DECRETO 1749 2004

Síntesis:

INCLUSIÓN DE AGENTES - ADICIONAL REMUNERATIVO - PERSONAL DE MENORES INGRESOS - PERSONAL PLANTA PERMANENTE - PLANTAS TRANSITORIAS NO DOCENTES

Publicación:

01/10/2004

Sanción:

27/09/2004

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto el Expediente N° 55.752/2004 y el Decreto N° 2.194/GCBA/2003 (B.O.C.B.A. N° 1823) y,

CONSIDERANDO:

Que por los Decretos Nros. 491/2003, 558/2003, 1.429/2003, 1.437/2003 y 1.706/2003 el personal designado en las Plantas Transitorias no docentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires quedó comprendido a partir del 1° de abril de 2003 en los alcances establecidos para el personal de Planta Permanente fijados en la Ley N° 471;

Que por Decreto N° 2.194/2003 se determinó que el referido personal fuera reencasillado a partir del 1° de octubre de 2003 en el Nivel y Grado F 04, conforme lo prescripto en el Sistema Municipal de la Profesión Administrativa (Si.Mu.P.A.), quedando excluidos de los alcances del Decreto N° 251/GCBA/98 (B.O.C.B.A. N° 414);

Que la norma enunciada en último término en el párrafo precedente, estableció un Adicional de carácter remunerativo en favor del personal de menores ingresos que estuvieron encuadrados en los Niveles y Grados F 00 a D 00 inclusive;

Que, habiéndose efectuado los estudios económicos-financieros pertinentes se ha concluído que resulta posible afrontar a partir del 1° de septiembre de 2004 el gasto que demanda el otorgamiento del Adicional Remunerativo establecido en el Decreto N° 251/98 en favor de los agentes involucrados en el Decreto N° 2.194/2003, considerando oportuno igualar las mismas condiciones salariales que detentan dicho agentes con las de los restantes empleados gubernamentales que tienen asignado en nivel escalafonario F 04;

Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias (Arts. 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Inclúyase a partir del 1° de septiembre de 2004 en los alcances del Decreto N° 251/98 al personal comprendido en el Decreto N° 2.194/2003 (B.O.C.B.A. N° 1823).

Artículo 2° - Déjase establecido que el Adicional remunerativo determinado en el Decreto N° 251/98 absorberá el complemento remunerativo emergente de la aplicación del artículo 3° del Decreto N° 2.194/2003.

Artículo 3° - El presente Decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 4° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y, para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Recursos Humanos. IBARRA - Albamonte - Fernández

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

REFERENCIA
MODIFICA
Incluye a partir del 1° de septiembre de 2004 en los alcances del Decreto N° 251/98 al personal comprendido en el Decreto N° 2.194/2003
REFERENCIA
MODIFICA
el Adicional remunerativo determinado en el Decreto N° 251/98 absorberá el complemento remunerativo emergente de la aplicación del artículo 3° del Decreto N° 2.194/2003.