LEY 6438 2021
Síntesis:
VIGENCIA ESPECIAL A PARTIR DE LOS 60 DÍAS HÁBILES DESDE SU PUBLICACIÓN EN EL BOLETÍN OFICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - SE MODIFICA - ANEXO A - CÓDIGO DE EDIFICACIÓN - ORDENANZA N° 34421 - TEXTO CONSOLIDADO POR LEY N° 6347
Publicación:
17/08/2021
Sanción:
08/07/2021
Organismo:
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Promulgación:
30/07/2021
Buenos Aires, 3 de agosto de 2021
En virtud de lo prescripto en el artículo 86 de la Constitución de la Ciudad Autónomade Buenos Aires, certifico que la Ley N° 6.438 (Expediente Electrónico N° 21030083-GCABA-DGALE-2021), sancionada por la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en su sesión del día 8 de julio de 2021, ha quedado automáticamentepromulgada el día 30 de julio de 2021.Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, gírese copia a laLegislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por intermedio de la DirecciónGeneral de Asuntos Legislativos, y para su conocimiento y demás efectos, remítase ala Jefatura de Gabinete de Ministros. Cumplido, archívese. Montiel