DECRETO 121 2008

Síntesis:

SE APRUEBA LA LICITACIÓN PÚBLICA INTERNACIONAL N° 1-07 Y SE ADJUDICAN LAS OBRAS A LA FIRMA GHELLA SA - PROGRAMA DE GESTIÓN DE RIESGO HÍDRICO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES - CONTRATACIÓN DE OBRAS TÚNELES ALIVIADORES DEL EMISARIO PRINCIPAL DEL ARROYO MALDONADO Y OBRAS COMPLEMENTARIAS - PREDIO - AV COSTANERA RAFAEL OBLIGADO - EL ARROYO UGARTECHE - RÍO DE LA PLATA - PUNTA CARRASCO SA - EXPROPIACIÓN DE INMUEBLE - CALLE CORONEL NICETO VEGA - DARWIN - CABRERA - AV JUAN B JUSTO

Publicación:

21/02/2008

Sanción:

14/02/2008

Organismo:

GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES


Visto las Leyes Nros. 93 y 1.660; el Convenio de Préstamo N° 7.289-AR suscripto con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), los Decretos Nros. 1.960/99 (B.O.C.B.A. N° 803), 951/05 (B.O.C.B.A. N° 2226), N° 1.149/06 (B.O.C.B.A. N° 2516), 2.345/06 (B.O.C.B.A. N° 2602), 599/07 (B.O.C.B.A. N° 2676), 2.075/07 (B.O.C.B.A. N° 2829) y 1.994/07 (B.O.C.B.A. N° 2833), la Resolución Conjunta N° 170-MH-MPyOP/06, modificada por Resolución Conjunta N° 443-MH-MPyOP/07, el Expediente N° 29.812/05 y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto N° 599/07 se aprobó el pliego de bases y condiciones titulado: Documento de Licitación, Contratación de Obras Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias, Licitación Pública Internacional N° LPI-N° 1/2007, Contratante: Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, País: República Argentina, para la licitación de las mencionadas obras en el marco de la Ley N° 1.660 y su reglamentación, el Convenio de Préstamo BIRF N° 7.289-AR, y demás normas de la Ciudad de Buenos Aires y de la República Argentina;

Que en el artículo 4° del decreto precitado, se delegó en la entonces Dirección General de Relaciones con el Banco Mundial, con acuerdo de la Comisión de Evaluación, Seguimiento y Desarrollo de los Procedimientos Licitatorios y de la ejecución de las obras de readecuación de la red de desagües pluviales de la cuenca del Arroyo Maldonado y las medidas complementarias que contiene el Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, creada por la Resolución N° 170-MH-MPyOP/06, las facultades de dictar los actos administrativos necesarios para materializar la contratación hasta la recomendación de adjudicación;

Que por Decreto N° 1.149/06, se aprobó el Manual Operativo del Programa de Gestión del Riesgo Hídrico de la Ciudad, el cual detalla las funciones, facultades y competencias con que contaba la mencionada Dirección General, que en su Capítulo X Procedimiento de Desembolsos, establece las modalidades y lineamientos para los desembolsos de los recursos del Préstamo BIRF N° 7.289-AR para el financiamiento de dicho programa, disponiendo que el retiro y utilización de los fondos del préstamo se implementará, entre otros, por medio de pagos directos efectuados desde la Cuenta Préstamo, por lo cual corresponde escoger ese método de desembolso, por razones operativas de oportunidad, mérito y conveniencia;

Que efectuado el acto de apertura de propuestas, se presentaron las empresas o grupos empresarios, previamente precalificados mediante Decreto N° 2.345/06, de conformidad con el documento aprobado por el Decreto N° 951/05, a saber: Ghella S.P.A., Seli S.P.A. - Dycasa S.A. y Odebrecht S.A. - Supercemento S.A.I.C.;

Que los resultados de la evaluación económica actualizada de los costos y beneficios de las obras previstas, ratifican la robustez de la factibilidad del proyecto, demostrando que el mismo a lo largo de su vida útil aportará a la sociedad un flujo neto de beneficios equivalentes a un valor actual de pesos doscientos treinta y cinco millones ($ 235.000.000), y una tasa interna de retorno de dieciocho punto siete por ciento (18,7%);

