RESOLUCIÓN 264 2023 MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT
Síntesis:
DEJA SIN EFECTO - RESOLUCIÓN N° 1554-MDSGC/08 Y MODIFICATORIAS - REGLAMENTACIÓN DEL PROGRAMA ATENCIÓN PARA FAMILIAS EN SITUACIÓN DE CALLE - BENEFICIARIOS - SUBSIDIOS - GRUPO FAMILIAR - EMERGENCIA HABITACIONAL
Publicación:
29/05/2023
Sanción:
19/05/2023
Organismo:
MINISTERIO DE DESARROLLO HUMANO Y HABITAT
VISTO: El Decreto N° 690/06 y modificatorios, la Resolución N° 1554-MDSGC/08 y
modificatorias, el EX-2023-19475011- - GCABA-SECISYAI, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 690/06, en su oportunidad, creó el Programa "Atención para
Familias en Situación de Calle" en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
y en su artículo 16 del Decreto N° 690/2006 y modificatorios, facultó al entonces
Ministerio de Derechos Humanos y Sociales, actual Ministerio de Desarrollo Humano y
Hábitat, a dictar la reglamentación de Programa "Atención para Familias en Situación
de Calle";
Que, en ese marco, mediante Resolución N° 1554-MDSGC/08, se aprobó la
reglamentación del Programa "Atención para Familias en Situación de Calle", acto
administrativo que ha sido modificado parcialmente en sucesivas oportunidades,
siendo la última de ellas la Resolución N°452-MHYDHGC/2022;
Que, a fin de ampliar el alcance del mencionado Programa y en virtud de las
modificaciones producidas en la estructura organizativa del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, devino necesario modificar la denominación del Programa
a "Apoyo Inclusivo para Personas en Situación de Vulnerabilidad Habitacional",
actualizar el monto del apoyo económico -de carácter dinerario, no retributivo,
intransferible e inembargable-, a otorgar a las personas beneficiarios del mencionado
Programa, y actualizar los requisitos y corresponsabilidades de los beneficiarios, a
efectos de optimizar la prestación ofrecida, dictando en consecuencia el Decreto N°
155/23;
Que, conforme los artículos 2° y 16 del Decreto N° 690/06, modificados por artículos 1°
y 11 del ya mencionado Decreto N °155/23, la Dirección General Atención Integral
Inmediata dependiente de la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata del
Ministerio de Desarrollo Humano y Hábitat en su carácter de Autoridad de Aplicación
del Programa creado en el artículo 2° del Decreto N° 690/06, ahora denominado Apoyo
para Personas en Situación de Vulnerabilidad Habitacional, "se encuentra facultada
para el dictado de la reglamentación del presente programa, y de aquellos actos
administrativos que resulten necesarios para su correcta implementación";
Que, en atención a las modificaciones y sustituciones efectuadas, resulta necesario
dejar sin efecto la Resolución N° 1554-MDSGC/08 y modificatorias,
Por ello y en uso de las facultades propias y conferidas,
Artículo 1° - Dejar sin efecto la Resolución N° 1554-MDSGC/08 y modificatorias.
Artículo 2° - La vigencia de la presente es a partir de la fecha de su suscripción.
Artículo 3°- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
comunicar a la Secretaría de Inclusión Social y Atención Inmediata de este Ministerio,
y para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General de Atención
Integral Inmediata. Cumplido, guarda temporal. Migliore