RESOLUCIÓN 2990 2002 SECRETARIA DE EDUCACION

Síntesis:

APRUEBA EL ORDENAMIENTO DE LOS PLANES DE ESTUDIO EN LAS ESCUELAS DE EDUCACIÓN TÉCNICA DE NIVEL MEDIO - DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN MEDIA - EN LO QUE REFIERE A DENOMINACIÓN, ASIGNATURAS POR CURSO Y CANTIDAD DE HORAS CÁTEDRA ASIGNADAS ACORDE LO ESTABLECIDO EN ANEXO I

Publicación:

05/12/2002

Sanción:

29/10/2002

Organismo:

SECRETARIA DE EDUCACION


Visto la Ley N° 33/LCABA/98, y;

CONSIDERANDO:

Que es propósito prioritario de la gestión la adecuación de la oferta educativa a las necesidades de la comunidad;

Que en ese marco se viene realizando un análisis de los planes de estudio que desarrollan los establecimientos escolares de gestión pública en dependencia de la Secretaría de Educación;

Que de dicho análisis surge la existencia y aplicación de una multiplicidad de planes de estudio por parte de los establecimientos citados;

Que es conveniente que tanto las diversas áreas de la Secretaría de Educación como la comunidad en general dispongan fluidamente de esta información;

Que para ello resulta imprescindible su ordenamiento por áreas, niveles y establecimientos, especificando para cada curso las asignaturas previstas y la cantidad de horas de cátedra asignadas a cada una de ellas;

Que se ha completado esta tarea para las Escuelas de Educación Técnica en dependencia de la Dirección de Educación Media;

Que la Ley N° 33 delega en la Secretaría de Educación la aprobación de todo nuevo plan de estudios o de cualquier modificación a ser aplicada en los contenidos o carga horaria de los planes de estudios vigentes en los establecimientos educativos de cualquier nivel, modalidad y tipo de gestión dependientes o supervisados por dicha Secretaría;

Por ello,

EL SECRETARIO DE EDUCACION

RESUELVE:

Artículo 1° Aprobar el ordenamiento de los planes de estudio que implementan las Escuelas de Educación Técnica dependientes de la Dirección Educación Media de la Secretaría de Educación, en lo referido a su denominación, asignaturas por curso y cantidad de horas de cátedra a ellas asignadas, según lo establecido en el Anexo I (220 folios) que forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2° Establecer que los planes de estudio incluidos en el ordenamiento que se aprueba en el artículo 1° se autorizan a partir del momento en que fueron aplicados.

Artículo 3° Establecer que la incorporación de otros planes de estudio por parte de los establecimientos detallados en el Anexo I de la presente Resolución requerirá que la correspondiente norma legal que se eleve a aprobación de esta Secretaría cuente con la intervención previa de las Direcciones Generales de Educación, Coordinación Financiera y Contable y Coordinación Legal e Institucional, y la Subsecretaría de Educación.

Artículo 4° Determinar que toda propuesta de modificación de los planes de estudio a que se hace referencia en el artículo 1° por parte de los establecimientos detallados en los Anexos de la presente Resolución, requerirá que la correspondiente norma legal que se eleve a aprobación de esta Secretaría cuente con la intervención de la Dirección de Currícula dependiente de la Dirección General de Planeamiento, además de las que se establecen en el artículo 3°.

Artículo 5° Los establecimientos educativos deberán presentar las propuestas de designación del personal docente en un todo de acuerdo con la denominación del Plan, Asignatura, Curso y Carga Horaria que se aprueban en el artículo 1°.

Artículo 6° Facultar a la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable a través del órgano administrativo correspondiente a proceder a la modificación progresiva de los registros vinculados con el artículo 1°.

Artículo 7° Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese por copia a las Direcciones Generales de Educación y Coordinación Legal e Institucional y a la Dirección Educación Media, y pase a la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable a sus efectos.

