DECRETO 106 2005
Síntesis:
MODIFICA LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL - MODIFICACIÓN DE ESTRUCTURA ORGÁNICA - CREACIÓN DE ORGANISMOS - SUBSECRETARÍA DE PROMOCIÓN E INTEGRACIÓN SOCIAL - TRANSFERENCIA DE ORGANISMOS - DIRECCIÓN GENERAL DE TERCERA EDAD - DIRECCIÓN GENERAL DE JUVENTUD - DIRECCIÓN GENERAL ADJUNTA DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA - DIRECCIÓN GENERAL DE NIÑEZ Y ADOLESCENCIA - MODIFICACIÓN DE FUNCIÓN CRÍTICA - DIRECCIÓN GENERAL DE MICROEMPRENDIMIENTOS - DIRECCIÓN GENERAL DE LA MUJER - DIRECCIÓN GENERAL SISTEMA DE ATENCIÓN INMEDIATA - PROGRAMA BUENOS AIRES PRESENTE - PROGRAMA ASISTENCIA DIRECTA INMEDIATA - PROGRAMA PARADORES NOCTURNOS - PROGRAMA ASISTENCIA A LOS SIN TECHO - PROGRAMA ALOJAMIENTO A TRAVÉS DE O.N.G.S - PROGRAMA ALOJAMIENTO INTEGRAL EN HOGARES PROPIOS - PROGRAMA CONDUCCIÓN - GESTIÓN INTEGRAL DEL PROGRAMA - MANTENIMIENTO Y SERVICIOS DE ESTABLECIMIENTOS DE TRÁNSITO PROPIOS - ATENCIÓN DOMICILIARIA ADULTOS MAYORES - DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL - INMUEBLES - SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN SOCIAL Y COMUNITARIA - DIRECCIÓN GENERAL DE FORTALECIMIENTO SOCIOCO-MUNITARIO - PROYECTOS COMUNITARIOS - DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA SOCIAL - SUPRESIÓN DE ORGANISMOS - DIRECCIÓN GENERAL DE EMERGENCIA HABITACIONAL - MODIFICACIÓN DE DENOMINACIÓN - DIRECCIÓN GENERAL DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR Y COMUNITARIO - DIRECCIÓN GENERAL DE FORTALECIMIENTO FAMILIAR - TRANSFERENCIA DE PROGRAMAS - PROGRAMA SER SOLIDARIOS - PROGRAMA APOYO DE FAMILIAS EN SITUACIÓN DE CALLE - PROGRAMA DE EMERGENCIA HABITACIONAL - APOYO A INSTITUCIONES QUE ASISTEN A PERSONAS CON DISCAPACIDAD - MODALIDAD DE ALOJAMIENTO TRANSITORIO EN HOTELES - PROGRAMA DE APOYO HABITACIONAL - PROGRAMA DE PROMOCIÓN DEL EMPLEO - PROGRAMA APOYO A REDES COMUNITARIAS LOCALES - CREACIÓN DE ACTIVIDADES PRESUPUESTARIAS - ACTIVIDAD SUBSIDIOS PARA CAPITAL DE TRABAJO - MISIONES - FUNCIONES - RESPONSABILIDADES PRIMARIAS
Publicación:
02/02/2005
Sanción:
28/01/2005
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
Visto el Decreto N° 2.696-GCBA/03 (B.O. N° 1836) y sus modificatorios, el Expediente N° 76.012/04; y,
CONSIDERANDO:
Que por los referidos decretos se aprueba la estructura organizativa dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que de la experiencia en la gestión de gobierno surge la necesidad de realizar modificaciones en la estructura organizativa de la Secretaría de Desarrollo Social, a fin de afianzar y fortalecer la implementación y desarrollo de los programas destinados a llevar adelante las políticas públicas asignadas a dicha jurisdicción;
Que, en tal sentido, resulta procedente crear la Subsecretaría de Promoción e Integración Social a fin de contar con un área con competencias en el diseño, planificación y coordinación de las distintas acciones para dar respuesta a la problemática relacionada con los adultos mayores, juventud, niñez y adolescencia;
Que, al propio tiempo, resulta conveniente la creación de la Dirección General Sistema de Atención Inmediata, con funciones de coordinación a los efectos de dar respuesta en tiempo y forma a las personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad mediante el aprovechamiento integral de los recursos afectados a los programas Buenos Aires Presente y Asistencia Directa Inmediata y la actividades 10 y 11 del Programa Asistencia a los Sin Techo;
Que, asimismo, se entiende oportuna la creación de la Dirección General de Infraestructura Social a los efectos de implementar un plan de puesta en valor y/o mantenimiento de los inmuebles afectados a la Secretaría de Desarrollo Social, como así también de participar en la formulación de proyectos, dirección y fiscalización de las obras encaradas por dicha Secretaría;
Que, por otra parte, se entiende conveniente la creación de la Dirección General de Fortalecimiento Socio-Comunitario dependiente de la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria con el objeto de integrar en una unidad ejecutora las distintas herramientas necesarias para la promoción, seguimiento y evaluación de proyectos comunitarios de base social;
Que, en ese orden, resulta imprescindible la adecuación de la estructura organizativa de la citada jurisdicción a fin de dotarla de mayor capacidad de gerenciamiento horizontal de las políticas públicas, imprimiendo de esa forma mayor velocidad de respuesta a las demandas sociales;
Por ello y en uso de las atribuciones conferidas por los arts. 102 y 104, inc. 9), de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1° - Modifícase la estructura organizativa de la Secretaría de Desarrollo Social, de conformidad con lo establecido en los Anexos I y II que se adjuntan al presente y, como tales, forman parte integrante del mismo.
