RESOLUCIÓN 118 2019 AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
Síntesis:
SE APRUEBA REGLAMENTACIÓN TÉCNICA - AVISOS Y PERMISOS DE OBRA - INSPECCIONES OBLIGATORIAS - DECLARACIÓN DE INICIO AVANCE Y FINALIZACIÓN DE OBRA - FISCALIZACIÓN - CÓDIGO DE EDIFICACIÓN - DEROGA RESOLUCIONES 22-SSCC-07 - 18-AGC-12 - 119-AGC-12 - 120-AGC-12 - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
Publicación:
03/04/2019
Sanción:
28/03/2019
Organismo:
AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL - LEY 2624
VISTO:
Las Leyes Nros. 2.624 (texto consolidado Ley N° 6.017) y 6.100, el Decreto N°
58/GCABA/19, Resoluciones Nros. 22/SSCC/07, 18/AGC/12, 119/AGC/12 y
120/AGC/12, el Expediente Electrónico N° 2019-08953288-GCABA-AGC, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 2.624 se creó la Agencia Gubernamental de Control, entidad
autárquica en el ámbito del Ministerio de Justicia y Seguridad de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, a efectos de controlar, fiscalizar y regular, en el marco del ejercicio
del poder de policía, en lo que respecta al otorgamiento de permisos para ciertas
actividades y a las obras civiles, públicas y privadas, comprendidas por el Código de la
Edificación;
Que a través de la Ley N° 6.100 la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el
Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires que reemplaza al Anexo A de la
Ordenanza N° 34.421;
Que asimismo el Código de Edificación en su Artículo 2.1.11 enuncia que el
Profesional debe informar el inicio, avance y finalización de las obras de acuerdo a las
condiciones establecidas en los Reglamentos Técnicos que establezca la Autoridad de
Aplicación, y en su Artículo 2.1.14 establece que el organismo competente tiene la
facultad de inspeccionar las obras en ejecución y actuar sobre aquellas en
contravención;
Que en tal sentido, el artículo 3° del Decreto N° 58/GCABA/19 estipula que "la Agencia
Gubernamental de Control dictará las normas de aplicación en materia de
verificaciones especiales, de inspección respecto de la conservación y mantenimiento
de instalaciones, de terrenos, de inmuebles, de edificios y de obras, así como también
de obras de contravención y todo aquello que se encuentre relacionado con la
fiscalización y control";
Que el titular de la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras mediante IF-
09295812-GCABA-DGFYCO solicitó "...tener a bien arbitrar los medios necesarios
para poder emitir los actos administrativos correspondientes a fin de reglamentar las
cuestiones técnicas de los Artículos 2.1.11 y 2.1.14 del Nuevo Código de Edificación,
de acuerdo los IF-2019-09294255-GCABA-DGFYCO y IF-2019-09294355-GCABA-
DGFYCO...";
Que en atención a lo expuesto, deviene necesario dejar sin efecto las Resoluciones
Nros. 22/SSCC/07, 18/AGC/12, 119/AGC/12 y 120/AGC/12 y aprobar el procedimiento
para la Declaración de Inicio, Avance y Finalización de Obra y Fiscalización de obra;
Que oportunamente tomo intervención la Subsecretaría de Desarrollo Económico del
Ministerio de Economía y Finanzas mediante NO-2019-09494377-GCABA-SSDECO
prestando conformidad al proyecto bajo estudio;
Que la Dirección General Legal y Técnica de esta Agencia Gubernamental de Control
ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 11 inc. e) de la Ley N°
2.624,
Artículo 1°.- Apruébase la reglamentación técnica correspondiente al Artículo 2.1.11
"Declaración de Inicio, Avance y Finalización de Obra" (IF-2019-09294255-GCABA-
DGFYCO) y al Artículo 2.1.14 "Fiscalización de Obras" (IF-2019-09294355-GCABA-
DGFYCO) del Código de Edificación que como Anexos I y II forman parte integrante
de la presente.
Artículo 2°.- Facúltase a la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras -o el
organismo que en el futuro la reemplace- a dictar los actos administrativos y las
normas complementarias, aclaratorias y operativas que fueran necesarias para la
instrumentación de la presente.
Artículo 3°.-. Deróganse las Resoluciones Nros. 22/SSCC/07, 18/AGC/12,
119/AGC/12, 120/AGC/12.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a todas las Direcciones y Unidades de esta Agencia Gubernamental de
Control. Cumplido, archívese. Pedace