ORDENANZA 40434 1984
Síntesis:
ESTABLECE UNA RETENCIÓN DEL 1% SOBRE EL TOTAL DE LAS FACTURAS A PROVEEDORES EN CALIDAD DE IMPUESTO SOBRE INGRESOS BRUTOS
Publicación:
28/01/1985
Sanción:
29/12/1984
Organismo:
CONCEJO DELIBERANTE
Promulgación:
17/01/1985
Artículo 1° - La Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires procederá a retener el 1% sobre el total de las facturas a proveedores en concepto de Impuesto sobre los Ingresos Brutos, en el momento de efectuar el pago de las mismas. En el caso de contribuyentes que ingresen el tributo bajo el régimen del Convenio Multilateral la retención alcanzará al 0,5% del importe respectivo.
Art. 2° - La retención aludida en el artículo anterior no implica variación alguna en la forma de cálculo de los correspondientes anticipos del impuesto excepto por lo que en la presente ordenanza se establezca.
Art. 3° - El monto retenido según lo establecido en el artículo 1° se tomará como pago a cuenta en el anticipo siguiente que deba liquidar el contribuyente. En el caso que genere un saldo a favor del contribuyente el mismo deberá trasladarse a los anticipos sucesivos o a la Declaración Jurada anual, en caso que fuere esta la próxima liquidación a efectuar.
Art. 4° - El Departamento Ejecutivo determinará los requisitos que deberán incorporarse a las correspondientes facturas, con el objeto de proceder al cálculo de la retención establecida en el artículo 1°.
Art. 5° - Comuníquese, etcétera.