Que la comisión creada por Resolución Conjunta N° 170-MH-MPyOP/06, mediante Acta N° 24 aprobó el informe de evaluación final, recomendando al entonces Director General de Relaciones con el Banco Mundial cursar el pedido de no objeción al BIRF, el cual con fecha 12 de noviembre de 2007 comunicó su aprobación a la adjudicación, y remitir los actuados a la Procuración General de la Ciudad, en los términos de la Ley N° 1.218, a fin de que ésta se expida respecto de la adjudicación del contrato;

Que por otra parte, mediante Decreto N° 2.075/07 se aprobó la nueva Estructura Orgánico Funcional del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, estableciendo las responsabilidades primarias de la Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial, atribuyendo a este organismo, entre otras, las funciones de asistir al Ministerio de Hacienda en la planificación, coordinación e instrumentación de la ejecución y administración de los préstamos celebrados con el Banco Mundial en los cuales la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sea elegible, asistir al Ministerio de Hacienda en la planificación, coordinación e instrumentación de la ejecución y administración de convenios de asistencia técnica con el Banco Mundial y de ejercer la facultades previstas por la Ley N° 93 y su reglamentación para el Proyecto de Protección contra Inundaciones (Préstamo BIRF N° 4.117-AR), las que serán también aplicables al Programa de Gestión de Riesgo Hídrico aprobado por la Ley N° 1.660 (Préstamo BIRF N° 7.289-AR);

Que asimismo en el mencionado decreto, el Ministerio de Desarrollo Urbano es el organismo administrativo continuador del anteriormente denominado Ministerio de Planeamiento y Obras Públicas;

Que atento el cambio de gobierno producido el día 9 de diciembre de 2007, se tornó abstracta la integración de la comisión creada por la Resolución Conjunta N° 170-MH-MPyOP/06 y su modificatoria, debido a la renuncia de todos sus integrantes;

Que la cláusula 10.4 de las condiciones especiales de contrato del pliego de bases y condiciones, establece que los precios del contrato son ajustables, fijando las modalidades para dichos ajustes, siendo conveniente, de acuerdo a las funciones y competencias establecidas en la normativa vigente, delegar en la Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial dependiente de la Dirección General de Crédito Público del Ministerio de Hacienda, la aprobación de los mismos, con acuerdo, en los casos que corresponda, del BIRF;

Que asimismo, por razones operativas relacionadas con el cumplimiento de los plazos establecidos en el pliego para la cancelación de los certificados de obra, resulta oportuno y conveniente facultar al Subdirector General de Relaciones con el Banco Mundial para suscribir los certificados provisorios de avance de obra emitidos por el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) que corresponden a la obra objeto del presente decreto;

Que por otra parte la Ley N° 1.660 en su artículo 6° declaró la utilidad pública del subsuelo de los bienes necesarios para la ejecución de las obras en los términos del artículo 4° de la Ley N° 238,

autorizando al Poder Ejecutivo, en caso de ser necesario, a disponer la revocación total o parcial de la concesión del predio sito entre Av. Costanera Rafael Obligado, el arroyo Ugarteche y el Río de la Plata, explotado actualmente por la sociedad Punta Carrasco S.A., el cual integra el dominio público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Que en ejercicio del poder de policía que le es inherente como principio general en materia dominial, la Administración se encuentra facultada para proceder directamente por sí misma, en forma unilateral, por auto tutela y a través de sus propias resoluciones ejecutorias, a los fines de recuperar y disponer del bien de dominio público en cuestión conforme a las necesidades del interés público;

Que en virtud del Decreto N° 1.994/07 se ha modificado el espacio disponible en dicho predio como área destinada a fin de ser cedida en forma temporal al adjudicatario de las obras a los efectos de la construcción de las mismas, respecto de lo que se encontraba previsto en la ET 107, art. 3°, apartado 3.1, inc. 1) y plano PE-TM-ODB-C-161 del documento de licitación aprobado por el Decreto N° 599/07, según surge del convenio suscripto el 15 de noviembre de 2007 entre el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, la empresa Autopistas Urbanas S.A. y la firma Punta Carrasco S.A.;

Que asimismo, en el artículo 7° de la Ley N° 1.660, se declaró la utilidad pública del inmueble identificado como Plancheta N° 12,

Manzana 79 A, Sección 33, Circunscripción 17, correspondiente al Distrito E3, localizado entre las calles Coronel Niceto Vega, Darwin, Cabrera y Av. Juan B. Justo, que fuera oportunamente desafectado del dominio público por el Estado Nacional y actualmente de dominio privado del Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE);

