RESOLUCIÓN 3294 2025 SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA

Síntesis:

PRORROGA - AÑO 2025 - VIGENCIA - RESOLUCIONES 4417-SSCDOC/22 - 5289-SSCDOC/22 - 10627-SSCDOC/22 - 11619-SSCDOC-22 - 18930-SSCDOC/23 - COBERTURA DE INTERINATOS Y SUPLENCIAS - CARGOS DOCENTES EN EL ÁREA DE EDUCACIÓN ESPECIAL - ESTUDIANTES AVANZADOS DE LAS CARRERAS DE PROFESORADOS - SUBSECRETARÍA DE CARRERA DOCENTE -  ESTUDIANTES AVANZADOS DE CARRERAS DE PROFESORADOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR Y UNIVERSITARIOS -  EDUCACIÓN PRIMARIA - CARGOS DOCENTES DE IDIOMA - ESTUDIANTES AVANZADOS DE LAS CARRERAS DE PROFESORADOS EN LENGUAS EXTRANJERAS CON RECONOCIMIENTO OFICIAL -  ÁREA DE EDUCACIÓN PRIMARIA, MEDIA Y TÉCNICA - ADULTO Y DEL ADOLESCENTE - ÁREA DE LA EDUCACIÓN SUPERIOR - NIVEL MEDIO - EDUCACIÓN ARTÍSTICA

Publicación:

03/04/2025

Sanción:

27/03/2025

Organismo:

SUBSECRETARIA DE PLANEAMIENTO E INNOVACION EDUCATIVA


VISTO: La Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, la Ley Nacional

26.206 y sus modificatorias, Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764), la Ordenanza

40593 (texto consolidado por Ley 6764), los Decretos 611/86 y sus modificatorios, y

387/23 y sus modificatorios, las Resoluciones 6.953-GCABA-SSCDOC/20, 4.417-

GCABA-SSCDOC/22, 5.289-GCABA-SSCDOC/22, 10.627-GCABA-SSCDOC/22,

11.619-GCABA-SSCDOC/22, 2.852-GCABA-SSCDOC/23, 18.930-GCABA-

SSCDOC/23, 7172-GCABA-SSPIE/24 y el Expediente Electrónico N° 6696882-

GCABA-DGCDO/25, y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires dispone que la Ciudad

reconoce y garantiza un sistema educativo inspirado en los principios de la libertad, la

ética y la solidaridad, tendiente a un desarrollo integral de la persona en una sociedad

justa y democrática, y a tal fin debe organizar los servicios y las acciones educativas

que posibilitan el ejercicio del derecho a la educación;

Que la Ley Nacional 26.206 y sus modificatorias establecen que es competencia de

cada jurisdicción asegurar el cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de

alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten

a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que

permitan alcanzar resultados de calidad;

Que la Ordenanza 40593 (texto consolidado por Ley 6764) regulan el ingreso a la

carrera docente y determinan que, en cada área de la educación se produce en el

cargo de menor jerarquía de los escalafones respectivos y establecen las condiciones

generales y concurrentes;

Que por la Ley 6684 (texto consolidado por Ley 6764) se aprobó la Ley de Ministerios

del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo que el Jefe de

Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros, de conformidad con las

facultades y responsabilidades que le confiere dicha ley;

Que por el Decreto 387/23 y sus modificatorios, se aprobó la estructura orgánico

funcional del Ministerio de Educación del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,

contemplando a esta Subsecretaría de Planeamiento e Innovación Educativa que tiene

entre sus responsabilidades primarias la de planificar, programar y diseñar políticas

relacionadas al personal docente y no docente, supervisar la gestión del sistema de

cobertura de los cargos docentes en todos sus niveles y articular las funciones de los

organismos a su cargo, en especial en aquellas que impactan en la cobertura de

cargos docentes;

Que es prioridad de este Ministerio propiciar medidas tendientes a alcanzar la

cobertura de todos los cargos docentes, a efectos de garantizar la continuidad

pedagógica de los alumnos de los distintos niveles educativos;

Que, la reglamentación prevista por el Decreto 611/86 y sus modificatorios del Artículo

65 inciso L) de la Ordenanza 40.593 (texto consolidado por Ley 6764) indica que, en

caso de necesidad de cobertura de cargos interinos o suplentes y ante la falta de

docentes inscriptos o cuando se agotare el listado en un acto público, el Ministerio de

Educación, a través de la Subsecretaría de Carrera Docente o la que en el futuro la

reemplace, podrá autorizar alguna de las siguientes medidas: proponer a efectos de su

posterior designación, a aspirantes no inscriptos a la fecha de vacancia en el listado

para la cobertura de cargos interinos y suplentes los que luego serán incorporados al

próximo listado vigente; convocar a estudiantes de profesorados de educación, o

estudiantes de carreras cuyos títulos generen incumbencias para asignaturas vacantes

(...);

