RESOLUCIÓN 3220 2000 DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Síntesis:

ESTABLECE LA GRADUACIÓN DE MULTAS POR OMISIÓN DE LA PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS PREVISTAS POR EL ARTÍCULO 72 DEL CÓDIGO FISCAL (TO1999) - PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS DE LOS ANTICIPOS MENSUALES DEL IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

Publicación:

01/08/2000

Sanción:

24/07/2000

Organismo:

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS


Visto el dictado del Decreto N° 947/97 (B. O. N° 266), y

CONSIDERANDO:

Que la norma invocada ha precisado con claridad que quedan sometidas a la imposición de la sanción consagrada por el artículo 72 del Código Fiscal (t.o 1999 B.O. N° 621) todas y cada una de las omisiones en cuanto a la presentación de las declaraciones juradas de los anticipos mensuales a que obliga el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, la declaración jurada final y cualquiera otra que deba ser formalizada por los contribuyentes, en cumplimiento de las obligaciones impuestas por las normas respectivas;

Que la conducta punible en el caso, está constituida por la omisión de la presentación de la declaración jurada de que se trate, sin que quepa desviar la sanción correspondiente por la alegación de una situación de hecho tipificada como una infracción material, cuyo juzgamiento por separado continúa rigiéndose por las normas específicas;

Que en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto N° 947/97, corresponde establecer la graduación de la sanción según grupos y categorías de contribuyentes, en razón de la multa por omisión de presentación de declaraciones juradas instituida por el artículo 72 del Código Fiscal (t.o.1999) y fijar el procedimiento tendiente a su aplicación;

Por ello, en ejercicio de las facultades otorgadas por el Decreto N° 947/97 y las que confiere el artículo 92 del Código Fiscal (t.o.1999);

EL DIRECTOR DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° - La omisión de la presentación de las declaraciones juradas de los anticipos mensuales a que obliga el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, de la declaración jurada final y de cualquiera otra que debe ser formalizada por los contribuyentes en cumplimiento de las obligaciones impuestas por las normas respectivas, dará lugar a la aplicación de la multa por omisión de presentación de declaraciones juradas previstas por el artículo 72 del Código Fiscal (t.o.1999), en los términos y condiciones que por esta Resolución se establecen.

Art. 2° - Los importes de las sanciones a aplicar, según los grupos y categorías de contribuyentes establecidos por el Decreto N° 947/97, serán los siguientes:

a) Sociedades anónimas, en comandita por acciones, uniones transitorias de empresas y restantes agrupaciones empresarias $ 350.

b) Sociedades de responsabilidad limitada y restantes sociedades regulares

no incluidas en inc. a) $ 250.

c) Sociedades irregulares $ 200.

d) Demás responsables y obligados no comprendidos por los restantes incisos de

este artículo $ 150.

e) Personas físicas $ 100.

Los importes fijados precedentemente se reducirán a la mitad si dentro del plazo previsto en el instrumento de pago el infractor pagara voluntariamente la multa y cumpliera con la presentación de la declaración jurada omitida.

Art. 3° - El procedimiento para la aplicación de la multa por omisión de presentación de declaraciones juradas será el siguiente:

1. El Director General de Rentas dictará una Resolución de acuerdo al modelo que figura como ANEXO I de la presente, la que contendrá la nómina de los contribuyentes a quienes corresponde aplicar la sanción, referenciando la obligación omitida. Dicha nómina deberá consignar el nombre y apellido o denominación de la entidad, número de inscripción en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, número de CUIT y domicilio fiscal.

2. La notificación de la aplicación de la multa a cada uno de los contribuyentes a que se refiere el punto anterior, se emitirá por medios informáticos, con firma facsimilar del Director General, consignando los datos del contribuyente, número de Resolución y fecha de la misma, el carácter de la sanción aplicada el plazo para su pago y para cumplir con la presentación de la declaración jurada omitida, advirtiendo que de no abonarse y de no cumplirse con el deber formal, se substanciará el sumario respectivo y que, en este último caso, el plazo para la presentación del descargo respectivo comenzará a correr a partir de la recepción de la comunicación de la aplicación de la multa por omisión de presentación de declaraciones juradas.

La notificación deberá efectuarse de acuerdo con el modelo que figura como ANEXO II de la presente.

El instrumento de notificación constará de dos cuerpos, uno para el contribuyente y el otro, para acreditar el acto. Ambos cuerpos deberán esta identificados mediante el mismo número, el que será secuencial respecto de la totalidad de las notificaciones que se cursen. La Dirección General de Rentas aprobará e identificará esta secuencia numérica en la resolución a que hace referencia el punto 1.

