DISPOSICIÓN 3500 2016 DIRECCION GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PUBLICO

Síntesis:

APRUEBA REQUISITOS - SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN - REGISTRO DE POSTULANTES PARA PERMISOS DE VENTA DE ALIMENTOS EN ESPACIO PÚBLICO - LICITUD DE RENOVACIÓN DE PERMISO - SOLICITUD DE RENOVACIÓN DE PERMISO - FORMULARIOS - REQUISITOS PARA SOLICITAR EL PERMISO PARA EVENTOS - ACTA COMPROMISO DE PERMISOS - USO PARA LA REALIZACION DE EVENTOS DIVERSIONES O ACTOS - CROQUIS DE ÁREA GASTRONÓMICA - REQUISITOS SOLICITUD DE PERMISOS DE USOS EN ESPACIO PÚBLICO - REQUISITOS PARA LA SOLICITUD DE PERMISOS DE PUBLICIDAD EN ESPACIO PÚBLICO - DIRECCIÓN GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO

Publicación:

07/11/2016

Sanción:

29/09/2016

Organismo:

DIRECCION GENERAL ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PUBLICO


VISTO:

La Resolución 706-MAYEPGC-2016; y

CONSIDERANDO:

Que la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires establece dentro de las

atribuciones del Poder Ejecutivo la de otorgar permisos y habilitaciones para el

ejercicio de actividades comerciales y para todas las que están sujetas al poder de

policía de la Ciudad, conforme a las leyes;

Que el Código de Planeamiento Urbano de la Ciudad es el cuerpo normativo que

regula los aspectos relativos a la organización del tejido urbano y distribución de usos,

entre otras temáticas;

Que el Código de Habilitaciones y Verificaciones de la Ciudad establece que para toda

actividad comercial o industrial en la Ciudad de Buenos Aires se deberá solicitar una

habilitación o permiso municipal, y que dentro del mismo, se definen las obligaciones

generales de los locales y las obligaciones específicas que se requieren para habilitar

un establecimiento, de acuerdo al rubro;

Que por la ley N° 5460 se sancionó la Ley de Ministerios, estableciendo para el de

Ambiente y Espacio Público, entre otros, los objetivos de proteger, mejorar y mantener

el espacio público como también el de garantizar su uso común y su puesta en valor;

Que la Dirección General de Ordenamiento del Espacio Público (DGOEP) integra el

Ministerio de Ambiente y Espacio Público a través de la Subsecretaría de Uso del

Espacio Público;

Que de acuerdo a lo establecido por el decreto N° 141-GCBA/16, la DGOEP tiene

entre sus responsabilidades primarias administrar el otorgamiento de permisos de uso

y ocupación del espacio público, con la única exclusión de los referidos a ferias y

mercados;

Que la ley 2.936 regula las condiciones de la actividad publicitaria exterior, con el fin

de proteger, promover y mejorar los valores del paisaje urbano y de la imagen de la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y que la disposición 6.448-MGEYA-DGOEP-2008

regula lo referido al matriculado publicitario;

Que la ordenanza N° 40.333/84 y la Ordenanza 51.372/78 regulan todo lo relacionado

a la construcción de quioscos para la venta de flores en el espacio público de la

Ciudad; y que la ordenanza N° 33.188 regula todo lo relacionado a los quioscos de

diarios y revistas en el espacio público de la Ciudad;

Que la ordenanza N° 34.421/78, modificada por la ley N° 2.523, regula la delimitación

de un área gastronómica en las aceras que forman parte del espacio público de la

Ciudad dentro de las cuales estará permitido instalar mesas, sillas y parasoles para

aquellos establecimientos habilitados como bares, cafés, confiterías, heladerías,

pizzerías y restaurantes;

Que la resolución N° 706-MAYEPGC-2016 regula lo relacionado a la realización de

cualquier evento, diversión o acto público en el espacio público de la Ciudad y faculta

a la DGOEP a dictar las normas complementarias y aclaratorias así como a introducir

las modificaciones al modelo de Acta Compromiso de su art. 2° que estime pertinentes

para la aplicación del régimen establecido en la resolución;

Que la ley N° 1.166 y el decreto N° 612/2004 regulan lo relacionado a la elaboración,

expendio y/o venta de alimentos en el espacio público de la Ciudad;

Que el decreto N° 1239/MCBA/93, el decreto N° 2204/MCBA/2014, la ley N° 1.775 y la

ley N° 1.540 regulan la actividad de artistas callejeros en el espacio público de la

Ciudad; que la ordenanza N° 39.910 y el decreto N° 7774/MCBA/1984 regulan la venta

de artículos religiosos en el espacio público de la Ciudad; que la ordenanza N° 38.400

regula todo lo relacionado a los artificios pirotécnicos; y que la ley N° 5.418 regula todo

lo relacionado a calesitas y carruseles que se emplazan en el espacio público de la

Ciudad.

Por ello, y en virtud de la competencia otorgada por el decreto 56/16,

EL DIRECTOR GENERAL

DE ORDENAMIENTO DEL ESPACIO PÚBLICO

DISPONE:

Art. 1°.- Apruébase los requisitos para la solicitud de inscripción en el Registro de

Postulantes para permisos de venta de alimentos en el espacio público, así como para

la solicitud del permiso para la venta de alimentos en el espacio público y su

respectiva renovación, los cuales deberán ser presentados ante la Mesa de Entradas

de esta Dirección General, según Anexo I (IF-2016-22260472- -DGOEP).

Art. 2°.- Apruébase los requisitos para la solicitud de permisos de usos en el espacio

público, los cuales deberán ser presentados ante la Mesa de Entradas de esta

Dirección General, según Anexo II (IF-2016-22260472- -DGOEP).

Art. 4°.- Apruébase los requisitos para la solicitud de permisos de publicidad en el

espacio público, los cuales deberán ser presentados ante la Mesa de Entradas de esta

Dirección General, según Anexo III (IF-2016-22260472--DGOEP).

Art. 5°.- Derógase la Disposición 2798/GCBA/DGOEP/12 y la Disposición

468/GCBA/DGOEP/10.

Art. 6°.- Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires. Cumplido, archívese. Cuence


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5002

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolucion N° 1-SECACGC-SECTOP/22 deja sin efecto ,el punto d) del Anexo II aprobado por el artículo 2° de la Disposición N° 3500-DGOEP/16.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 265-SECACGC21 aprueba el “Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para el emplazamiento de grupos electrógenos”, en el marco de lo dispuesto en el punto “G”, del Anexo II, de la Disposición N° 3500-DGOEP/16.</p>
INTEGRADA POR
<p>Art 1° Resolución N° 107/SECACGC/21 aprueba el “Procedimiento para la tramitación de permisos de uso del espacio público para la venta de alimentos en el espacio público”</p><p>  <br /> </p>
DEROGA
<p>Art. 5 de la Disposición N° 2789-DGOEP-12, deroga  la Disposición 468/DGOEP/10.</p><p>  <br /> </p>
DEROGA
<p>Art. 5 de la Disposición N° 2789-DGOEP-12, deroga  la Disposición 2798/DGOEP/12.</p>