NOTA: El Anexo al que hace referencia el Art. 1° de la presente, puede ser consultado en la Dirección General de Coordinación Financiera y Contable -Departamento Trámite-, de la Secretaría de Educación, sita en Paseo Colón 255, P.B.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Art 1 de la Res 1408-ME-11 aprueba plan de estudios Plan de Estudios del Ciclo Superior Técnico en Computación. Art 3 Artículo 3.- Establece que el Plan de Estudios 2644/CONET/83 y receptado por Res 2990-SED-02, mantendrá su vigencia hasta la implementación definitiva del Plan de Estudios aprobado.
INTEGRADA POR
Res. 5842-MEGC-11 implementa 1 año del Ciclo Superior en la especialidad de computación en la Escuela7 DE 5, conforme los planes aprobados por Res. 2990-SED-10
COMPLEMENTADA POR
Res 251-SSGECP-12 los mencionados planes de estudios, instituidos con anterioridad a la transferencia de los servicios educativos a esta jurisdicción, según lo establecido Anexo I Res 2990-SED-02
APROBADA POR
Res 250-SSGECP-12 aprueba Plan de Estudios de Segundo Ciclo de la Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, correspondiente a la especialidad de Química, Título Técnico Químico, conforme Res 2990-SED-02
COMPLEMENTADA POR
Art 2 de la Res 4148-SSGECP-12 aprueba el Diseño Curricular Jurisdiccional diurno del Segundo Ciclo dela Modalidad Técnico Profesional de Nivel Secundario, correspondiente a la especialidad Electrónica, planes de estudio aprobados por establecido por Res 2990-SED-02
MODIFICADA POR
Res.3743-02 Modifica lel anexo I de la res. 2990-02
INTEGRADA POR
Res. 62-03 Establece la aplicación de los planes de estudios vigentes en el Área de la Educación Media y Técnica hasta que se dicten los nuevos.
MODIFICADA POR
Res. 1670-03 reemplaza al Anexo V de la Res. 2990-02
MODIFICADA POR
Res. 3846-SED-03 Modifica el anexo 1 de la Res. 2990-SED-02
MODIFICADA POR
Res. 3863-SED-03 Modifica el anexo 1 de la Res. 2990-SED-02
MODIFICADA POR
Res. 879-SED-04 Modifica el anexo 1 de la Res. 2990-SED-02
MODIFICADA POR
Res. 511-SED-05 Mod. Anexo de la Res. 2990-SED-02 - Rectifica errores: Piñero y Ciclo Superior Química Diurno.
MODIFICADA POR
Art. 1 y Anexo I Res. 560-SED-05 Mod. Res. 2990-SED-02. Implementación de Tutorías.
MODIFICADA POR
Res. 3985-SED-05 Modífica el Anexo I de la Res. 2990-SED-02
MODIFICADA POR
Res. 4189-SED-05 Modifica el anexo 1 de la Res. 2990-SED-02
MODIFICADA POR
Res. 3997-SED-05 Incorpora el Ciclo Básico Nocturno en los Anexos de la Res. 2990-SED-02
MODIFICADA POR
Res. 3997-SED-05 Incorpora Anexo a la Res. 2990-SED-02 - Incorpora Anexo del plan de estudio del ciclo básico técnico nocturno
RATIFICA
Res. 2990-SED-02 Ratifica Res. 3266-83
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 del Decreto 8047-86, establece que  los planes de estudio aprobados en el presente,  para la escuela Hicken tendran vigencia a partir del ciclo lectivo de 1986</p>
MODIFICADA POR
Res. 624-MEGC-06 Rectifica el Anexo de la Res. 2990-SED-02.
MODIFICADA POR
Res 2012-MEGC-06-Rectifica la Res 2990-SED-02-Planes de estudio-Denominación y especificaciones de asignaturas-Escuela Técnica N° 26, Confederación Suiza, DE 6
MODIFICADA POR
Res 433-MECG-07 modifica el Anexo I de la Res N° 2.990-SED/02 correspondiente al ciclo superior computación diurno - Escuela de Educación Técnica N° 3 del Distrito Escolar 9