DECRETO NACIONAL 334 2021

Síntesis:

PRORROGA DEL DECRETO DE NECESIDAD Y URGENCIA N° 287/21. SUSTITUCION DEL INCISO 4) DEL ARTICULO 3° DEL DECRETO N° 287/21. MEDIDAS APLICABLES A LUGARES EN ALTO RIESGO EPIDEMIOLOGICO Y SANITARIO O EN SITUACION DE ALARMA EPIDEMIOLOGICA Y SANITARIA ENTRE EL 22 DE MAYO Y EL 30 DE MAYO DE 2021 Y LOS DIAS 5 Y 6 DE JUNIO DE 2021.

Publicación:

22/05/2021

Sanción:

21/05/2021

Organismo:

PODER EJECUTIVO NACIONAL

Promulgación:

21/05/2021


Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 103-SECA/21, dispone el cierre del acceso al público en los predios del Jardín Botánico Carlos Thays, de la Reserva Ecológica Costanera Sur y de la Reserva Natural Lago Lugano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, desde el día 22 de mayo y hasta el 30 de mayo de 2021 inclusive, de conformidad con lo estipulado en el artículo 3° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 334-PEN/21.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.2 de la Resolución 39-UPEEI/21, aprueba la “ADECUACIÓN DEL PROTOCOLO DE APERTURA AL PÚBLICO DE ECOPARQUE EN EL CONTEXTO DE LA EMERGENCIA SANITARIA COVID-19” de conformidad con lo previsto en el Decreto de Necesidad y Urgencia Nacional N° 334-PEN/21. </p>
INTEGRADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 385-MEPHUGC/21, suspende la actividad de las ferias y mercados que se desarrollan en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires desde el 22 de mayo de 2021 y hasta el 30 de mayo de 2021 inclusive y los días 5 y 6 de junio de 2021, de acuerdo a las restricciones dispuestas por el Decreto N° 334-PEN/21.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art.1 de la Resolución 305-SECTOP/21 suspende, a partir del 22 de mayo de 2021 y hasta 11 de junio de 2021 inclusive, el régimen de arteria peatonal en los dos (2) carriles inmediatos a la acera izquierda de la Av. Corrientes, en el tramo comprendido entre la Av.Callao y la calle Libertad a fin de propiciar el cumplimiento de la medida que establece Decreto de Necesidad y Urgencia  334/PEN/21.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art.1 del Decreto 180, prorroga las medidas adoptadas por el Decreto 155/21, en el marco lo establecido por DNYU Nacional 334/21.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 181/21 establece que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las actividades comerciales minoristas de cercanía comprendidas en el artículo 5 inciso 10 del Decreto de Necesidad y Urgencia 334-PEN/21, podrán llevarse a cabo en los términos allí establecidos sin el ingreso de clientes al establecimiento.</p><p>Art. 3 establece que, en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los parques, plazas y demás sectores del espacio público permanecerán habilitados exclusivamente para salidas de esparcimiento que no impliquen permanencia, con los límites del artículo 3 inciso b) del Decreto de Necesidad y Urgencia 334-PEN/21.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 del DNYU  Nacional 334/21 prorroga el DNYU Nacional 287/21 y el plazo establecido en su artículo 30, así como sus normas complementarias, hasta el día 11 de junio de 2021 inclusive.<br /><br />Art. 2 sustituye el primer párrafo del inciso 4) del Art. 3.</p>