RESOLUCIÓN 204 2019 SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA

Síntesis:

APRUEBA - OPERATORIA DE RELOCALIZACIÓN - CONSTRUCCIONES EMPLAZADAS EN EL SECTOR UBICADO BAJO AUTOPISTA - PRESIDENTE DR. ARTURO UMBERTO ILLIA - TIPOLOGÍAS - MODELOS DE ESCRITURA CON HIPOTECA  - UNIDAD FUNCIONAL VIVIENDA - MODELO DE ESCRITURAS - CON HIPOTECA - UNIDAD FUNCIONAL USO ECONÓMICO - SOCIAL  - UNIDAD FUNCIONAL VIVIENDA - EXENTOS ARTÍCULO 63 LEY N° 6.129 - MODELOS DE DECLARACIÓNES  JURADAS -  DESOCUPACIÓN - DEMOLICIÓN - ESCRITURACIÓN - DE ESTADO CIVIL Y FILIACIÓN - SOBRE INGRESOS ECONÓMICOS - INEXISTENCIA DE OTROS BENEFICIOS - MODELOS -ACTA DE ENTREGA DE POSESIÓN DE UNIDAD FUNCIONAL - REGLAMENTO DE PROPIEDAD HORIZONTAL -  APRUEBA -PLAN DE PAGO - VALORIZACIÓN - MODELO PLAN DE PAGO INDIVIDUAL - SECRETARÍA DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Publicación:

08/08/2019

Sanción:

29/07/2019

Organismo:

SECRETARIA DE INTEGRACION SOCIAL Y URBANA


VER TEXTO ACTUALIZADO

Solicite el Texto Actualizado de la presente norma en:
ordenamientonormativo@buenosaires.gob.ar

VISTO: Las Leyes Nros. 3.343 (texto consolidado por la Ley 6.017), 5.460 (texto

consolidado por la Ley 6.017) y su modificatoria la Ley N° 5.960, 6.129, 6.130, 6.131 y

6.179, el Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios, las Resoluciones N°

473/MJGGC/2016, N° 162/SECISYU/2016 y N° 59/SECISYU/2017 y el EE N° 2019-

16290828-GCABA-SECISYU, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley N° 5.460 (texto consolidado por la Ley N° 6.017) se sancionó la

Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

contemplando a la Jefatura de Gabinete de Ministros con el objetivo, entre otros, de

diseñar y ejecutar las políticas, planes y programas vinculados a la regularización y

urbanización de las Villas 31 y 31 Bis;

Que mediante Decreto N° 363/GCABA/15 y sus modificatorios se aprobó la estructura

orgánica funcional del Poder Ejecutivo, contemplando a la Secretaría de Integración

Social y Urbana, dependiente del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que, entre las responsabilidades primarias de la mencionada Secretaría se

encuentran las de coordinar el plan maestro de urbanización integral Retiro - Puerto,

promoviendo la interconectividad e integración del entramado urbano entre las Villas

31 y 31 Bis, la zona portuaria y la Ciudad, diseñar estrategias, planes, políticas y

proyectos vinculados a la integración urbana, social y económica de las Villas 31 y 31

Bis; planificar, diseñar y coordinar acciones tendientes a mejorar la calidad del hábitat

en las Villas 31 y 31 Bis; y formular, coordinar y supervisar políticas vinculadas a la

urbanización y regularización de las Villas 31 y 31 bis;

Que, la Ley N° 3.343 (texto consolidado Ley N° 6.017) dispone la urbanización del

polígono correspondiente a las Villas 31 y 31 Bis para ser destinado a vivienda,

desarrollo productivo y equipamiento comunitario de sus actuales habitantes;

Que la Ley N° 6.129 dispuso la re-urbanización del Barrio "Padre Carlos Mugica", su

integración con el resto de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la radicación

definitiva de sus habitantes en un hábitat adecuado, en el marco de las disposiciones

de la Ley N° 3.343 (texto consolidado Ley N° 6.017),

Que el artículo 4° de la Ley N° 6.129 designó como autoridad de aplicación de la

citada norma a la Secretaría de Integración Social y Urbana o al organismo que en el

futuro lo reemplace;

