEDIMIENTO PARA LA TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES - APRUEBA MODELO DE CONVENIO - DIRECCIÓN GENERAL SERVICIOS COMPLEMENTARIOS - DIRECCIÓN GENERAL SERVICIOS COMPLEMENTARIOS DE SEGURIDAD - SUBSECRETARÍA DE EMERGENCIAS - MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Publicación:
09/05/2018
Sanción:
25/04/2018
Organismo:
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
VISTO:
Las Leyes Nros. 5460 (texto consolidado según Ley N° 5.666), 5.688, el Convenio N°
1/16 aprobado mediante Resolución N° 298/LCBA/15, la Resolución N°
11/MJYSGC/17, el Expediente N° 2018-09584261-DGSCS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Convenio de Transferencia Progresiva a la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires de facultades y funciones de seguridad en todas las materias no
federales ejercidas en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires" suscripto el 5 de enero
de 2016 entre el Presidente de la Nación y el Jefe de Gobierno de la Ciudad de
Buenos Aires se acordó la transferencia a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los
efectivos de la Superintendencia Federal de Bomberos de la Policía Federal Argentina
que cumplen funciones de seguridad contra incendios y otros estragos en materias no
federales en el ámbito territorial local;
Que el mediante Resolución N° 298/LCBA/15 la Legislatura de la Ciudad de Buenos
Aires aprobó el mentado Convenio de Transferencia, registrado bajo el N° 1/16;
Que la Ley N° 5.688 dispuso la creación del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad y
estableció en su Artículo 279 el Servicio Complementario de Prevención de Incendios,
autorizando al Ministro de Justicia y Seguridad a reglamentar sus condiciones,
organizar su prestación y fijar su precio;
Que en consecuencia se dictó la Resolución N° 11/MJYSGC/17 mediante la cual se
aprobó la reglamentación del "Servicio Complementario de Prevención de Incendios"
del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad y el procedimiento para la tramitación de
solicitud del Servicio Complementario de Prevención de Incendios a prestarse en el
ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que atento las necesidades puestas de manifiesto por la Dirección General Servicios
Complementarios de Seguridad, dependiente de la Subsecretaría Gestión
Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad, resulta conveniente dejar sin
efecto lo dispuesto por Resolución N° 11/MJYSGC/17, y actualizar los procedimientos
referidos.
Por ello, y de acuerdo con las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Déjase sin efecto la Resolución N° 11/MJYSGC/17.
Artículo 2°.- Apruébase la reglamentación del "Servicio Complementario de Prevención
de Incendios" del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, que como Anexo I (IF-2018-
11997240-MJYSGC) forma parte integrante de la presente.
Artículo 3°.- Apruébase el procedimiento para la tramitación de solicitud del Servicio
Complementario de Prevención de Incendios a prestarse en el ámbito de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires que como Anexo II, (F-2018-11997264-MJYSGC) forma
parte integrante de la presente.
Artículo 4°.- Apruébase el modelo de Convenio de prestación del Servicio
Complementario de Prevención de Incendios que como Anexo III (IF-2018-12000670-
MJYSGC) forma parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Facúltase a la Dirección General Servicios Complementarios de
Seguridad para elaborar y aprobar los formularios de solicitud del "Servicio
Complementario de Prevención de Incendios" y determinar la documentación que
deben acompañar los solicitantes.
Artículo 6°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese al Sr. Jefe del Cuerpo de Bomberos de la Ciudad, a la Secretaría de
Seguridad, a la Secretaría de Administración de Seguridad, a las Subsecretarías de
Emergencias y de Gestión Administrativa y de Recursos Humanos de Seguridad del
Ministerio de Justicia y Seguridad y al Ministerio de Hacienda. Cumplido, para su
conocimiento y demás efectos, pase a la Secretaría de Seguridad, fecho pase a la
Secretaría de Administración de Seguridad. Ocampo