RESOLUCIÓN 165 2024 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624

Síntesis:

APRUEBA - IMPLEMENTACIÓN - SISTEMA DE GESTIÓN DE DENUNCIAS (SGD) - ASIGNACIÓN, ANÁLISIS PROGRAMACIÓN SEGUIMIENTO DERIVACIÓN Y CIERRE DE LOS CONTACTOS (DENUNCIAS Y REPORTES) - PLATAFORMA GESTIÓN COLABORATIVA - RECLAMOS - PROCEDIMIENTO - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - PÁGINA WEB - HTTPS://SGD.AGCONTROL.GOB.AR/

Publicación:

08/05/2024

Sanción:

02/05/2024

Organismo:

AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624


VISTO: Las Leyes Nros 2.624, 3.304, 6.101 (textos consolidados por Ley N° 6.588) y

6.684, el Decreto N° 12-GCABA/11, las Resoluciones Nros. 528-AGC/08, 247-AGC/17

y sus modificatorias, el Expediente Electrónico N° 2024-16686833-GCABA-AGC, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 2.624 (texto consolidado por la Ley N° 6.588), se creó la

Agencia Gubernamental de Control como entidad autárquica en el ámbito del

Ministerio de Justicia y Seguridad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos

Aires;

Que asimismo, en el marco de la mencionada Ley se determinó su organización y

competencia, a efectos de controlar, fiscalizar y regular en el marco del ejercicio del

poder de policía, lo que respecta a la seguridad, salubridad e higiene alimentaria de

los establecimientos públicos y privados, a las habilitaciones de todas aquellas

actividades comprendidas en el Código respectivo como así también el otorgamiento

de permisos para ciertas actividades y a las obras civiles, públicas y privadas,

comprendidas por el Código de la Edificación;

Que en este contexto, la Ley N° 6.684 establece que entre los objetivos y facultades

del Ministerio de Justicia se encuentra ejercer el control de legalidad de esta Agencia

Gubernamental de Control;

Que cabe destacar, que la Resolución N° 247-AGC/17 y sus modificatorias, fue

aprobada la estructura organizativa de esta Agencia, previendo en el ámbito de la

Unidad Operativa Planificación y Coordinación de Gestión a la Gerencia Operativa

Evaluación de la Información;

Que en este orden de ideas, dicha Gerencia Operativa posee, entre otras, las

facultades de: "Administrar el tratamiento de las denuncias ingresadas a la Agencia

Gubernamental de Control. Analizar la información que ingresa al Sistema Único de

Atención Ciudadana (SUACI), u otro que en un futuro lo reemplace, de manera tal de

que la misma se constituya en una herramienta esencial de planificación inspectiva.

Realizar y gestionar propuestas de mejoras en los procesos relacionados a la

tramitación de denuncias y otros requerimientos externos para todas las áreas

receptoras de la Agencia Gubernamental de Control. Implementar mejoras que

faciliten el ingreso y seguimiento de las denuncias y requerimientos para los

ciudadanos";

Que por otro lado, la Ley N° 3.304 estableció el Plan de Modernización de la

Administración Pública con el propósito de optimizar la gestión administrativa en el

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, siendo uno de sus propósitos

centrales "Dirigir la Administración hacia el beneficio de los ciudadanos, mediante una

gestión clara y con métodos efectivos de involucramiento y supervisión ciudadana";

Que en concordancia con esto, se busca incentivar e implementar el uso de las

avanzadas Tecnologías de Información y Comunicación, con el fin de atender de

forma más ágil y eficaz las necesidades de la comunidad;

Que a su vez, el Decreto N° 12/11 establece al Sistema Único de Atención Ciudadana

(SUACI), como plataforma de acceso y tratamiento de consultas, quejas, denuncias,

sugerencias y/o solicitudes, las cuales una vez ingresadas, deberán ser derivadas a

los organismos que resulten competentes a fin de que sean respondidas en tiempo y

forma;

Que por otra parte, mediante la Ley N° 6.101 se aprobó la "Ley Marco de Actividades

Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires", la cual tiene como objeto

regular los principios y pautas generales que han de regir las autorizaciones y su

posterior fiscalización en el ejercicio de las actividades económicas en la Ciudad;

Que asimismo, tiene entre sus principales objetivos promover el desarrollo de las

actividades económicas en la Ciudad y regular los principios y pautas generales que

han de regir las autorizaciones y posterior fiscalización en el ejercicio de dichas

actividades, lo cual debe ser acompañado con normas complementarias que permitan

incluir la mayor cantidad de inmuebles existentes;

Que así las cosas, establece que las autoridades administrativas actuarán de acuerdo

con los principios de sencillez, economía, celeridad y eficacia en los trámites,

facilitando el acceso de los ciudadanos a la Administración a través de procedimientos

directos, simplificados y de acceso público por medios electrónicos;