Que, en el marco del operativo censal aprobado por Resoluciones N° 473/MJGGC/16

y N° 162/SECISYU/16, esta Secretaría, en conjunto con la Dirección General de

Estadísticas y Censos de la CABA efectuó el relevamiento y posterior confección del

"Padrón de Beneficiarios" en los términos de la Resolución N° 59/SECISYU/17;

Que, en ese contexto, y a fin de posibilitar la relocalización de los habitantes ubicados

debajo de la actual traza de la Autopista "Presidente Dr. Arturo Umberto Illia", se

tramitó la Licitación Pública Internacional N° 1185/SIGAF/17, mediante la cual se

contrató la construcción de las obras de viviendas denominada "Viviendas YPF - Etapa

I" en un sector del predio propiedad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires,

identificado como Circunscripción 20, Sección 3, Parcela 3, Manzana 86A;

Que conforme lo prescribe el artículo 5° de la Ley N° 6.129, la Secretaría de

Integración Social y Urbana en su carácter de autoridad de aplicación, le compete

definir y ejecutar, en conjunto con las áreas competentes, políticas y procesos dirigidos

a la readecuación habitacional, adjudicación de viviendas, regularización dominial, el

diseño y aprobación de sistemas de repago y, suscribir los instrumentos y actos que

resulten necesarios para el cumplimiento del objeto de la ley citada;

Que por artículo 6° de la Ley N° 6.131 se aprobó el Convenio suscripto entre la

Agencia de Administración de Bienes del Estado, el Ministerio de Transporte de la

Nación, y el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, respecto de diversos

inmuebles, incluidos aquellos que conforman una parte integrante del polígono del

actual Barrio "Padre Carlos Mugica" establecido por la Ley N° 6.129;

Que por su parte, mediante la misma norma, se autorizó a este Gobierno a suscribir

con el Poder Ejecutivo Nacional, un convenio de préstamo subsidiario al Contrato de

Préstamo N° 971 0/CAF-0, celebrado entre la República Argentina y la Corporación

Andina de Fomento, y, con ajuste a los términos de su artículo 6°, se aprobaron las

condiciones que posibilitaron la adquisición de diversos inmuebles comprendidos en el

actual polígono dispuesto por la Ley N° 6.129;

Que, a su vez, la Ley N° 6.179 autorizó a disponer de diversos inmuebles de

propiedad del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, o aquellos que surjan de su

eventual fraccionamiento, con el fin de brindar soluciones habitacionales definitivas

para los beneficiarios del Barrio "Padre Carlos Mugica", facilitar el funcionamiento de

las sedes de organizaciones de la sociedad civil, establecimientos comerciales y para

el desarrollo de equipamiento comunitario, ello en el marco de las previsiones de la

Ley N° 6.129;

Que la Autoridad de Aplicación se encuentra obligada a poner a disposición de los

beneficiarios los instrumentos requeridos por los usos o las particularidades de la

operación que materialice la transferencia de dominio y a prestar toda la cooperación

que le sea exigible para que la misma se concrete, una vez que se encuentren en

condiciones jurídicas de escriturar;

Que en orden a ello, corresponde aprobar las operatorias mediante las cuales se

establezcan los derechos y obligaciones de los beneficiarios y de esta administración,

como así también las valorizaciones sobre metro cuadrado de suelo de cada unidad

funcional y de construcción, tal como ha sido propuesto por el área técnica pertinente

(IF 2019-22613000-GCABA-SSIVCG), las que deberán aplicarse en los

correspondientes planes de pago individuales;

Que, a su vez y en concordancia con las disposiciones de la Ley N° 2.095 (texto

consolidado Ley N° 6.017), ha tomado intervención en lo actuado, el agente financiero

del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires;

Que teniendo en consideración la importancia del carácter social e histórico de la

cuestión que nos ocupa, las razones de política pública expuesta y reconocida en el

marco de la Ley N° 6.129, como así también las precisiones efectuadas por el

informes técnico obrante en las actuaciones de marras, resulta procedente el dictado

del acto administrativo mediante el cual se aprueben los Anexos "A" "Procedimiento de