Que desde el año 2005 se encuentran en curso diversas gestiones tendientes a obtener la disponibilidad física y legal respecto de los predios mencionados, habiendo recaído actualmente esas gestiones, por razones de competencia, en el Ministerio de Desarrollo Económico respecto de los terrenos situados en el área de Punta Carrasco y en Ministerio de Hacienda respecto del predio de dominio privado del Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE);

Que habiéndose procedido a la evaluación de las ofertas, y propiciándose por el presente decreto la adjudicación del contrato, se dará inicio a la obra pública en fecha próxima, requiriéndose la disponibilidad de los terrenos arriba individualizados en atención al interés público comprometido;

Que cabe destacar que una vez que la Ciudad de Buenos Aires tome posesión de los espacios referidos para su posterior entrega al adjudicatario, se prevé que los terrenos de Punta Carrasco, por ser necesarios para establecer el obrador, la planta de fabricación de dovelas, el comienzo del pozo de acceso a los túneles y la obra de descarga, se necesitan a partir de la firma del acta de inicio de las obras; mientras que el predio localizado entre las calles Coronel Niceto Vega, Darwin, Cabrera y Av. Juan B. Justo, actualmente de dominio privado del Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE), deberá estar disponible a principios del noveno mes contado a partir del acta de inicio, a fin de iniciar la movilización de los equipos, efectuar eventuales demoliciones, construcciones provisorias, alambrados y para el acondicionamiento previo del terreno;

Que en el marco de las actuaciones que corren bajo el Expediente N° 90.150/06, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires ha recomendado mediante Dictamen N° 57.505, la inmediata desocupación del predio ocupado por la empresa Punta Carrasco S.A., dada la urgencia para la utilización de las áreas que se encuentran comprometidas en las obras del Convenio de Préstamo BIRF, cuyo contrato de concesión expira el 26 de enero del corriente año. Asimismo, en el Expediente N° 13.343/04, la Procuración General en Dictamen N° 58.113, consideró procedente la expropiación del predio identificado en el artículo 7° de la Ley N° 1.660 mediante la vía del avenimiento, aconsejando preparar en forma supletoria la demanda judicial para el caso de que fracase esa vía, atento la urgencia señalada en obtener la disponibilidad de ese terreno;

Que asimismo, la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires, de conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 1.218, ha intervenido en las presentes actuaciones en el ámbito de su competencia;

Por ello, en uso de las facultades que le son propias (artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires),

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1° - Apruébase la Licitación Pública Internacional N° 1/07, para las obras de los Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias, en el marco del Programa de Gestión de Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, la Ley N° 1.660 y su reglamentación, el Convenio de Préstamo BIRF N° 7.289-AR, y demás normas de la Ciudad de Buenos Aires y de la República Argentina.

Artículo 2° - Adjudícase a la firma Ghella S.p.A, el contrato de la obras públicas mencionadas en el artículo precedente, por un monto total de pesos doscientos setenta y nueve millones trescientos cincuenta y tres mil setecientos veinte con 73/100 ($ 279.353.720,73), con más dólares estadounidenses cincuenta y seis millones ochocientos setenta y cuatro mil doscientos veinticinco con 59/100 (U$D 56.874.225,59).

Artículo 3° - El Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires utilizará como método de desembolso el pago directo al contratista por parte del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (BIRF), en la parte correspondiente al financiamiento por el Préstamo N° 7.289-AR, para la cancelación de cada uno de los certificados que se emitan, atento a lo establecido en el Manual Operativo del Programa de Gestión del Riesgo Hídrico de la Ciudad de Buenos Aires, Capítulo X Procedimiento de Desembolsos, Apartado X.3 Modalidades de Retiro y Utilización de los Fondos del Préstamo, inciso b.

Artículo 4° - Las erogaciones con causa en el contrato de la obra que se adjudica serán imputadas a las partidas presupuestarias correspondientes al presente ejercicio y previsionadas en los ejercicios presupuestarios subsiguientes, según sus montos y plazos de ejecución.

Artículo 5° - Facúltase al Subdirector General de Relaciones con el Banco Mundial a emitir todos los actos administrativos necesarios para la consecución de la obra, según lo establecido por el documento de licitación aprobado por el Decreto N° 599/07, con el acuerdo, en los casos que corresponda, del BIRF, con excepción de aquellos que modifiquen el contrato, en lo concerniente a plazos de ejecución, obra nueva o incremento en el monto contractual, ya sea por obra nueva o por redeterminación de precios.

