RESOLUCIÓN 352 2022 ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
Síntesis:
VIGENCIA ESPECIAL A PARTIR DEL 1° DE ENERO DE 2023.- ESTABLECE - RÉGIMEN GENERAL DE AGENTES DE RECAUDACIÓN - IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS - SUJETOS QUE DESARROLLAN ACTIVIDADES EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - SE ABROGAN LAS RESOLUCIONES N° 296-AGIP-19 Y 305-AGIP-19 - ADMINISTRACION GENERAL DE INGRESOS PUBLICOS
Publicación:
29/11/2022
Sanción:
22/11/2022
Organismo:
ADMINISTRACION GUBERNAMENTAL DE INGRESOS PUBLICOS
El texto actualizado muestra el último texto de la norma, recogiendo todas las reformas introducidas desde su dictado. Se presenta con fines exclusivamente informativos, para servir como herramienta de consulta.
Fecha de actualización: 23/12/2025
VISTO: Los términos de las Resoluciones Nros. 296-GCABA-AGIP/19 (BOCBA N°
5745) y 305- GCABA-AGIP/19 (BOCBA N° 5753), y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución N° 296-GCABA-AGIP/19 se estableció un Régimen General de
Agentes de Recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, resultado de la
recopilación y unificación de la normativa vigente hasta dicho momento;
Que en virtud del funcionamiento del citado Régimen y atendiendo a razones de
Administración Tributaria, resulta necesario introducir modificaciones al mismo con el
objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de los Agentes de
Recaudación;
Que asimismo, deviene oportuno realizar un nuevo compendio normativo que refleje
los cambios incorporados, en aras de facilitar la difusión e incrementar la observancia
de las normas tributarias por parte de los contribuyentes y responsables.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso 16) del artículo 4° del
Código Fiscal aprobado por la Ley N° 6.505 (BOCBA N° 6285) y su modificatoria Ley
N° 6.561 (BOCBA N° 6471),
Artículo 1°.- Establécese un Régimen General de Agentes de Recaudación del
Impuesto sobre los Ingresos Brutos, para los sujetos que desarrollan actividades en la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad a lo que se indica en los Anexos I
a VI, los que a todos sus efectos forman parte integrante de la presente Resolución
(ANEXO I IF-2022-43012781-GCABA-AGIP , ANEXO II IF-2022-43014623-
GCABA-AGIP , ANEXO III IF-2022-43015353-GCABA-AGIP , ANEXO IV IF-2022-
43015913-GCABA-AGIP , ANEXO V IF-2022-43016408-GCABA-AGIP , ANEXO VI
IF-2022-43016972-GCABA-AGIP ).
Artículo 2°.- Abróganse las Resoluciones Nros. 296-GCABA-AGIP/19 y 305-GCABA-
AGIP/19.
Artículo 3°.- La presente Resolución rige a partir del 1° de enero de 2023.
Artículo 4°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su
conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Rentas. Cumplido
archívese. Ballotta