LEY 3281 2009

Síntesis:

ESTABLECE CONDICIONES PARA CAMBIOS DE PRODUCTOS EN COMERCIOS - CIUDAD DE BUENOS AIRES - EN LOS MISMOS DÍAS Y HORARIOS EN LOS QUE EL COMERCIO ATIENDA AL PÚBLICO PARA VENTAS - DERECHO DEL CONSUMIDOR - DEFENSA AL CONSUMIDOR - DEVOLUCIÓN DE PRODUCTOS - CAMBIO DE PRODUCTOS EN COMERCIOS - ATENCIÓN AL PÚBLICO - EMPRESA RECEPTORA DE UN PEDIDO DE RESCISIÓN DE SERVICIO

Publicación:

08/01/2010

Sanción:

26/11/2009

Organismo:

LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES

Promulgación:

30/12/2009


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de

Ley

Artículo 1°.- Toda devolución o cambio de productos que se realice en el marco de las relaciones de consumo conforme normativa de defensa del consumidor en establecimientos ubicados en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá efectuarse en los mismos días y horarios en los que el comercio atienda al público para ventas.

Art. 2°.- Toda empresa receptora de un pedido de rescisión de servicio en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberá aceptarla en los mismos días y horarios de atención al público para ventas, cualquiera sea su modo de rescisión.

Art. 3°.- En los supuestos enumerados en el Artículo 1° se respetará el valor del producto al momento de la compra.

Art. 4°.- El Poder Ejecutivo promoverá la realización de campañas informativas a los efectos de la difusión de lo normado en los artículos anteriores.

Art. 5°.- Comuníquese, etc. Santilli - Pérez

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

MODIFICADA POR
<p>Art. 36 de la Ley 6513 sustituye el Art. 7 de la Ley 3281.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4387, modifica el artículo 3 de la Ley 3281.</p><p>Art. 2, modifica el artículo 7.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5146, modifica el artículo 3 de la Ley 3281.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4530, modifica el artículo 3 de la Ley 3281.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4323, incorpora texto como artículo 8 a la Ley 3281.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 4209, incorpora texto como artículo 5 a la Ley 3281.</p><p>Art. 2, incorpora texto como artículo 6.</p><p>Art. 3, incorpora texto como artículo 7.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Ley 5593, modifica el art. 7 Ley 3281.</p><p>Art. 2, modifica el artículo 8.</p>
PROMULGADA POR