Artículo 6° - Establécese que el señor Subdirector General de Relaciones con el Banco Mundial tendrá a su cargo la suscripción de los certificados provisorios de avance de obra emitidos por el Sistema Integrado de Gestión y Administración Financiera (SIGAF) que corresponden a la obra objeto del presente decreto.

Artículo 7° - Instrúyese a la Dirección General de Concesiones dependiente del Ministerio de Desarrollo Económico, para que efectivice la disponibilidad del predio sito entre Av. Costanera Rafael Obligado, el arroyo Ugarteche y el Río de la Plata, que actualmente ocupa la firma Punta Carrasco S.A., y que resulta necesario para llevar adelante dicho contrato, de acuerdo a la ET 107, artículo 3°, apartado 3.1, inciso 1) y plano PE-TM-ODB-C-161 del documento de licitación aprobado por el Decreto N° 599/07, modificado de acuerdo al plano que como Anexo I, forma parte integrante del presente decreto.

Artículo 8° - Instrúyese a la Dirección General de Escribanía General dependiente del Ministerio de Hacienda, para que efectivice la disponibilidad del inmueble identificado como Plancheta N° 12, Manzana 79 A, Sección 33, Circunscripción 17, correspondiente al Distrito E3, localizado entre las calles Coronel Niceto Vega, Darwin, Cabrera y Av. Juan B. Justo, que fuera oportunamente desafectado del dominio público por el Estado Nacional y actualmente de dominio privado del Organismo Nacional de Administración de Bienes del Estado (ONABE), llevando adelante, en caso de ser necesario, los procedimientos tendientes a su expropiación, en virtud de lo establecido por la Ley N° 238.

Artículo 9° - El presente decreto es refrendado por los señores Ministros de Hacienda, de Desarrollo Económico, de Desarrollo Urbano, y por el señor Jefe de Gabinete.

Artículo 10 - Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y en el sitio de Internet de la Ciudad de Buenos Aires. Remítase a los Ministerios de Hacienda, de Desarrollo Económico, de Desarrollo Urbano y a la Subdirección General de Relaciones con el Banco Mundial para la prosecución de su trámite. Cumplido, archívese.

NOTA: el Anexo que forma parte integrante del presente decreto puede ser consultado previa solicitud por escrita dirigida al Departamento Registro, que debe presentarse en la Mesa de Entradas de la Secretaría Legal y Técnica, Avenida de Mayo 525, piso 4°, oficina 422, de lunes a viernes, de 10 a 18 horas.

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 1 del Decreto 729-10 modifica los términos de los artículos 5 y 6 del Decreto 121-08.</p>
REFERENCIA
REFERENCIA
INTEGRADA POR
Disp 2-SDGRBM-09 presta conformidad para la renovación del certificado Ambiental N° 2405, para las obras adjudicadas mediante Dto 121-08
INTEGRADA POR
Res. 42-10 aprueba reconocimiento del Impuesto a los Ingresos Brutos solicitado por Ghella SPA, adjudicataria de la Licitación Pública Internacional N° 1-07 por Dto. 121-08
INTEGRADA POR
Res 442-MDU-10 Autoriza a la Dirección General Seguros a llevar a cabo una contratación directa, de la póliza de Seguro de Daño Ambiental de Incidencia para la Licitación adjudicada mediante Dto 121-08
INTEGRADA POR
Res. 486-MDUGC-010 aprueba lacontratación de pólizas para la obra licitación pública internacional 1-07, adjudicada por Dec. 121-08
COMPLEMENTADA POR
Res. N° 104-SSPUAI-10 ratifica las Adendas II y III, modificatorias del Contrato de Obra "Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias",correspondiente a Licitación Pública Internacional 1-07 que fue aprobada y adjudicada a la firma Ghella SpA por el Decreto N° 121-08
INTEGRADA POR
Dec. 548-11 aprueba el Acta Acuerdo con la Empresa Ghella SpA Lic. Pública - LPI 1-07 - adjudicataria por Dec. 121-08
INTEGRADA POR
Art. 1 Res. 104-SSPUAI-13 fija fecha de recepción definitiva de las Obras, Túneles Aliviadores del Emisario Principal del Arroyo Maldonado y Obras Complementarias, por Licitación Pública Internacional 1-2007 adjudicada mediante Dec. 121-08.
INTEGRA
Dto 121-08 aprueba la LP internacional 1-07, convocada mediante Dto 599-07