Art. 4° - Apruébase el instrumento de pago para abonar el importe correspondiente a la multa por omisión de presentación de declaraciones juradas, según el modelo que figura como ANEXO III de la presente. Dicho instrumento de pago será remitido juntamente con la notificación de la aplicación de la multa.

Art. 5° - Simultáneamente con la emisión de las comunicaciones para los contribuyentes se confeccionará un listado para la formulación del cargo respectivo por parte de la Contaduría General.

Art. 6° - Una vez constatado el ingreso de la multa y la presentación de la declaración jurada omitida, se dispondrá el archivo de las actuaciones dejando constancia de ello y de que se ha efectuado el registro que le compete a la Dirección Administración y Control de la Recaudación. En caso de no haberse dado cumplimiento a las citadas obligaciones dentro del plazo previsto en el instrumento de pago remitido, la constancia de la notificación se girará a la Dirección Técnico Tributaria para la prosecución de las actuaciones sumariales que correspondan.

Art. 7° - Los importes aplicados en concepto de multa por omisión de presentación de declaraciones juradas se cancelarán exclusivamente en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Art. 8° - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, pase a las Direcciones dependientes de esta Dirección General.

Visto que con fecha ............de..................de 2000 operó el vencimiento para la presentación de la declaración jurada correspondiente al .......... Anticipo por el ejercicio fiscal 2000 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos: y

CONSIDERANDO:

Que no obran en esta Dirección General al día ....../....../2000 y a la hora ........ ., las constancias que acrediten el cumplimiento de tal obligación por parte de los contribuyentes cuya nómina figura en el ANEXO I que integra la presente, los que han sido individualizados y agrupados de acuerdo con las categorías definidas por el Art. 4° del Decreto N° 947/97 (B.O. N° 266).

Que, en consecuencia, se encuentran incursos en la infracción prevista y sancionada por el Art. 72 del Código Fiscal (T.O. 1999);

Por ello en ejercicio de las facultades que le acuerda el mencionado Decreto N° 947/97 y el Art. 92 del Código Fiscal (t.o. 1999);

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Aplicar una multa de $100; a los contribuyentes bajo la clasificación Personas Físicas que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 2° - Aplicar una multa de $ 150.- a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Patrimonios destinados a un fin determinado que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 3° - Aplicar una multa de $ 150: a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Sucesiones Indivisas que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 4° - Aplicar una multa de $150; a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Demás responsables y obligados no comprendidos en los restantes artículos que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 5° - Aplicar una multa de $200; a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Sociedades irregulares que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 6° - Aplicar una multa de $250; a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Sociedades de Responsabilidad Limitada y Restantes Sociedades Regulares que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 7° - Aplicar una multa de $350,- a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Sociedades Anónimas, en Comandita por Acciones, Uniones Transitorias de Empresas y Restantes Agrupaciones Empresarias que se indican.en el ANEXO I de la presente.

Art. 8° - Acordar un plazo no inferior a 15 (quince) días a partir de la notificación de la comunicación respectiva, para la presentación de la declaración jurada omitida y el pago de la multa impuesta, en cuyo caso, procederá de pleno derecho la reducción de la multa aplicada en los términos del Art. 72 del Código Fiscal (T.O. 1999).

Art. 9° - Con la notificación de la multa aplicada se remitirá el instrumento para su pago, en el que además se consignará el importe reducido en el 50%, para que una vez efectuado el pago y presentada la declaración jurada de que se trate, dentro del término a que se refiere el articulo anterior quede convalidada dicha reducción.

Art. 10 - Aprobar la secuencia numérica con que se emitirán las comunicaciones para notificar las multas por omisión de presentación de declaraciones juradas que por esta Resolución se aplican. Tal secuencia se inicia con el N° ........ y concluye con el N°.............

Art. 11 - Regístrese, notifíquese individualmente y resérvese.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

-MULTA POR OMISIÓN DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS

NÓMINA DE CONTRIBUYENTES COMPRENDIDOS

ANEXO I RESOLUCIÓN N° .........:

PERSONAS FÍSICAS

Nombre y apellido - N° de contribuyente - CUIT - Domicilio Fiscal

...............................................................................................

SUCESIONES INDIVISAS

Denominación - N° de contribuyente - CUIT- Domicilio Fiscal

...............................................................................................

PATRIMONIOS AFECTADOS A UN FIN DETERMINADO Denominación - N° de contribuyente- CUIT - Domicilio Fiscal

...............................................................................................

