DECRETO 1945 2006
Síntesis:
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA - CREACIÓN - SUBSECRETARÍA DE ORDENAMIENTO NORMATIVO Y ACCESO A LA INFORMACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE ACCESO A LA INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN - SUPRESIÓN DE ORGANISMOS - SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA - PROGRAMA FUERA DE NIVEL ACCESO A LA INFORMACIÓN Y TRANSPARENCIA EN LA GESTIÓN - MODIFICACIÓN DE DEPENDENCIAS
Publicación:
23/11/2006
Sanción:
16/11/2006
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto las Leyes Nros. 1.818 y 1.925, los Decretos Nros. 350/06 y 1.313/06 y sus complementarios y modificatorios, el Convenio N° 20/06 y el Expediente N° 77.336/06, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 1.818 dispone la consolidación normativa para la elaboración del Digesto Jurídico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, encomendándole a la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, las tareas de consolidación normativa, autorizando al Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a suscribir un Convenio de Asistencia Técnica redactado de acuerdo a los principios, lineamientos y plazos establecidos en dicha ley;
Que asimismo dicha ley dispone que sea la entonces Subsecretaría Legal y Técnica, dependiente del Poder Ejecutivo de la Ciudad de Buenos Aires, hoy Secretaría Legal y Técnica, el control de las entregas parciales que la universidad realice de acuerdo a la forma que se establezca en el convenio respectivo, otorgándole además la facultad de observar y/o recomendar a la universidad las modificaciones que estime correspondientes a las entregas parciales precitadas, como también a la entrega y dictamen final, debiendo informar de todas las circunstancias a la Comisión de Seguimiento de la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicho convenio fue suscripto entre el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires, como Convenio N° 20/06, de conformidad con lo establecido por la Ley N° 1.818;
Que la Ley N° 1.925 define las competencias de la Secretaría Legal y Técnica entre las que se encuentran las de garantizar el acceso a la información que requieran los usuarios internos y externos respecto de la documentación registrada o debidamente individualizada y, difundir los derechos y obligaciones de los ciudadanos;
Que el Decreto N° 350/06 define los objetivos de la Secretaría Legal y Técnica entre los que se encuentran los de organizar y administrar el sistema de ordenamiento de las normas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e implementar su difusión por los medios oficiales de comunicación, así como garantizar el acceso a la información que requieran los usuarios internos y externos y difundir los derechos y obligaciones de los ciudadanos;
Que ese mismo decreto define para el Organismo Fuera de Nivel F/N Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión, dependiente de la Secretaría Legal y Técnica, los objetivos de administrar y actualizar la base de datos de la normativa de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el sistema para su consulta, generando e implementando mecanismos de difusión de las normas vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en los soportes más adecuados para su resguardo y difusión;
Que dichos objetivos están intrínsecamente ligados con una función esencial del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como es la publicidad de los actos de gobierno y su adecuada difusión y acceso, requiriendo organizarlos dentro del ámbito centralizado de la Secretaría Legal y Técnica a fin de fortalecer la optimización del acceso a la información y de la transparencia en la gestión;
Que por lo indicado es conveniente crear una Subsecretaría que tenga a su cargo impulsar esta política de gobierno y administrar el debido cumplimiento de la Ley N° 1.818 y una Dirección General, dependiente de esta Subsecretaría que absorba las responsabilidades asignadas al Programa de Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión, con el objeto de potenciar su rendimiento;
Que el Decreto N° 1.313/06 define las responsabilidades primarias de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa, de la Secretaría Legal y Técnica, siendo los mismos de carácter estratégico, requiriendo una relación jerárquica directamente dependiente de la máxima autoridad de la jurisdicción;
Que dados los fundamentos antes indicados es adecuado suprimir la Subsecretaría de Coordinación Administrativa, de la Secretaría Legal y Técnica;
Que resulta conveniente, por lo tanto modificar la estructura organizativa de la Secretaría Legal y Técnica del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la modificación propuesta no implica mayor erogación presupuestaria;
Por ello, y conforme las facultades otorgadas por los artículos 102 y 104, de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Modifícase la estructura organizativa de la Secretaría Legal y Técnica, aprobada por los Decretos Nros. 350/06 y 1.313/06 y sus complementarios y modificatorios, de conformidad con lo establecido en el presente decreto y en sus Anexos I y II que, a todos sus efectos, forman parte integrante del mismo.
Artículo 2° - Créase la Subsecretaría de Ordenamiento Normativo y Acceso a la Información dependiente de la Secretaría Legal y Técnica.
Artículo 3° - Apruébanse como objetivos de la Subsecretaría creada en el artículo 2° los que se detallan en el Anexo I que se adjunta al presente.
Artículo 4° - Créase, con función crítica alta, la Dirección General de Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión, dependiente de la Subsecretaría de Ordenamiento Normativo y Acceso a la Información.
Artículo 5° - Apruébanse las responsabilidades primarias de la Dirección General creada en el artículo 4°, las que se detallan en el Anexo II que se adjunta al presente.
Artículo 6° - La Dirección General Técnica, Administrativa y Legal y sus Direcciones Generales Adjuntas, dependientes de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa, pasan a depender, con su presupuesto, patrimonio y personal, de la Secretaría Legal y Técnica.
Artículo 7° - Suprímese la Subsecretaría de Coordinación Administrativa dependiente de la Secretaría Legal y Técnica y transfiérese su personal, patrimonio y presupuesto a la Subsecretaría de Ordenamiento Normativo y Acceso a la Información.
Artículo 8° - Suprímese el Programa Fuera de Nivel de Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión dependiente de la Secretaría Legal y Técnica y transfiérese su personal, patrimonio y presupuesto a la Dirección General de Acceso a la Información y Transparencia en la Gestión.
Artículo 9° - El Ministerio de Hacienda arbitrará las medidas pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 10 - El presente decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda.
Artículo 11 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y comuníquese al Ministerio de Descentralización, a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría Legal y Técnica y al Ministerio de Hacienda. Cumplido, archívese.