RESOLUCIÓN 11 2010 INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Síntesis:

APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA - APRUEBA RETRIBUCIÓN - ADICIONAL  -  SUPLEMENTO POR RESPONSABILIDAD PROFESIONAL - CAPACITADORES - DOCENTES - APRUEBA PARA EL EJERCICIO 2010 CARGOS DEL PERSONAL PERMANENTE Y TRANSITORIO - SE DEROGAN LAS RESOLUCIONES NROS 1133-MJYSGC/09 -  58-MJYSGC-10 -  1-ISSP-10

Publicación:

15/06/2010

Sanción:

13/04/2010

Organismo:

INSTITUTO SUPERIOR DE LA SEGURIDAD PUBLICA - LEY 5688

Estado:

No vigente


VISTO: Las Leyes N° 2.894 y N° 2.895; las Resoluciones Nros. 1.133-MJYSGC/09, 58-MJYSGC/10, 01-ISSP/10 y 267-MJYSGC/10 y los Expedientes Nros. 345894/10 y 1388244/09, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2.894 establece las bases jurídicas e institucionales del Sistema de Seguridad Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y encomienda al Gobierno de la Ciudad, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad, la conducción política e institucional de dicho sistema y crea la Policía Metropolitana y el Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que la Ley N° 2.895 establece el marco jurídico e institucional del Instituto Superior de Seguridad Pública, definiendo además los objetivos y la conformación de su cuerpo directivo;

Que, por su parte, mediante Resolución N° 1.133-MJYSGC/10 se aprobó la estructura organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que, a su vez, a través de la Resolución N° 58-MJYSGC/10 se establecieron las retribuciones del personal permanente y transitorio del Instituto Superior de Seguridad Pública, enumerando los cargos previstos para el presupuesto 2.010;

Que en este orden de ideas, resulta menester indicar que en el expediente por el que tramitó dicho acto administrativo, la Secretaría Legal y Técnica dependiente de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, dictaminó que la determinación del nivel remunerativo y los cargos a cubrir para el Instituto Superior de Seguridad Pública, se encuentra comprendido en las facultades asignadas al Rector de la citada Institución;

Que la Resolución N° 01-ISSP/10 modificó las Resoluciones antedichas incorporando nuevas denominaciones y cargos en el Instituto Superior de Seguridad Pública;

Que conforme lo dispuesto por los Artículos 1° y 2° de la Resolución N° 267- MJYSGC/10, es función exclusiva del Instituto Superior de Seguridad Pública la selección e incorporación de aspirantes a la formación en Seguridad Pública, incluyendo los candidatos a oficiales de la Policía Metropolitana, correspondiendo a su Rector establecer el área competente para la función de incorporaciones;

Que por el Artículo 3° del mismo acto, ha quedado e stablecido que la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana transferirá los recursos humanos, materiales y presupuestarios necesarios para tal fin;

Que en relación a lo antedicho corresponde modificar la estructura organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública, incorporando las áreas de Coordinación en Capacitación e Instrucción Policial y de Incorporaciones y Recursos Humanos, reasignando áreas de competencia y estructura de personal, lo que redundará en cambios en los cargos previstos originalmente;

Que por último resulta conveniente ordenar en un texto actualizado y completo las normas que establecieron la estructura, objetivos y funciones y niveles remunerativos en el Instituto Superior de Seguridad Pública, disponiendo, en la especie la derogación de la normativa resultante vigente en la materia;

Que, finalmente, cabe dejar constancia que las Resoluciones N° 1.133-MJYSGC/09 y N° 58-MJYSGC/10 han sido suscriptas por el Señor Ministerio de Justicia en ejercicio de las funciones correspondientes a las de Rector del Instituto Superior de Seguridad Pública.

Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Artículo 20 de la Ley N° 2.895,

EL RECTOR DEL INSTITUTO SUPERIOR DE SEGURIDAD PÚBLICA

RESUELVE

Artículo 1°.- Deróganse las Resoluciones N° 1.133-MJYSGC/09, N° 58-MJYSGC/10 y N° 1-ISSP/10 en función de lo expresado en los considerandos de la presente.

Artículo 2°.- Apruébase la estructura organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública de acuerdo a lo establecido en los Anexos I y II, que forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3°.- Establécese que la retribución bruta normal y habitual del personal del Instituto Superior de Seguridad Pública, estará integrada por el sueldo básico y los suplementos generales conforme se dispone en la presente Resolución.

