LEY 6208 2019

Síntesis:

SE ADHIERE - LEY NACIONAL 27499 - LEY MICAELA DE CAPACITACIÓN OBLIGATORIA EN GÉNERO PARA TODAS LAS PERSONAS QUE INTEGRAN LOS TRES PODERES DEL ESTADO - LEGISLATURA DE LA CIUDAD - ADHESIÓN

Publicación:

31/10/2019

Sanción:

10/10/2019

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

29/10/2019


Esta norma no posee texto actualizado porque no ha sido modificada desde su consolidación e incorporación al Digesto Jurídico de la Ciudad en 2015.

TEXTO CONSOLIDADO

Texto consolidado según la Ley 6.764 (5° actualización del Digesto Jurídico)

Rama: Organización Administrativa

Versión vigente: 29 de febrero de 2024

Si no visualiza alguno de los textos puede solicitarlo enviando un correo a ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Articulo 1°.- Adhiérese a la Ley Nacional 27499 "Ley Micaela de capacitación

obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del

Estado".

Art. 2°.- Comuníquese, etc. Quintana - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 214/21 designa a la Unidad para la Igualdad de Género como Autoridad de Aplicación de la Ley 6208.</p>
ADHIERE
<p>Art. 1 de la Ley 6208 adhiere a la Ley Nacional 27499 “Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado”.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Disposición 250-SAISSP/21 aprueba el Taller sobre género, desigualdad y violencia- Ley Micaela N 27.499, en el marco de la adhesión aprobada por Ley 6208.</p>
PROMULGADA POR