DEMÁS RESPONSABLES NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASIFICACIONES

Denominación - N° de contribuyente- CUIT- Domicilio Fiscal

...............................................................................................

SOCIEDADES IRREGULARES Razón Social -N° de contribuyente- CUIT- Domicilio Fiscal

...............................................................................................

SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y RESTANTES SOCIEDADES REGULARES

Razón Social - N° de contribuyente-CUIT-Domicilio Fiscal

...............................................................................................

SOCIEDADES ANÓNIMAS EN COMANDITA POR ACCIONES, UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS Y RESTANTES AGRUPACIONES.

Razón Social - N° de contribuyente - CUIT - Domicilio Fiscal

...............................................................................................

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

COMUNICACIÓN IMPOSICIÓN MULTA

POR OMISIÓN DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS -N° ........ ANEXO II -RESOLUCIÓN N°...... -DGR-2000

CONTRIBUYENTE: ..............................................................

NÚMERO DE INSCRIPCIÓN EN ISIB: .................................

NÚMERO DE CUIT: ..............................................................

DOMICILIO FISCAL , CONCEPTO - DD.JJ: ........................

PERÍODO FISCAL: .................... ANTICIPO N°:...................

...............................................................................................

De conformidad con lo previsto por el Art. 72 del Código Fiscal (T.O. 1999 - B.O. N° 621), el Decreto N° 947/97 (B.O. N° 266) y la Resolución N°.........: DGR-2000 se le notifica que por Resolución N°......-DGR-2000 de fecha ..../..../2000 se le ha impuesto una multa de $........... como consecuencia de no haber presentado la declaración jurada consignada en la referencia, de acuerdo a los registros de esta Dirección General al día ..../.../2000 y hora....

Por lo tanto se le hace saber que, dentro del plazo previsto en el instrumento para su pago, podrá hacer uso de la opción de presentación de la declaración jurada y pago espontáneo, siendo acreedor a una reducción del 50% del importe de la misma, o sea $ .......... No considerándose la infracción como un antecedente en su contra. A tal fin, en el instrumento de pago que en esta oportunidad se le remite, se ha consignado el citado importe.

En caso de no pagarse la multa o de no cumplirse con la presentación de la declaración jurada omitida, se substanciará el sumario respectivo, de acuerdo con las prescripciones contenidas por el Capítulo X del Código Fiscal (T.O. 1999), modificaciones introducidas por la Ley N° 322 (B.O. N° 869), sirviendo la constancia de recepción de la presente como documento de apertura de la actuación sumarial en sustitución de la resolución instructoria, por lo que se le acuerdan 15 (quince) días para la presentación del descargo correspondiente conforme al artículo 93 del citado Código.

La multa abonada no será susceptible de repetición o compensación. QUEDA USTED NOTIFICADO.

Buenos Aires,......................................

CONSTANCIA DE COMUNICACIÓN IMPOSICIÓN MULTA POR OMISIÓN DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS

N° ......................... -RESOLUCIÓN N° ............-DGR-2000

CONTRIBUYENTE: ..............................................................

NÚMERO DE INSCRIPCION EN ISIB: .................................

NÚMERO DE CUIT: ..............................................................

DOMICILIO FISCAL: .............................................................

CONCEPTO - DD.JJ: ............................................................

PERÍODO FISCAL: ........................ ANTICIPO N°: ..............

...............................................................................................

RECIBIDA POR .............. EN SU CARACTER DE ..............

DOCUMENTO DE IDENTIDAD N° .......................................

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

INSTRUMENTO DE PAGO

DOMICILIO FISCAL.. ............................................................

RESOLUCIÓN N° ....... -DGR-2000.- DE FECHA .../..../2000

IMPORTE TOTAL $.......... - IMPORTE REDUCIDO $..........

IMPORTE QUE SE ABONA $................................................

SON PESOS (EN LETRAS) ..................................................

EFECTIVO - CHEQUE N° ....................................................

C/BANCO ..............................................................................

NOTIFICACIÓN MULTA POR OMISIÓN DE

PRESENTACIÓN DE DECLARAClONES

JURADAS N° ........................................................................