Artículo 4°.- Establécese la siguiente equivalencia entre sueldos básicos del personal del Instituto Superior de Seguridad Pública y el del personal sin estado policial de la Policía Metropolitana:

Coordinador Auxiliar Superior 1ª

Secretario General Auxiliar Superior 1ª

Director General Auxiliar Superior 2ª

Director Operativo Auxiliar Superior 2ª

Supervisor Administrativo Auxiliar Superior 3ª

Investigador Docente Señor Auxiliar Superior 5ª

Investigador Auxiliar de 3ª

Administrativo A Auxiliar de 4ª

Administrativo B Auxiliar de 5ª

Administrativo C Auxiliar de 6ª

Mantenimiento y Servicios Auxiliar de 7ª.

Artículo 5°.- El personal que desarrolle actividades que impliquen conducción y/o dirección de áreas técnicas, administrativas o docentes o esté a cargo del desarrollo e implementación de planes y/o programas por los conceptos determinados en el artículo anterior, percibirá un “Suplemento por Responsabilidad Profesional” equivalente al cincuenta por ciento (50%) del sueldo básico para los Coordinadores y Secretario General; al cuarenta y cinco por ciento (45%) del sueldo básico para los Directores Generales; al cuarenta por ciento (40%) del sueldo básico para los Directores Operativos; al treinta y cinco por ciento (35%) del sueldo básico al Supervisor Administrativo y el treinta por ciento (30%) del sueldo básico para los Investigadores Docentes Senior.

Artículo 6°- El plantel de Capacitadores integrarán un Cuerpo de Personal Transitorio con niveles retributivos equivalentes a los Sueldos Básicos del personal sin estado policial de la Policía Metropolitana, conforme el siguiente detalle:

Profesor Titular Auxiliar Superior 5°

Profesor Adjunto A 47,5% del Auxiliar Superior 5°

Profesor Adjunto B 30% del Auxiliar Superior 5°

Coordinador Secundario 35% del Auxiliar Superior 5ª

Artículo 7°.- La asignación de funciones docentes al personal del Instituto Superior de Seguridad Pública o de la Policía Metropolitana no generará retribución adicional alguna, y sólo percibirán la remuneración que corresponde al cargo de planta permanente o al grado que ostentan en la fuerza, respectivamente.

Artículo 8°.- Apruébase, para el ejercicio 2010, la apertura de cargos del personal Permanente y Transitorio del Instituto Superior de Seguridad Pública, de acuerdo a lo establecido en el Anexo III el que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 9°.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, comuníquese al Ministerio de Hacienda y para su conocimiento y demás efectos pase a la Subsecretaría de Administración de la Policía Metropolitana. Cumplido, archívese.


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 3441

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

COMPLEMENTA
<p>Art. 2 de la Resolución 11-ISSP-10<strong> (Norma Derogada)</strong> aprueba la estructura organizativa del Instituto Superior de Seguridad Pública, en marco de la Ley 2895.</p><p>Art. 3, establece la retribución a percibir del personal del Instituto Superior de Seguridad Pública.</p>
INTEGRA
Res. 1-ISSP-10 Establece equivalencia entre ueldos básicos del personal del Instituto Superior de Seguridad Pública y el del personal sin estado policial de la Policía Metropolitana, cuyos sueldos fueron aprobados por Dec. 647-09
DEROGA
<p>Art. 1 de la Resolución 11-ISSP-10, deroga la Resolución 1133-MJYDGC-09.</p>
DEROGA
Res. 11-ISSP-10 art. 1 deroga la Res. 58-MJYDGC-10
DEROGA
Res. 11-ISSP-10 art. 1 deroga la Res. 1-ISSP-10
MODIFICADA POR
Res 33-ISSP-10 Rectifica el Art 6° de la Res 11-ISSP-10
MODIFICADA POR
Res. 41-10 modifica el Anexo II de la Res. 11-10 - Funciones de la Coordinación de Formación Académica del Instituto Superior de Seguridad Pública
MODIFICADA POR
Res. 56-10 rectifica los Arts. 4°, 5° y 6°, modifica el punto 1.3.2 y 1.4.4. del Anexo II y sustituye el Anexo I de la Res. 11-10
MODIFICADA POR
Res. 90-10 constituye la Oficina de Gestión Sectorial del Instituto Superior de Seguridad Pública, cuya Estructura Organizativa fuera aprobada por Res. 11-10
MODIFICADA POR
Res. 89-10, Arts. 2° y 4° modifican los Arts. 4° y 6°, respectivamente, de la Res. 11-10 - Equivalencias de sueldos
MODIFICADA POR
Res. 9-11, Art. 1° deja sin efecto el Art. 2° de la Res. 11-10 - Estructura Organizativa del Instituto de Seguridad Pública
DEROGADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 118-ISSP-11, deroga la Resolución 118-ISSP-11.</p>