Que en igual sentido, se establecen los principios aplicables a la actuación privada y

pública en el desarrollo de las actividades económicas a los que deben ajustarse las

actividades económicas y su regulación;

Que el artículo 7° del mencionado cuerpo legal, establece los principios de Desarrollo

Económico, de Responsabilidad Ciudadana y Profesional, de Eficacia, de Gobierno

Digital y Principio de Participación Ciudadana, a los fines de facilitar el acceso de los

ciudadanos a la administración a través de procedimientos directos, simplificados y de

acceso público por medios electrónicos;

Que en tal sentido, la Agencia Gubernamental de Control ha estado implementando

una estrategia para elevar la calidad de los servicios ofrecidos a la población, y como

parte de estas acciones, se ha fortalecido, actualizado y modernizado los sistemas

informáticos que respaldan las funciones del organismo;

Que en función de ello, la Unidad Operativa Planificación y Coordinación de Gestión

mediante PV-2024-15779128-GCABA-UOPCGAGC ha propiciado la implementación

de un "Sistema de Gestión de Denuncias";

Que dicho Sistema, consiste en una herramienta tecnológica integral para la

asignación, análisis, programación, seguimiento, derivación y cierre de los contactos

(denuncias y reportes) ingresados a través de la plataforma Gestión Colaborativa

utilizada por esta Agencia Gubernamental de Control mediante una interfaz que

permite el diálogo e integración de los distintos sistemas utilizados para la gestión de

las denuncias ingresadas a la Agencia Gubernamental de Control;

Que la implementación del sistema, no obsta al cumplimiento por parte de éste

organismo normas relativas a la tramitación, circulación y registración de denuncias

conforme a los requisitos del Sistema Único de Atención Ciudadana;

Que por otra parte, mediante Resolución N° 528-AGC/08 fue aprobado el Manual de

Procedimientos del Sistema Único de Denuncias de la Agencia Gubernamental de

Control, implementado por parte de la Unidad de Gestión de la Información y Control

Operativo, que funcionara oportunamente dentro de éste organismo;

Que en función de lo expuesto, corresponde aprobar la implementación del sistema de

gestión de denuncias y dejar sin efecto el Manual de Procedimientos mencionado en el

párrafo anterior;

Que la Subgerencia Operativa Asesoramiento Legal dependiente de la Gerencia

Operativa Coordinación Legal de la Dirección General Legal y Técnica de esta

Agencia Gubernamental de Control, ha tomado la intervención correspondiente.

Por ello, en el uso de las facultades conferidas por el artículo 11 inciso e) de la Ley N°

2.624 (texto consolidado por Ley N° 6.588),

EL DIRECTOR EJECUTIVO

DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL

RESUELVE:

Artículo 1°.- Aprobar la implementación del "Sistema de Gestión de Denuncias (SGD)",

para la asignación, análisis, programación, seguimiento, derivación y cierre de los

contactos (denuncias y reportes) ingresados a través de la plataforma Gestión

Colaborativa utilizada por esta Agencia Gubernamental de Control, de conformidad

con el Anexo (IF-2024-15672144-GCABA-AGC) que forma parte integrante de la

presente.

Artículo 2°.- Encomendar a la Gerencia Operativa Modernización, Procesos y Mejora

Continua, dependiente de la Unidad Operativa Planificación y Coordinación de

Gestión, o a quién ésta determine, la administración de su funcionamiento, y la

ejecución de todas aquellas acciones que resulten necesarias a los fines de la

operatividad del Sistema implementado en el artículo 1° del presente acto.

Artículo 3°.- Dejar sin efecto las Resoluciones Nros. 528-AGC/08 y 157-GCABA-

AGC/24.

Artículo 4°.- Publicar en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comunicar

para su conocimiento y fines pertinentes a todas las Unidades y Direcciones

Generales de ésta Agencia. Cumplido, archivar. Lanusse


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N° 6868

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Disposición N° 1-UOPCGAGC/24 aprueba el Manual de Procedimiento del Sistema de Gestión de Denuncias (SGD) , implementado por Resolución Nº 165-AGC/24.</p>
INTEGRA
<p>Artículo 1 de la Resolución 165-AGC/24 aprueba la implementación del Sistema de Gestión de Denuncias (SGD), para la asignación, análisis, programación, seguimiento, derivación y cierre de los contactos (denuncias y reportes) ingresados a través de la plataforma Gestión Colaborativa utilizada por esta Agencia Gubernamental de Control, en el marco del Sistema de Denuncias aprobado por Decreto 12/11.</p>
DEROGA
<p>Artículo 3º de la Resolución N° 165-AGC/24 deja sin efecto las Resolución N° 528-AGC/08.</p>
DEROGA
<p>Artículo 3º de la Resolución N° 165-AGC/24 deja sin efecto las Resolución N° 157- AGC/24.</p>