Relocalización de Construcciones Emplazadas en el sector ubicado Bajo Autopista" y

sus Sub Anexos, "A I" Tipologías, "A II" "Modelo de Escritura con Hipoteca - Unidad

Funcional Vivienda", "A III" "Modelo de Escritura con Hipoteca - Unidad Funcional Uso

Económico - Social" y "A IV" Modelo de Escritura - Unidad Funcional Vivienda -

Exentos Artículo 63 Ley N° 6.129", "A V" "Modelo de Declaración Jurada

Desocupación - Demolición - Escrituración", "A VI" "Modelo de Declaración Jurada de

Estado Civil y Filiación", "A VII" "Modelo de Declaración Jurada sobre Ingresos

Económicos", "A VIII" "Modelo de Declaración Jurada Inexistencia de otros

Beneficios", "A IX" "Modelo de Acta de Entrega de Posesión de Unidad Funcional", "A

X" "Modelo de Reglamento de Propiedad Horizontal", Anexo "B" "Operatoria de Plan

de Pago - Valorización" y su Sub Anexo: "B I" "Modelo Plan de Pago Individual";

Que, la Procuración General de la Ciudad, ha tomado la intervención que le compete,

en concordancia con los términos de la Ley N° 1.218 (Texto Consolidado por Ley N°

6.017).

Por ello, en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 6.129, en carácter de

Autoridad de Aplicación,

EL SECRETARIO DE INTEGRACIÓN SOCIAL Y URBANA

RESUELVE

Artículo 1°.- Apruébase, la "Operatoria de Relocalización de las construcciones

emplazadas en el Sector ubicado "Bajo Autopista" y sus anexos que, como Anexo "A"

(IF-2019-23428060-GCABA-SECISYU) y sus Sub Anexos "A I" "Tipologías" (IF-2019-

23452547-GCABA-SECISYU), "A II" "Modelo de Escritura con Hipoteca - Unidad

Funcional Vivienda (IF-2019-23388083-GCABA-SECISYU), "A III" "Modelo de

Escritura con Hipoteca - Unidad Funcional Uso Económico - Social" (IF-2019-

23390100-GCABA-SECISYU), "A IV" "Modelo de Escritura - Unidad Funcional

Vivienda - Exentos Artículo 63 Ley N° 6.129" (IF-2019-23390325-GCABA-SECISYU),

"A V" "Modelo de Declaración Jurada Desocupación - Demolición - Escrituración" (IF-

2019-23398444-GCABA-SECISYU), "A VI" "Modelo de Declaración Jurada de Estado

Civil y Filiación" (IF-2019-23399040-GCABA-SECISYU), "A VII" "Modelo de

Declaración Jurada sobre Ingresos Económicos" (IF-2019-23401882-GCABA-

SECISYU), "A VIII" "Modelo de Declaración Jurada Inexistencia de otros Beneficios"

(IF-2019-23402600-GCABA-SECISYU), "A IX" "Modelo de Acta de Entrega de

Posesión de Unidad Funcional" (IF-2019-23397866-GCABA-SECISYU) y "A X"

"Modelo de Reglamento de Propiedad Horizontal" (IF-2019-23391366-GCABA-

SECISYU), que forman parte integrante de la presente.

Artículo 2°.- Apruébase el "Plan de Pago - Valorización" que como Anexo "B" (IF-2019-

23668148-GCABA-SSIVCG) y su Sub Anexo "B I" "Modelo Plan de Pago Individual"

(IF-2019-23428027-GCABA-SECISYU), que forman parte integrante de la presente.

Artículo 3°.- Para su conocimiento y demás efectos, pase a la Dirección General

Técnica, Administrativa y Legal de la Jefatura de Gabinete de Ministros, a la Dirección

General Escribanía General dependiente de la Secretaría Legal y Técnica y a las

Subsecretarías de Infraestructura, Vivienda y Coordinación Gubernamental y de

Integración Social y Económica y a la Gerencia Operativa de Reasentamiento.

Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cumplido,

archívese. Fernández


ANEXOS

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-ANEXO A

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A 1

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A II

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A III

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A IV

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A V

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A VI

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A VII

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A VIII

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A IX

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO A X

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-ANEXO B

El anexo de la presente norma puede ser consultado en la separata del Boletin Oficial N 5674-SUB ANEXO B I

Tipo de relación

Norma relacionada

Detalle

INTEGRADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 104-SECISYU-20 dispone la suspensión de pago, provisoria y excepcional, de las cuotas<br />correspondientes a los planes de pagos a cargo de los beneficiarios de viviendas sociales en los términos de la Resolución N° 204-SECISYU/19, cuyo vencimiento se haya producido entre el 20 de marzo de 2020 inclusive y hasta la fecha de la presente.</p><p>Art. 2 dispone la suspensión de pago, provisoria y excepcional, de las cuotas correspondientes a los planes de pagos a cargo de los beneficiarios de viviendas sociales cuyo vencimiento se produzca desde la fecha de la presente y hasta el 31 de mayo de 2020 inclusive.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución 235/SECISYU/21 incorpora el Sub Anexo A XI Modelo de Escritura de Constitución de Derecho Real de Superficie a la Resolución 204/SECISYU/19. </p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Art. 2 de la Resolución 138-SECISYU/21 complementa la Resolución 204/SECISYU/2019 y sus modificatorias, de conformidad con los considerandos de la presente.</p>
MODIFICADA POR
<p>Artículo 1° de la Resolución N° 138-SECISYU/21 sustituye los Sub Anexos “A II” “Modelo de Escritura con Hipoteca – Unidad Funcional Vivienda” y A III” “Modelo de Escritura con Hipoteca – Unidad Funcional Uso Económico – Social de la Resolución N° 204/SECISYU/2019.</p>
COMPLEMENTADA POR
<p>Resolución 71/SECISYU/21 complementa el Anexo B de la Resolución 204/SECISYU/19. </p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 de la Resolución N° 511-SECISYU/20 incorpora como artículo 6 Bis del Anexo “A” “Procedimiento de Relocalización de Construcciones Emplazadas en el sector ubicado Bajo Autopista” de la Operatoria aprobadas por Resolución N° 204-SECISYU/19.</p><p>Art. 3 incorpora el Sub Anexo “A IX Bis” “Modelo de Acta de Asignación Transitoria de Unidad Funcional” (IF 2020-24411133-GCABA-SECISYU).</p>
INTEGRADA POR
<p>Art. 3 de la Resolucion 307-SECISYU -19 aprueba el Anexo A Procedimiento de Relocalización de Construcciones Emplazadas  en el sector ubicado Bajo Autopista.</p>
RATIFICADA POR
<p>Art. 2 de la Resolucion 307-SECISYU-219 ratifica en todos sus términos los Sub Anexos A I Tipologías ,A II Modelo de Escritura con Hipoteca Unidad Funcional Vivienda, A III Modelo de EScritura con Hipoteca Unidad Funcional Uso Economico Social Escritura con Hipoteca Unidad Funcional Uso Económico Social , A IV Modelo de Escritura Unidad Funcional Vivienda - Exentos Artículo 63 Ley N° 6.129,, A V Modelo de Declaración Jurada Desocupación Demolición Escrituracion,  A VI Modelo de Declaración Jurada de Estado Civil y Filiacion, A VII Modelo de Declaración Jurada sobre Ingresos Económicos,, A VIII Modelo de Declaración Jurada Inexistencia de otros Beneficios, A IX Modelo de Acta de Entrega de Posesión de Unidad Funcional y A X Modelo de Reglamento de  Propiedad Horizontal, aprobados por art.1 Resolucion  204-SECISYU-2019.</p>
MODIFICADA POR
<p>Art. 1 Resolucion 307-SECISYU-19 rectifica parcialmente la Resolución  204-SECISYU-2019, y deja sin efecto el Anexo A Procedimiento de Relocalización de Construcciones Emplazadas en el sector ubicado Bajo Autopista (IF-2019-23428060-GCABA- SECISYU) aprobado por el Artículo 1° de la misma.</p>
INTEGRA
<p>Art. 1 Resolución 204-SECISYU-19 aprueba Anexo A IV Modelo de Escritura - Unidad Funcional Vivienda - Exentos Artículo 63 Ley 6129.</p>