Que por Resolución 6.953-GCABA-SSCDOC/20 se autorizó la implementación de la

plataforma de acto público en línea para la cobertura de cargos en carácter interinos y

suplentes, sobre las vacantes que se produzcan en el sistema educativo de gestión

estatal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que dicha implementación permitió el análisis de cargos vacantes en todos los niveles

educativos, pudiéndose constatar que los cargos correspondientes a Maestro de

Grado, Maestro Curricular de Idiomas y de Artesanal y Técnica de las áreas de

Educación Primaria y del Área Curricular de Materias Especiales, junto con las

asignaturas Biología, Matemática, Química, Física, Físico-Química, Lengua y

Literatura, Educación Tecnológica y Tecnología de la Información y Comunicación e

Idiomas para las áreas de la educación de nivel secundario resultaron de difícil

cobertura durante los ciclos lectivos 2022, 2023 y 2024;

Que en virtud de ello, se dictaron las Resoluciones 4.417-GCABA-SSCDOC/22, 5.289-

GCABA-SSCDOC/22, 10.627-GCABA-SSCDOC/22, 11.619-GCABA-SSCDOC/22,

2.852-GCABA-SSCDOC/23 y 18.930-GCABA-SSCDOC/23, todas ellas con el objeto

de autorizar a estudiantes avanzados de las distintas carreras de profesorados de

educación de universidades de gestión estatal y privada, para la cobertura de

interinatos y suplencias, cuya incumbencia correspondiese al desempeño de los

cargos antes mencionados durante el ciclo lectivo 2022 y 2023;

Que en igual sentido, se ha dictado la Resolución 7.172-GCABA-SSPIE/24 a fin de

prorrogar para el ciclo lectivo 2024 la vigencia de las Resoluciones 4.417-GCABA-

SSCDOC/22, 5.289-GCABA-SSCDOC/22, 10.627-GCABA-SSCDOC/22, 11.619-

GCABA-SSCDOC/22 y 18.930-GCABA-SSCDOC/23;

Que ello permitió mejorar los niveles de cobertura en todas las áreas y modalidades

educativas, coadyuvando a la continuidad de las trayectorias escolares de los alumnos

y alumnas de los establecimientos educativos de la Ciudad de Buenos Aires;

Que a la luz de sus resultados, deviene necesario continuar implementando las

estrategias mencionadas precedentemente, a efectos de garantizar un servicio

educativo, equitativo y de calidad, a través de los recursos previstos por la Ordenanza

40593 (texto consolidado por Ley 6764), para el ciclo lectivo 2025;

Que, en este sentido, se propicia prorrogar para el año 2025, la vigencia de las

Resoluciones 4.417-GCABA-SSCDOC/22, 5.289-GCABA-SSCDOC/22, 10.627-

GCABA-SSCDOC/22, 11.619-GCABA-SSCDOC/22 y 18.930-GCABA-SSCDOC/23, de

conformidad con los requisitos previstos en cada una de ellas;

Que la Subsecretaría de Gestión del Aprendizaje y las Direcciones Generales

Educación de Gestión Estatal, Sistema de Formación Docente y, Carrera Docente

prestaron su conformidad con las presentes;

Que la Dirección General Coordinación Legal e Institucional tomó debida intervención

en el trámite.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

EL SUBSECRETARIO DE PLANEAMIENTO E INNOVACIÓN EDUCATIVA

RESUELVE:

Artículo 1°.- Prorrogar, para el año 2025, la vigencia de las Resoluciones 4.417-

GCABA-SSCDOC/22, 5.289-GCABA-SSCDOC/22, 10.627-GCABA-SSCDOC/22,

11.619-GCABA-SSCDOC/22 y 18.930-GCABA-SSCDOC/23, de conformidad con los

requisitos establecidos en cada una de ellas.

Artículo 2°.- Publicar en el Boletín Oficial. Comuníquese a la Subsecretaría de Gestión

del Aprendizaje, a las Direcciones Generales Educación de Gestión Estatal, Personal

Docente y No Docente, Carrera Docente y, Coordinación Legal e Institucional, Sistema

de Formación Docente y a las Dirección Educación Primaria, Educación Media,

Educación Técnica, Escuelas Normales Superiores y, Educación Artística. Cumplido,

archívese. Ghillione

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 3294/SSPIE/25 prorroga para el año 2025 la vigencia de la Resolución 4417/SSCDOC/22.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 3294/SSPIE/25 prorroga para el año 2025 la vigencia de la Resolución 5289/SSCDOC/22.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 3294/SSPIE/25 prorroga para el año 2025 la vigencia de la Resolución 10627/SSCDOC/22.</p>
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<p>Art. 1 de la Resolución 3294/SSPIE/25 prorroga para el año 2025 la vigencia de la Resolución 111619/SSCDOC/22.</p>
MODIFICA
<p>Art. 1 de la Resolución 3294/SSPIE/25 prorroga para el año 2025 la vigencia de la Resolución 18930/SSCDOC/23.</p>