FECHA DE PAGO: :...../....../2000:


ANEXOS

ANEXO I

Visto que con fecha ............de..................de 2000 operó el vencimiento para la presentación de la declaración jurada correspondiente al .......... Anticipo por el ejercicio fiscal 2000 del Impuesto sobre los Ingresos Brutos: y

CONSIDERANDO:

Que no obran en esta Dirección General al día ....../....../2000 y a la hora ........ ., las constancias que acrediten el cumplimiento de tal obligación por parte de los contribuyentes cuya nómina figura en el ANEXO I que integra la presente, los que han sido individualizados y agrupados de acuerdo con las categorías definidas por el Art. 4° del Decreto N° 947/97 (B.O. N° 266).

Que, en consecuencia, se encuentran incursos en la infracción prevista y sancionada por el Art. 72 del Código Fiscal (T.O. 1999);

Por ello en ejercicio de las facultades que le acuerda el mencionado Decreto N° 947/97 y el Art. 92 del Código Fiscal (t.o. 1999);

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

RESUELVE:

Artículo 1° - Aplicar una multa de $100; a los contribuyentes bajo la clasificación Personas Físicas que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 2° - Aplicar una multa de $ 150.- a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Patrimonios destinados a un fin determinado que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 3° - Aplicar una multa de $ 150: a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Sucesiones Indivisas que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 4° - Aplicar una multa de $150; a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Demás responsables y obligados no comprendidos en los restantes artículos que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 5° - Aplicar una multa de $200; a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Sociedades irregulares que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 6° - Aplicar una multa de $250; a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Sociedades de Responsabilidad Limitada y Restantes Sociedades Regulares que se indican en el ANEXO I de la presente.

Art. 7° - Aplicar una multa de $350,- a los contribuyentes agrupados bajo la clasificación Sociedades Anónimas, en Comandita por Acciones, Uniones Transitorias de Empresas y Restantes Agrupaciones Empresarias que se indican.en el ANEXO I de la presente.

Art. 8° - Acordar un plazo no inferior a 15 (quince) días a partir de la notificación de la comunicación respectiva, para la presentación de la declaración jurada omitida y el pago de la multa impuesta, en cuyo caso, procederá de pleno derecho la reducción de la multa aplicada en los términos del Art. 72 del Código Fiscal (T.O. 1999).

Art. 9° - Con la notificación de la multa aplicada se remitirá el instrumento para su pago, en el que además se consignará el importe reducido en el 50%, para que una vez efectuado el pago y presentada la declaración jurada de que se trate, dentro del término a que se refiere el articulo anterior quede convalidada dicha reducción.

Art. 10 - Aprobar la secuencia numérica con que se emitirán las comunicaciones para notificar las multas por omisión de presentación de declaraciones juradas que por esta Resolución se aplican. Tal secuencia se inicia con el N° ........ y concluye con el N°.............

Art. 11 - Regístrese, notifíquese individualmente y resérvese.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

-MULTA POR OMISIÓN DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS

NÓMINA DE CONTRIBUYENTES COMPRENDIDOS

ANEXO I RESOLUCIÓN N° .........:

PERSONAS FÍSICAS

Nombre y apellido - N° de contribuyente - CUIT - Domicilio Fiscal

...............................................................................................

SUCESIONES INDIVISAS

Denominación - N° de contribuyente - CUIT- Domicilio Fiscal

...............................................................................................

PATRIMONIOS AFECTADOS A UN FIN DETERMINADO Denominación - N° de contribuyente- CUIT - Domicilio Fiscal

...............................................................................................

DEMÁS RESPONSABLES NO INCLUIDOS EN OTRAS CLASIFICACIONES

Denominación - N° de contribuyente- CUIT- Domicilio Fiscal

...............................................................................................

SOCIEDADES IRREGULARES Razón Social -N° de contribuyente- CUIT- Domicilio Fiscal

...............................................................................................

SOCIEDADES DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y RESTANTES SOCIEDADES REGULARES

Razón Social - N° de contribuyente-CUIT-Domicilio Fiscal

...............................................................................................

SOCIEDADES ANÓNIMAS EN COMANDITA POR ACCIONES, UNIONES TRANSITORIAS DE EMPRESAS Y RESTANTES AGRUPACIONES.

Razón Social - N° de contribuyente - CUIT - Domicilio Fiscal

...............................................................................................

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

COMUNICACIÓN IMPOSICIÓN MULTA

POR OMISIÓN DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS -N° ........ ANEXO II -RESOLUCIÓN N°...... -DGR-2000

CONTRIBUYENTE: ..............................................................

NÚMERO DE INSCRIPCIÓN EN ISIB: .................................

NÚMERO DE CUIT: ..............................................................

DOMICILIO FISCAL , CONCEPTO - DD.JJ: ........................

PERÍODO FISCAL: .................... ANTICIPO N°:...................

