RESOLUCIÓN 1887 2004 SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
APRUEBA EL SISTEMA APLICATIVO - VERSIÓN 1.0.31 - , ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA INFORMÁTICO DE CONTRIBUYENTES LOCALES - SICOL - DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS - APROBACIÓN - MODIFICACIÓN DE LA TASA DE INTERÉS RESARCITORIO - SOFTWARE APLICATIVO - WWW.RENTASGCBA.GOV.AR - GRANDES CONTRIBUYENTES - ACTUALIZACIÓN DE SOFTWARE APLICATIVO VERSIÓN 1.0 - SITIO DE INTERNET - INGRESOS BRUTOS
Publicación:
21/07/2004
Sanción:
15/07/2004
Organismo:
SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS
Visto la Resolución N° 3.060/DGR/01 (B.O. N° 1273 del 11/11/01) y la Resolución N° 869/DGR/03 (B.O. N° 1662 del 1°/4/03) y;
CONSIDERANDO:
Que mediante las citadas normas se aprueba el Software Aplicativo (Versión 1.0) y el Actualizador de Tablas de Interés(Versión 1.0.30) del Sistema Informático de Contribuyentes Locales (SICOL);
Que es fundamental poner en vigencia un sistema aplicativo actualizador de la tasa de interés resarcitorio, de conformidad con lo establecido en el Art. 1° de la Resolución N° 1.772/SHYF/04 (B.O. N° 1965 del 18/6/04); cuya vigencia rige a partir del 1° de julio del año en curso;
Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas en el artículo 4° inciso 15 del Código Fiscal t.o. 2004 (Decreto N° 882/GCABA/04, Separata B.O. N° 1965 del 18/6/04);
Por ello,
Artículo 1° - Apruébase el Sistema Aplicativo (Versión 1.0.31), conteniendo el programa respecto de la modificación de la tasa de interés resarcitorio, a que alude el Art. 65 del Código Fiscal t.o. 2004 (Decreto N° 882/GCABA/04, Separata B.O. N° 1965 del 18/6/04), dispuesta por Resolución N° 1.772/SHYF/04 (B.O. N° 1965 del 18/6/04), y que permitirá actualizar el Software Aplicativo (Versión 1.0) del Sistema Informático de Contribuyentes Locales (SICOL), a la que deberán sujetarse todos aquellos contribuyentes y/o responsables designados por Resoluciones Nros. 3.060/DGR/01 (B.O. N° 1273 del 11/11/01), 1.357/DGR/02 (B.O. N° 1414 del 5/4/02) y 9/DGR/03 (B.O. N° 1610 del 16/1/03), cuya nómina resulta del Anexo I de cada una de las citadas normas, como así también los incorporados por Resolución N° 17/DGR/04 (B.O. N° 1856 del 13/1/04).
Artículo 2° - El presente sistema aplicativo (Versión 1.0.31) podrá obtenerlo ingresando al sitio disponible en Internet www.rentasgcba.gov.ar a través del menú de Grandes Contribuyentes-Contribuyentes Locales o bien del menú de Ingresos Brutos-Contribuyentes Locales, asimismo todos aquellos responsables pertenecientes al universo definido por Resolución N° 2.235/DGR/02 (B.O. N° 1462 del 13/6/02) pueden solicitar el programa personalmente en la Dirección General de Rentas, Departamento Padrón de Grandes Contribuyentes dependiente de la Dirección Grandes Contribuyentes y los responsables incorporados por Resolución N° 17/DGR/04 (B.O. N° 1856 del 13/1/04) requerirlo en el Departamento Ingresos Brutos dependiente de la Dirección Administración del Padrón de Contribuyentes.
Artículo 3° - Establécese a partir del 1° de julio 2004 la fecha de aplicación, del referido sistema, para el cálculo de los intereses resarcitorios y, a partir de la fecha de esta Resolución la vigencia del Sistema Aplicativo (Versión 1.0.31).
Artículo 4° - Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y comuníquese a las Direcciones dependientes de esta Dirección General. Otero