DECRETO 2028 1979
Síntesis:
APRUEBA EL MANUAL PARA LA CONFECCIÓN Y REDACCIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA - MG 1 - MG I - MG1 - M.G.1 - MANUAL GENERAL 1 - NOTAS - MEMORANDOS - MEMOS
Publicación:
18/05/1979
Sanción:
27/04/1979
Organismo:
MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
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Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en: ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar
Visto el Decreto N° 1.690/77 (B.M. 15.527) por el cual se aprueba con carácter experimental el M.G. 1 (Manual para la Confección de la Documentación Administrativa) y el Decreto N° 70/78 (B.M. 15.690) por el cual se prorroga la vigencia del anterior hasta tanto concluyan las tareas de aprobación, publicación y distribución del manual definitivo, y
CONSIDERANDO:
Que el tiempo transcurrido desde que fuera puesto en vigencia el M.G. 1 (Manual para la Confección de la Documentación Administrativa), a título experimental, ha permitido recoger una adecuada experiencia, lo que hace oportuna su implantación definitiva.
Que las normas establecidas en este Manual permitirán una comunicación escrita eficaz, clara y actualizada que facilite la tarea de quienes deben efectuarla mediante su redacción o interpretación.
Que los jefes responsables del registro, despacho y trámite de actuaciones son los funcionarios naturalmente indicados para mantener su vigencia y actualidad;
Que, para ello, deberá imprimirse una cantidad adecuada de ejemplares;
Por ello
Artículo 1° - Apruébase el documento normativo definitivo para la confección y redacción de la documentación administrativa que a todo efecto forma parte del presente y de acuerdo con las siguientes características:
a)Denominación: Manual para la Confección de la Documentación Administrativa:
b)Identificación: M.G. 1 (Manual General 1):
c)Carácter público:
d) Organismo redactor y corrector: Dirección de Planeamiento (Dirección de organización y métodos).
Art. 2° - Déjanse sin efectos los decretos Números 1690/77 y 70/78
Art. 3° - Los jefes responsables del registro despacho y trámite de todas las jefaturas de organismos (Secretarías, Subsecretarías, Direcciones Departamentos, etc), deberán poseer y mantener actualizado el M.G:1 para lo cual se procederá según lo establecido en el Procedimiento para la Introducción de Modificaciones o Nueva Impresión del M.G, 1 (Manual para la Confección de la Documentación Administrativa), que forma parte integrante del presente.
Art. 4° - La Dirección de Planeamiento dispondrá la impresión de 3000 ejemplares del Mg 1 los que deberán ser retirados del Departamento Imprenta Municipal por las reparticiones municipales, dentro de las 72 horas de finalizada la impresión, circunstancia que será publicada en el Boletín Municipal.
Art. 5° - El M.G. 1 definitivo estará en vigencia a partir del 2 de mayo de 1979.
Art. 6° - Los elementos actualmente en uso (sellos, papelería, etc) que no se ajusten a losas disposiciones del M.G. 1 deberán ser utilizadas hasta su total extinción.
Art. 7° - El presente decreto será refrendado por todos los señores Secretarios.
Art. 8° - Dése al Registro Municipal, publíquese en el Boletín Municipal y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a todas las Secretarías del Departamento Ejecutivo.