DECRETO 1949 2005

Síntesis:

DEROGA DISTINTOS INCISOS DE LOS DECRETOS N° 703-01 Y N° 176-02 Y AL DECRETO N° 1331-05 - REMUNERACIONES - RETRIBUCIONES DE FUNCIONARIOS - PODER EJECUTIVO - AUTORIDADES SUPERIORES - SUBSECRETARIOS CON DEPENDENCIA DIRECTA DEL ÁREA JEFE DE GOBIERNO - DIRECTORES GENERALES CON FUNCIÓN CRÍTICA ALTA MEDIA Y BAJA - ADJUNTOS - SUBDIRECTORES GENERALES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS

Publicación:

11/01/2006

Sanción:

29/12/2005

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto los Decretos N° 703/01 (B.O. N° 1203), N° 176/02 (B.O. N° 1390), N° 986/04 (B.O. N° 1953), modificado y complementado por su similar N° 583/05 (B.O. N° 2187), y N° 1.331/05 (B.O. N° 2282) y el Expediente N° 89.054/05, y;

CONSIDERANDO:

Que, atento la grave situación económica por la que atravesaba el país en 2001, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires implementó una política de severa austeridad y ahorro, en el marco de la cual en mayo de dicho año, por Decreto N° 703/01, se redujeron las retribuciones mensuales brutas y el sueldo anual complementario de los funcionarios dependientes del Poder Ejecutivo;

Que, declarada la emergencia económica y financiera de la Ciudad mediante la Ley N° 744, en febrero de 2002 se entendió necesario profundizar la reducción de los niveles remunerativos de las autoridades superiores del Gobierno, dictándose así el Decreto N° 176/02;

Que desde la crisis aludida, que fuera superada por este Gobierno con políticas públicas responsables como la señalada, hasta la actualidad, el presupuesto de la Administración de la Ciudad se ha incrementado hasta casi duplicar el existente en los ejercicios donde se cristalizaran las serias restricciones que fueran de público y notorio conocimiento;

Que el presente contexto económico permitió implementar, entre otras, medidas en materia de recursos humanos como la consagrada por el Decreto N° 986/04, modificado y complementado por su similar N° 583/05, en cuyo marco se aprobó el nuevo Escalafón General para el Personal de Planta Permanente de la Administración Pública del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, poniéndose a su vez en funcionamiento un sistema de carrera administrativa, mejorando su situación salarial e incentivando su profesionalización;

Que, como consecuencia de ello, muchos trabajadores de esta Administración han obtenido, como justa retribución a su desempeño, haberes que llegan a superar aquellos que perciben las autoridades superiores que dependen de este Poder Ejecutivo, quienes aún son remunerados con las sumas a que diera lugar el dictado de las normas restrictivas precedentemente mencionadas;

Que, con la intención que la remuneración de los Directores Generales o funcionarios con nivel o retribución equivalente, se componga de una asignación única de carácter remunerativo, fue dictado el Decreto N° 1.331/05;

Que, al mismo tiempo, en todas las jurisdicciones del Gobierno se han instrumentado sistemas que, encuadrados en una ambiciosa reforma del sector público, han permitido modernizar los circuitos administrativos y optimizar las prestaciones que el Estado dirige hacia la sociedad;

Que, evaluadas las circunstancias descriptas, se entiende necesario actualizar las remuneraciones de los funcionarios superiores que dependen de este Poder Ejecutivo, retribuyéndoselos con sumas acordes al compromiso que asumen diariamente, según el grado de responsabilidad que ostentan;

Que han tenido las intervenciones de su competencia las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto;

Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

EL JEFE DE GOBIERNO

DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Deróganse el artículo 1°, incisos b), c) y d) del Decreto N° 703/01, el artículo 1°, incisos b), c) y d) del Decreto N° 176/02 y el Decreto N° 1.331/05.

Artículo 2° - Fíjanse las remuneraciones de las autoridades superiores dependientes del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los porcentajes que, sobre la base de la retribución bruta mensual que percibe el/la titular de cada Secretaría y de las reparticiones con rango, nivel o retribución equivalente, se establecen a continuación: Subsecretario/a con dependencia directa del Área Jefe de Gobierno y titular de repartición con rango, nivel o retribución equivalente, 87%; Subsecretario/a y titular de repartición con rango, nivel o retribución equivalente, 85%; Director/a General con función crítica alta, su instancia adjunta y titular de repartición con rango, nivel o retribución equivalente, 75%; Director/a General con función crítica media, su instancia adjunta y titular de repartición con rango, nivel o retribución equivalente, 65%; Director/a General con función crítica baja, su instancia adjunta y titular de repartición con rango, nivel o retribución equivalente, 45%; Subdirectores/as Generales de la Dirección General de Rentas y titular de repartición con rango, nivel o retribución equivalente, 27%.

Artículo 3° - El presente decreto es de aplicación a partir del 1° de enero de 2006.

Artículo 4° - El presente decreto es refrendado por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y remítase a la Dirección General de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Dec. 350-06 Modifica el Dec. 1949-05 que establecía remuneraciones de funcionarios anteriores a la Ley de Ministerios.
MODIFICADA POR
Dec. 664-08 Modifica las remuneraciones de las autoridades superiores del Poder Ejecutivo, establecidas en el Dec. 1949-05
MODIFICADA POR
Dec. 2075-07 Modifica el Dec. 1949-05 en lo referente sueldos de funcionarios
INTEGRADA POR
Dec. 125-09 El Administrador del J. Botánico Carlos Thays, tendrá una remuneración equivalente a DG en los términos del art. 2 Dec. 1949-05 (modificado por el art. 4 del Dec. 2075)
INTEGRADA POR
Dec. 153-08 La remuneración del Coordinador de la Unidades Funcionales se ajustará en los términos del art. 2° del Dec. 1949-05, modificado por el Dec. 2075-07
MODIFICA
Art. 1 Dto. 1949-05 deroga Art. 1 incisos b), c) y d) del Dto. 703-01.
MODIFICA
<p>Art. 1 del Decreto 1949-05 deroga art. 1 incisos b) c) y d) del Decreto 176-02.-</p>
DEROGA
Art. 1 Dto. 1949-05 Deroga Dto. 1331-05.
COMPLEMENTADA POR
Dec. 315- 06 Equipara el monto de la remuneración del D.G de Educación con la de los funcionarios, equivalentes en rango y nivel, establecidos en el Dec. 1949-05