RESOLUCIÓN 2302 2007 MINISTERIO DE EDUCACION

Síntesis:

PRORROGA EL PROYECTO PEDAGÓGICO COMPLEMENTARIO DURANTE EL CICLO LECTIVO 2007

Publicación:

30/07/2007

Sanción:

20/06/2007

Organismo:

MINISTERIO DE EDUCACION


Visto la Carpeta N° 2.568-MEGC/07, y

CONSIDERANDO:

Que conforme lo establece la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es objetivo central de la política educativa del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires avanzar hacia la plena inclusión educativa en el sistema escolar de los jóvenes y adolescentes, afianzando su retención y su reinserción en los casos que fuera necesario;

Que la mejora de la educación constituye una cuestión prioritaria para el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que los primeros años de la escolaridad secundaria presentan dificultades a los estudiantes debido al cambio de organización institucional y curricular, que ameritan un acompañamiento mayor;

Que en los últimos años se implementó en distintas escuelas medias de la Ciudad de Buenos Aires, con carácter experimental, un Proyecto Pedagógico Complementario que contempla la inclusión de horas institucionales para apoyar y acompañar, a través de distintas actividades complementarias, el proceso de aprendizaje de los estudiantes del ciclo básico;

Que la Dirección de Área de Educación Media y Técnica y la Dirección General del Planeamiento evaluaron positivamente esta experiencia;

Que es necesario dar continuidad a aquellos recursos que permitieron fortalecer la enseñanza en los ciclos básicos de las distintas modalidades de la educación media;

Que la Dirección General de Coordinación Legal e Institucional tomó la intervención que le compete;

Por ello,

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1° - Prorrógase, durante el Ciclo Lectivo 2007, el Proyecto Pedagógico Complementario aprobado por Resolución N° 1.138-SED/04 en las Escuelas de Educación Media N° 2 del D.E 16 y N° 4 del D.E. 19, y en las nuevas secciones del turno mañana de la Escuela de Educación Media N° 6 del D.E. 1.

Artículo 2° - Prorrógase, durante el Ciclo Lectivo 2007, el Proyecto Pedagógico Complementario aprobado por Resolución N° 512-SED/04 para la Escuela de Educación Media N° 2 del D.E. 20.

Artículo 3° - Incorpórase para el Ciclo Lectivo 2007, el Proyecto Pedagógico Complementario en la Escuela de Educación Media N° 3 del D.E. 10, creada por Decreto N° 956/05, en la cual se implementa el plan de estudios aprobado por el Anexo I de la Resolución N° 512-SED/04.

Artículo 4° - Establécese que el Proyecto Pedagógico Complementario prorrogado por los artículos 1°, 2° y 3° de la presente, contemplará tareas de apoyo al estudio y rendimiento académico de los estudiantes; estímulo y apoyo a la escolaridad; el tratamiento de problemáticas de adolescentes y jóvenes con impacto en su vida escolar, y actividades optativas destinadas a la atención y diversificación de intereses de sus alumnos y de su relación con la comunidad.

Artículo 5° - Establécese que en las Escuelas de Educación Media N° 3 del D.E. 10, N° 2 del D.E. 16 y N° 4 del D.E. 19 y en las nuevas secciones del turno mañana de la Escuela de Educación Media N° 6 del D.E. 1, las actividades del Proyecto Pedagógico Complementario comprenderán diez (10) horas cátedra semanales por cada curso y división de 1° y 2° año, las que serán asignadas según la distribución de proyectos que presentarán las Direcciones de las escuelas involucradas a la Dirección de Área de Educación Media y Técnica.

Artículo 6° - Establécese que en la Escuela de Educación Media N° 2 del D.E. 20, las actividades del Proyecto Pedagógico Complementario comprenderán diecisiete (17) horas cátedra semanales por cada curso y división de 1° y 2° año, las que serán asignadas según la distribución de proyectos que presentará la Dirección de dicha escuela a la Dirección de Área de Educación Media y Técnica.

Artículo 7° - Establécese que los docentes a cargo de los proyectos que se realicen en el marco del Proyecto Pedagógico Complementario serán designados a término y a propuesta fundada de la Dirección del establecimiento educativo, refrendada por la Dirección de Área de Educación Media y Técnica, entre los docentes de su plantel o especialistas externos atendiendo a la especificidad de los proyectos.

Artículo 8° - Dispónese que la evaluación del Proyecto Pedagógico Complementario estará a cargo conjuntamente de la Dirección de Área de Educación Media y Técnica y de la Dirección General de Planeamiento.

Artículo 9° - Encomiéndase a la Dirección General de Planeamiento y a la Dirección de Área de Educación Media y Técnica, a partir de la evaluación del Proyecto Pedagógico Complementario, la elaboración de los criterios de distribución de las horas de cátedra para el Proyecto Pedagógico Complementario a ser aplicado a partir de 2008 en las escuelas que lo desarrollan.

Artículo 10 - Impútase el gasto que demande la implementación del Proyecto Pedagógico Complementario aprobado por la presente resolución a Jurisdicción 55 - Inciso 1° - Partida Principal 1 - Programa 17 Educación de Gestión Pública.

Artículo 11 - Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese por copia a las Subsecretarías de Educación y de Coordinación de Recursos y Acción Comunitaria, a las Direcciones Generales de Educación, de Planeamiento, de Coordinación Financiera y Contable y de Coordinación Legal e Institucional y a la Dirección de Área de Educación Media y Técnica. Cumplido, archívese.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
Res. 4340-MEGC-08 Prorroga el Proyecto Pedagógico Complementario -año 2008, en la escuela 3- DE 10, aprobado por Res. 2302-MEGC-07
MODIFICADA POR
Res. 94-SSGECP-13 prorroga términos Res. 2302-MEGC-07 Aprobación proyecto Pedagógico Complementario
MODIFICADA POR
Res. 2689-MEGC-09 Incorpora para el año 2009 en el PPC, la Escuela de EM 6 del DEr 5 creada por la Res. 750-MEGC-
MODIFICADA POR
Res. 2689-MEGC-09 Prorroga para el año 2009 el PPC, aprobado por la Res. 2302-SED-06
MODIFICADA POR
Res. 3254-10, Art. 4° prorroga el Proyecto Pedagógico Complementario aprobado por Art. 3° de la Res. 2302-07
MODIFICADA POR
Res. 460-SSIEYCP-11 prorroga términos de la Res. 2302-MEGC-07 Aprobación proyecto pedagógico complementario
MODIFICADA POR
Art. 1 Res 561-SSGECP-13 prorroga durante el Ciclo Lectivo 2013, el Proyecto Pedagógico Complementario que implemento la Resolución 2302-MEGC-07.
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución Nro 4-SSGECP-15: Prorroga, durante el Ciclo Lectivo 2014, el Proyecto Pedagógico Complementario que implementó la Resolución Nro 2302-MEGC-07.</p>
MODIFICA
Res. 2302-07, Art. 2° prorroga por el año 2007 el Proyecto Pedagógico Complementario aprobado por Res. 512-04
MODIFICA
Res. 2302-07 prorroga durante el año 2007 el Proyecto Pedagógico Complementario aprobado por Res. 1138-04
MODIFICA
Res. 2302-07 establece la aplicación del Proyecto Pedagógico Complementario aprobado por el Anexo I de la Res. 512-SED-04 en la Escuela de Educación Media N° 3 DE 10, creada por Dto. 956-05