RESOLUCIÓN 17 1998
Síntesis:
PEDIDO DE INFORME AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA APLICACIÓN DE NORMAS
Publicación:
Sanción:
19/03/1998
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Artículo 1° El Poder Ejecutivo, a través de los organismos que correspondan, procederá a informar dentro del término de treinta (30) días de recibida la presente sobre los siguientes puntos, referidos a la aplicación de las normas que a continuación se detallan:
a) Si se da cumplimiento efectivo a la Ordenanza N° 41.110/86 B.M. N° 17.725, Programa de Atención en casos de Emergencia Individual o Familiar.
En caso afirmativo:
Qué área está a cargo del referido programa.
Cuál fue el monto de la partida asignada en el año 1997 y como se hallaba discriminada.
Cuál fue la cantidad de personas asistidas durante el mismo año y tipo de asistencia.
b) Si se da cumplimiento a la Ordenanza N° 41.579 B.M. N° 17.913 y al Decreto N° 4.141/87.
En caso afirmativo, informar con respeto al año 1997:
Cantidad de Grupos Comunitarios que figuran en el registro.
Cantidad de Grupos Comunitarios que recibieron ayuda.
Cuál era la localización de estos Grupos.
Qué cantidad de niños y niñas fueron asistidos por grupo.
Cuál fue el monto de los subsidios otorgados.
c) Si se da cumplimiento a la Ordenanza N° 42.062/87.
En caso afirmativo:
Cuál fue el monto de los subsidios otorgados durante el año 1997.
d) Si se da cumplimiento a la Ordenanza N° 43.821 Decreto N° 1.729/89, Programa nuestras Familias.
En caso afirmativo:
Cuál fue el monto de la partida destinada al denominado Fondo Permanente del Programa Nuestras Familias, durante el año 1997.
e) Si se da cumplimiento a la Ordenanza N° 44.554 Decreto N° 206/91, Programa de Subsidios Ordinarios y Extraordinarios para Ancianos.
En caso afirmativo:
Cuál fue la cantidad de subsidios otorgados durante el año 1997.
f) Si se da cumplimiento a la Ordenanza N° 42.549 B.M. N° 18.217 y al Decreto N° 9.028/88, Subsidios para la Atención Domiciliaria a la Tercera Edad
En caso afirmativo:
Cuál fue la cantidad de subsidios otorgados durante el año 1997.
g) Si se da cumplimiento a la Ordenanza N° 45.339 B.M. N° 19.169.
En caso afirmativo:
Cuál fue la cantidad de personas asistidas durante 1997.
Cuál fue el monto depositado por el Plan de asistencia Médica Integral P.A.M.I. durante el año 1997, discriminados por persona y por geriátrico
Art. 2°: Comuníquese, etc.