RESOLUCIÓN 296 2019 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS

Síntesis:

ESTABLECE - RÉGIMEN GENERAL DE AGENTES DE RECAUDACIÓN - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - AGENCIA GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PÚBLICOS - VIGENCIA A PARTIR DEL 01 DE ENERO DE 2020.

Publicación:

20/11/2019

Sanción:

15/11/2019

Organismo:

ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS


VISTO: LOS TÉRMINOS DE LA RESOLUCIÓN N° 939/AGIP/2013 (BOCBA N° 4302),

SUS MODIFICATORIAS Y COMPLEMENTARIAS, Y

CONSIDERANDO:

Que por la norma antes citada, se estableció un Régimen General de Agentes de

Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, resultado de la recopilación y

unificación de la normativa vigente hasta dicho momento;

Que en virtud del funcionamiento del citado Régimen y atendiendo a razones de

Administración Tributaria, resulta necesario introducir modificaciones al mismo con el

objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los Agentes de

Recaudación;

Que asimismo, deviene oportuno realizar un nuevo compendio normativo que refleje

los cambios incorporados por las sucesivas resoluciones, en aras de facilitar la

difusión e incrementar la observancia de las normas tributarias por parte de los

contribuyentes y responsables.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 19) del artículo 3° del

Código Fiscal (t. o. 2019),

EL ADMINISTRADOR GUBERNAMENTAL

DE INGRESOS PUBLICOS

RESUELVE

Artículo 1°.- Establécese un Régimen General de Agentes de Recaudación del

Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para los sujetos que desarrollan actividades en la

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo que se indica en los Anexos I

a V (Anexo I IF-35698297-GCABA-AGIP/2019, Anexo II IF-35699101-GCABA-

AGIP/2019, Anexo III IF-35699678-GCABA-AGIP/2019, Anexo IV IF-35700332-

GCABA-AGIP/2019 y Anexo V IF-35700712-GCABA-AGIP/2019), los que a todos sus

efectos forman parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2°.- Abrógase la Resolución N° 939/AGIP/2013, sus modificatorias y

complementarias.

Artículo 3°.- La presente Resolución rige a partir del 01 de enero de 2020.

Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su

conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas. Cumplido,

archívese. Ballotta


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5745- ANEXO I

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5745- ANEXO II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5745- ANEXO IIINOMINA RÉGIMEN ESPECIAL FABRICANTES Y MAYORISTAS DE TABACO Y AFINES

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5745- ANEXO IV - ALÍCUOTAS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5745- ANEXO V -MODELO CONSTANCIA DE RETENCIÓN EFECTUADA

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

DEROGADA POR
<p>Artículo 2° de la Resolucion N° 352-AGIP-22 abroga la Resolucion N° 296-AGIP-19.<br /> </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Artículo 10 de la Resolución N° 329-AGIP/19 establece que las alícuotas morigeradas formarán parte del Padrón de Alícuotas Diferenciales - Regímenes Particulares, de acuerdo a lo establecido en el Capítulo I del Título IV del Anexo I de la Resolución N° 296/AGIP/2019,</p>
INTEGRADA POR
<p>Artículo 14 de la Resolución N° 305-AGIP/19 establece que las disposiciones generales fijadas en la Resolución N° 296-AGIP/2019 resultan de aplicación al régimen particular de retención del Impuesto sobre los Ingresos Brutos respecto de las ventas de cosas muebles, locaciones y prestaciones de obras y/o servicios cuyo pago se efectúe con la intervención o por medio de una plataforma o sitio web, aplicaciones informáticas, interfaces, páginas de Internet y/o cualquier otro medio electrónico o digital.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 95-AGIP/14 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 290-AGIP/14 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 353-AGIP/14 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 599-AGIP/14 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 691-AGIP/14 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 710-AGIP/14 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 272-AGIP/15 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 432-AGIP/15 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 40-AGIP/16 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 421-AGIP/16 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 486-AGIP/16 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 142-AGIP/17 modificatoría de la Resolución 939-AGIP/13 a partir del 01/01/2020.</p>
DEROGA
<p>Artículo 2 de la Resolución 296-AGIP/19 abroga la Resolución 939-AGIP/13 sus modificatorias y complementarias, a partir del 01/01/2020.</p>