...............................................................................................

De conformidad con lo previsto por el Art. 72 del Código Fiscal (T.O. 1999 - B.O. N° 621), el Decreto N° 947/97 (B.O. N° 266) y la Resolución N°.........: DGR-2000 se le notifica que por Resolución N°......-DGR-2000 de fecha ..../..../2000 se le ha impuesto una multa de $........... como consecuencia de no haber presentado la declaración jurada consignada en la referencia, de acuerdo a los registros de esta Dirección General al día ..../.../2000 y hora....

Por lo tanto se le hace saber que, dentro del plazo previsto en el instrumento para su pago, podrá hacer uso de la opción de presentación de la declaración jurada y pago espontáneo, siendo acreedor a una reducción del 50% del importe de la misma, o sea $ .......... No considerándose la infracción como un antecedente en su contra. A tal fin, en el instrumento de pago que en esta oportunidad se le remite, se ha consignado el citado importe.

En caso de no pagarse la multa o de no cumplirse con la presentación de la declaración jurada omitida, se substanciará el sumario respectivo, de acuerdo con las prescripciones contenidas por el Capítulo X del Código Fiscal (T.O. 1999), modificaciones introducidas por la Ley N° 322 (B.O. N° 869), sirviendo la constancia de recepción de la presente como documento de apertura de la actuación sumarial en sustitución de la resolución instructoria, por lo que se le acuerdan 15 (quince) días para la presentación del descargo correspondiente conforme al artículo 93 del citado Código.

La multa abonada no será susceptible de repetición o compensación. QUEDA USTED NOTIFICADO.

Buenos Aires,......................................

CONSTANCIA DE COMUNICACIÓN IMPOSICIÓN MULTA POR OMISIÓN DE PRESENTACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS

N° ......................... -RESOLUCIÓN N° ............-DGR-2000

CONTRIBUYENTE: ..............................................................

NÚMERO DE INSCRIPCION EN ISIB: .................................

NÚMERO DE CUIT: ..............................................................

DOMICILIO FISCAL: .............................................................

CONCEPTO - DD.JJ: ............................................................

PERÍODO FISCAL: ........................ ANTICIPO N°: ..............

...............................................................................................

RECIBIDA POR .............. EN SU CARACTER DE ..............

DOCUMENTO DE IDENTIDAD N° .......................................

FIRMA CONTRIBUYENTE FIRMA NOTIFICADOR/AGENTE CORREO

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS

INSTRUMENTO DE PAGO

APELLIDO Y NOMBRE O RAZON SOCIAL N° DE INSCRIPCION ISIB
.................................................. .............................................

DOMICILIO FISCAL.. ............................................................

RESOLUCIÓN N° ....... -DGR-2000.- DE FECHA .../..../2000

IMPORTE TOTAL $.......... - IMPORTE REDUCIDO $..........

IMPORTE QUE SE ABONA $................................................

SON PESOS (EN LETRAS) ..................................................

EFECTIVO - CHEQUE N° ....................................................

C/BANCO ..............................................................................

NOTIFICACIÓN MULTA POR OMISIÓN DE

PRESENTACIÓN DE DECLARAClONES

JURADAS N° ........................................................................

FECHA DE PAGO: :...../....../2000:

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTADA POR
Res. 372-10 establece nuevo régimen, respecto del aprobado por Res. 3220-00, para la aplicación de multas por omisión en la presentación de declaraciones juradas de los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
COMPLEMENTADA POR
<p>Res.4567-01 aclara que el Art. 1° de la Res. 3220-00, comprende a la omisión de la presentación de las declaraciones juradas a que están obligados los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos</p>
MODIFICADA POR
Res. 4657-01 sustituye los Arts. 1° y 3°, punto 2; el Anexo I y parcialmente el Anexo II de la Res. 3220-00
COMPLEMENTADA POR
Res. 870-03 establece nuevo régimen respecto del aprobado por Res. 3220-00, para la aplicación de multas por omisión en la presentación de las declaraciones juradas por parte de los Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos
REGLAMENTA
Res. 3220-DGR-00 Establece procedimientos para la aplicación del Dec. 947-97 Impuesto a los ingresos brutos- Declaraciones juradas
INTEGRADA POR
Res. 3953-DGR-00 Crea el CIRCUITO DE APLICACION MULTA AUTOMATICA por la omisión de la presentación de declaraciones juradas mensuales del Impuesto sobre los Ingresos Brutos para los contribuyentes comprendidos en los distintos sistemas de control