RESOLUCIÓN 509 2003 CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Síntesis:
DESIGNA INTEGRANTES DE LA COMISIÓN DE PREADJUDICACIONES Y DE LA COMISIÓN DE RECEPCIÓN- CONSEJO DE LA MAGISTRATURA , INTEGRACIÓN DE COMISIONES , DESIGNACIÓN DE INTEGRANTES , SECRETARIO DE COORDINACIÓN , SECRETARIO DE LA COMISIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANCIERA , DIRECTOR DE INFRAESTRUCTURA Y OBRAS , DIRECTOR DE APOYO OPERATIVO , DIRECTORA DE PROGRAMACIÓN Y ADMINISTRACIÓN CONTABLE , SECRETARIO EJECUTIVO DEL CENTRO DE FORMACIÓN JUDICIAL , SECRETARIO TÉCNICO , CONTRATACIONES DIRECTAS , LICITACIONES , JEFE DEL DEPARTAMENTO , JEFE DEL DEPARTAMENTO DE TECNOLOGÍA E INFORMÁTICA , JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ASIGNACIÓN E INMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA , JEFE DEL DEPARTAMENTO DE MANTENIMIENTO , JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INSCRIPCIÓN Y ACREDITACIÓN , JEFE DEL DEPARTAMENTO DE SUMARIOS DEL ÁREA ADMINISTRATIVA , SECRETARIO LETRADO DE UNIDAD CONSEJERO , AUTORIZACIÓN
Publicación:
11/09/2003
Sanción:
04/09/2003
Organismo:
CONSEJO DE LA MAGISTRATURA
Visto: La Nota N° 60/DCCCM/03 y lo dispuesto por el Decreto N° 5.720/PEN/72, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la referida comunicación, la Dirección de Compras y Contrataciones eleva a consideración del Plenario una propuesta de integración de las Comisiones de Preadjudicaciones y Recepción.
Que, para conformar la primera de ellas, se sugiere designar al Secretario de Coordinación, al Secretario de la Comisión de Administración y Financiera, al Director de Infraestructura y Obras, al Director de Apoyo Operativo, a la Directora de Programación y Administración Contable y al Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial.
Que, para procurar un ágil funcionamiento de la Comisión, se considera oportuno autorizar al Secretario Técnico a disponer en cada contratación, cuáles serán los miembros titulares y suplentes que deben participar en el proceso de preadjudicación en función del tipo de bienes o servicios que se esté contratando, estableciéndose que siempre deberá funcionar, como mínimo, con tres integrantes.
Que, para conformar la Comisión de Recepción, se propone a los Jefes de los Departamentos de Obras, Tecnología e Informática, Asignación e Imputación Presupuestaria, Mantenimiento, Inscripción y Acreditación y Sumarios del Área Administrativa.
Que, siguiendo el mismo criterio, se propone delegar en el Secretario Técnico la facultad de disponer cuáles serán los titulares y suplentes que participen en cada recepción, fijándose un mínimo de dos integrantes.
Que, asimismo, luce conveniente establecer en forma permanente los funcionarios que tendrán a su cargo la apertura de ofertas en licitaciones y contrataciones directas, estimándose oportuno que dicha responsabilidad recaiga en el Secretario Técnico y en un Secretario Letrado de Unidad Consejero, elegido en forma rotativa para cada acto, ordenándose su participación alfabéticamente.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones otorgadas por el Art. 116 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y la Ley N° 31,
Artículo 1° - Designar como integrantes de la Comisión de Preadjudicaciones al Secretario de Coordinación, al Secretario de la Comisión de Administración y Financiera, al Director de Infraestructura y Obras, al Director de Apoyo Operativo, a la Directora de Programación y Administración Contable y al Secretario Ejecutivo del Centro de Formación Judicial.
Artículo 2° - Autorizar al Secretario Técnico a disponer, en cada contratación, cuales serán los miembros titulares y suplentes que deben participar en el proceso de preadjudicación en función del tipo de bienes o servicios que se esté contratando, estableciéndose que siempre deberá funcionar, como mínimo, con tres integrantes.
Artículo 3° - Designar como integrantes de la Comisión de Recepción a los Jefes de los Departamentos de Obras, Tecnología e Informática, Asignación e Imputación Presupuestaria, Mantenimiento, Inscripción y Acreditación y Sumarios del Área Administrativa.
Artículo 4° - Autorizar al Secretario Técnico a disponer, en cada contratación, cuáles serán los miembros titulares y suplentes que deben participar en el proceso de recepción, en función del tipo de bienes o servicios que se esté contratando, estableciéndose que siempre deberá funcionar, como mínimo, con dos integrantes.
Artículo 5° - Establecer que el acto de apertura de ofertas de licitaciones y contrataciones directas estará a cargo del Secretario Técnico y un Secretario Letrado de Unidad Consejero, elegido en forma rotativa para cada acto, ordenándose su participación alfabéticamente.
Artículo 6° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad, en la página de Internet del Poder Judicial www.jusbaires.gov.ar, en la cartelera del Consejo de la Magistratura, notifíquese a los interesados, comuníquese a la Dirección General de Control de Gestión y Auditoría Interna, a la Dirección de Compras y Contrataciones y, oportunamente, archívese. Castorino - May Zubiría - De Stefano - Iráizoz - Marsili - Fleitas Ortiz de Rozas (no firma por encontrarse en uso de licencia)