ACTA 2 2025 MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
Síntesis:
ACTA DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA -REUBICACIÓN DE AGENTES - CARRERAS - ADMINISTRACIÓN PÚBLICA - ENFERMERÍA Y ESPECIALIDADES TÉCNICO-PROFESIONALES DE LA SALUD - SINDICATURA GENERAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - PROCURACIÓN GENERAL - PERSONAL TRANSFERIDO AL RÉGIMEN DE DISPONIBILIDAD - SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES DEL ESTADO - SUTECBA - COMISIÓN DE SERVICIOS - TRANSFERENCIA DE AGENTES
Publicación:
21/03/2025
Sanción:
04/02/2025
Organismo:
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
El texto de
la presente Acta se encuentra disponible como Anexo
de la Resolución que la instrumenta
El Texto completo del Acta puede consultarse en la Resolucion 1318-MHFGC-25 que la instrumenta
Tipo de relación
Norma relacionada
Detalle
INTEGRA
<p>Punto PRIMERO del Acta 2/25 establece qué agentes alcanzados/alcanzadas por el Capítulo XIII del Régimen de Disponibilidad de Trabajadores comprendidos en la Ley 471, reglamentado por Decreto 2.182/03, podrán ser incorporados excepcionalmente a una camera diferente a la de su origen, a los fines de posibilitar su reubicación.</p>
COMPLEMENTA
<p>Punto SEGUNDO del Acta 2/25 establece que la reubicación del agente se formalizará mediante una comisión de servicios conforme el procedimiento establecido en el Decreto N0 580/16 por un plazo maximo de dos (2) meses y, en el caso que la autoridad del area de destino preste conformidad luego de dicho período, se procederá a su transferencia.</p>
INTEGRA
<p>Punto PRIMERO del Acta 2/25 establece qué agentes alcanzados/alcanzadas por el Capítulo XIII del Régimen de Disponibilidad de Trabajadores comprendidos en la Ley 471, reglamentado por Decreto 2.182/03, podrán ser incorporados excepcionalmente a una camera diferente a la de su origen, a los fines de posibilitar su reubicación.</p>
INTEGRA
<p>Punto PRIMERO del Acta 2/25 estableceque aquellos agentes que pertenezcan a la Carrera de la Sindicatura General de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Resolución 5-SGCBA/11 que se encuentren alcanzados/alcanzadas por el Capitulo XIII del Régimen de Disponibilidad de Trabajadores comprendidos en la Ley 471, reglamentado por Decreto 2.182/03, a los fines de posibilitar su reubicación, podrán ser incorporados excepcionalmente a una camera diferente a la de su origen.</p>
INTEGRA
<p>Punto PRIMERO del ACTA 2/25 establece que aquellos agentes que pertenezcan a la Carrera de Enfermeria y Especialidades Tecnico-Profesionales de la Salud, aprobada por el Acta N°16/19 que se encuentren alcanzados/alcanzadas por el Capítulo XIII del Régimen de Disponibilidad de Trabajadores comprendidos en la Ley 471, reglamentado por Decreto 2.182/03, a los fines de posibilitar su reubicación, podrán ser incorporados excepcionalmente a una carera diferente a la de su origen.</p>
INTEGRA
<p>Punto PRIMERO del ACTA 2/5 establece que aquellos agentes que pertenezcan a la Carrera de la Administracidn Pdblica, aprobada por Acta de Negociacidn Colectiva N° 17/13 que se encuentren alcanzados/alcanzadas por el Capftulo XIII del Regimen de Disponibilidad de Trabajadores comprendidos en la Ley 471, reglamentado por Decreto 2182/03, a los fines de posibilitar su reubicacidn podran ser incorporados excepcionalmente a una carra diferente a la de su origen.</p>
APROBADA POR
<p>Artículo 1 de la Resolución 1318-MHFGC/25 instrumenta el Acta de Negociación Colectiva Comisión Central Acta 02/2025.</p>