RESOLUCIÓN 7172 2024 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA

Síntesis:

PRORROGA VIGENCIA - RESOLUCION  N° 4417-SSCDOC/22 - RESOLUCION N° 5289-SSCDOC/22 - RESOLUCION N° 10627-SSCDOC/22 - RESOLUCION N° 11619-SSCDOC/22  - RESOLUCION N° 18930-SSCDOC/23 - CICLO LECTIVO 2024

Publicación:

30/08/2024

Sanción:

02/05/2024

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional N°

26.206 y sus modificatorias, la Ordenanza N° 40.593 (texto consolidado por Ley N°

6.588) y su modificatoria por Ley N° 6.544, la Ley N° 6.684, los Decretos Nros. 611/86

y sus modificatorios, y 387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 6.953-

GCABA-SSCDOC/20, 4.417-GCABA-SSCDOC/22, 5.289-GCABA-SSCDOC/22,

10.627-GCABA-SSCDOC/22, 11.619-GCABA-SSCDOC/22, 2.852-GCABA-

SSCDOC/23, 18.930-GCABA-SSCDOC/23 y 6.339-GCABA-SSPIE/24, y el Expediente

Electrónico N° 16.265.789-GCABA-DGCDO/24, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone que la Ciudad

reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la

ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad

justa y democrática, y a tal fin debe organizar los servicios y las acciones educativas

que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación;

Que la Ley Nacional N° 26.206 y sus modificatorias establecen que es competencia de

cada jurisdicción asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de

alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten

a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que

permitan alcanzar resultados de calidad;

Que la Ordenanza N° 40.593 y su modificatoria por Ley N° 6.544 regulan el ingreso a

la carrera docente y determinan que, en cada área de la educación se produce en el

cargo de menor jerarquía de los escalafones respectivos y establecen las condiciones

generales y concurrentes;

Que por la Ley N° 6.684 se aprobó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que el Jefe de Gobierno es asistido en sus

funciones por los Ministros, de conformidad con las facultades y responsabilidades que

le confiere dicha ley;

Que por el Decreto N° 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,

contemplando a esta Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa que tiene

entre sus responsabilidades primarias la de planificar, programar y diseñar políticas

relacionadas al personal docente y no docente, supervisar la gestión del sistema de

cobertura de los cargos docentes en todos sus niveles y articular las funciones de los

organismos a su cargo, en especial en aquellas que impactan en la cobertura de

cargos docentes;

Que es prioridad de este Ministerio propiciar medidas tendientes a alcanzar la

cobertura de todos los cargos docentes, a efectos de garantizar la continuidad

pedagógica de los alumnos de los distintos niveles educativos;

Que, la reglamentación prevista por el Decreto N° 611/86 y sus modificatorios del

Artículo N° 65 inciso L) de la Ordenanza N° 40.593 indica que, en caso de necesidad

de cobertura de cargos interinos o suplentes y ante la falta de docentes inscriptos o

cuando se agotare el listado en un acto público, el Ministerio de Educación, a través de

la Subsecretaría de Carrera Docente o la que en el futuro la reemplace, podrá

autorizar alguna de las siguientes medidas: proponer a efectos de su posterior

designación, a aspirantes no inscriptos a la fecha de vacancia en el listado para la

cobertura de cargos interinos y suplentes los que luego serán incorporados al próximo

listado vigente; convocar a estudiantes de profesorados de educación, o estudiantes

de carreras cuyos títulos generen incumbencias para asignaturas vacantes (...);

Que por Resolución N° 6.953-GCABA-SSCDOC/20 se autorizó la implementación de

la plataforma de acto público en línea para la cobertura de cargos en carácter interinos

y suplentes, sobre las vacantes que se produzcan en el sistema educativo de gestión

estatal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que dicha implementación permitió el análisis de cargos vacantes en todos los niveles

educativos, pudiéndose constatar que los cargos correspondientes a Maestro de

Grado, Maestro Curricular de Idiomas y de Artesanal y Técnica de las áreas de

Educación Primaria y del Área Curricular de Materias Especiales, junto con las

asignaturas Biología, Matemática, Química, Física, Físico-Química, Lengua y

Literatura, Educación Tecnológica y Tecnología de la Información y Comunicación e

Idiomas para las áreas de la educación de nivel secundario resultaron de difícil

cobertura durante los ciclos lectivos 2022 y 2023;

Que a tal fin, se dictaron las Resoluciones Nros. 4.417-GCABA-SSCDOC/22, 5.289-

GCABA-SSCDOC/22, 10.627-GCABA-SSCDOC/22, 11.619-GCABA-SSCDOC/22,

prorrogadas por la Resolución N° 2.852-GCABA-SSCDOC/23 para el ciclo lectivo 2023

y, posteriormente se dictó la Resolución N° 18.930-GCABA-SSCDOC/23, todas ellas

con el objeto de autorizar a estudiantes avanzados de las distintas carreras de

profesorados de educación de universidades de gestión estatal y privada, para la

cobertura de interinatos y suplencias, cuya incumbencia correspondiese al desempeño

de los cargos antes mencionados durante el ciclo lectivo 2022 y 2023;

Que ello permitió mejorar los niveles de cobertura en todas las áreas y modalidades

educativas, coadyuvando a la continuidad de las trayectorias escolares de los alumnos

y alumnas de los establecimientos educativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que a la luz de sus resultados, deviene necesario continuar implementando las

estrategias mencionadas precedentemente, a efectos de garantizar un servicio

educativo, equitativo y de calidad, a través de los recursos previstos por la Ordenanza

N° 40.593 y su modificatoria por Ley N° 6.544, para el ciclo lectivo 2024;

Que, en este sentido, se propicia prorrogar, para el ciclo lectivo 2024, la vigencia de

las Resoluciones Nros. 4.417-GCABA-SSCDOC/22, 5.289-GCABA-SSCDOC/22,

10.627-GCABA-SSCDOC/22, 11.619-GCABA-SSCDOC/22 y 18.930-GCABA-

SSCDOC/23, de conformidad con los requisitos previstos en cada una de ellas;

Que la Subsecretaría de Gestión del Aprendizaje y las Direcciones Generales

Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente y, Carrera Docente

prestaron su conformidad con las presentes;

Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención

en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO

DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar, para el ciclo lectivo 2024, la vigencia de las Resoluciones Nros.

4.417-GCABA-SSCDOC/22, 5.289-GCABA-SSCDOC/22, 10.627-GCABA-

SSCDOC/22, 11.619-GCABA-SSCDOC/22 y 18.930-GCABA-SSCDOC/23, de

conformidad con los requisitos establecidos en cada una de ellas.

Artículo 2°.- Publíquese en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Subsecretaría de

Gestión del Aprendizaje, a las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal,

Personal Docente y No Docente, Carrera Docente y, Coordinación Legal e

Institucional, Sistema de Formación Docente y a las Dirección Educación Primaria,

Educación Media, Educación Técnica, Escuelas Normales Superiores y, Educación

Artística. Cumplido, archívese. Ghillione

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 7172-SSPIE/24 prorroga para el ciclo lectivo 2024, la vigencia de la Resolución N°4.417-SSCDOC/22.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 7172-SSPIE/24 prorroga para el ciclo lectivo 2024, la vigencia de la Resolución N°5.289-SSCDOC/22. </p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 7172-SSPIE/24 prorroga para el ciclo lectivo 2024, la vigencia de la Resolución N° 10.627-SSCDOC/22</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 7172-SSPIE/24 prorroga para el ciclo lectivo 2024, la vigencia de la Resolución N° 11.619--SSCDOC/22.</p>
MODIFICA
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 7172-SSPIE/24 prorroga para el ciclo lectivo 2024, la vigencia de la Resolución N° 18.930-SSCDOC/23.</p>