Artículo 2° - Créase la Subsecretaría de Promoción e Integración Social dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social.
Artículo 3° - Transfiéranse las Direcciones Generales de Tercera Edad, Juventud y Niñez y Adolescencia, dependientes de la Secretaría de Desarrollo Social, a la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, creada por el precedente artículo 2°, conservando respectivamente sus responsabilidades primarias, patrimonio, personal y presupuesto.
Artículo 4° - Transfiérase la Dirección General de Microemprendimientos, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria, a la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, conservando sus responsabilidades primarias, patrimonio, personal y presupuesto.
Artículo 5° - Asígnase función crítica media a la Dirección General de Niñez y Adolescencia, dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, de conformidad con lo previsto en los artículos 5° y 10 del Decreto N° 726-GCBA/01 y su modificatorio N° 761-GCBA/01.
Artículo 6° - Créase la Dirección General de Infraestructura Social, dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, asignándole función crítica media de conformidad con lo previsto en los artículos 5° y 10 del Decreto N° 726-GCBA/01 y su modificatorio N° 761-GCBA/01.
Artículo 7° - Créase la Dirección General Sistema de Atención Inmediata, dependiente de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, asignándole función crítica media de conformidad con lo previsto en los artículos 5° y 10 del Decreto N° 726-GCBA/01 y su modificatorio N° 761-GCBA/01.
Artículo 8° - Créase la instancia adjunta de la Dirección General de Niñez y Adolescencia, con las responsabilidades primarias detalladas en el referido Anexo II, asignándole función crítica baja de conformidad con lo previsto en los artículos 5° y 10 del Decreto N° 726-GCBA/01 y su modificatorio N° 761-GCBA/01.
Artículo 9° - Transfiérase la Dirección General de Mujer, dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social, a la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria, conservando respectivamente sus responsabilidades primarias, patrimonio, personal y presupuesto.
Artículo 10 - Créase la Dirección General de Fortalecimiento Socio-Comunitario, dependiente de la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria, asignándole función crítica media de conformidad con lo previsto en los artículos 5° y 10 del Decreto N° 726-GCBA/01 y su modificatorio N° 761-GCBA/01.
Artículo 11 - Suprímase la Dirección General de Emergencia Habitacional dependiente de la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria de la Secretaría de Desarrollo Social.
Artículo 12 - Modifícase la denominación de la Dirección General de Fortalecimiento Familiar y Comunitario por Dirección General de Fortalecimiento Familiar.
Artículo 13 - Transfiérase el Programa N° 16 Ser Solidarios a la dependencia directa de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, conservando su patrimonio, personal y presupuesto.
Artículo 14 - Transfiéranse los Programas N° 39 (Apoyo de Familias en Situación de Calle), N° 36 (Emergencia Habitacional) y N° 17 (Apoyo a Instituciones que asisten a Personas con Discapacidad), a la dependencia directa de la Dirección General de Fortalecimiento Familiar de la Subsecretaría de Gestión Social y Comunitaria, conservando su patrimonio, personal y presupuesto.
Artículo 15 - Transfiéranse los Programas N° 19 (Buenos Aires Presente), N° 38 (Asistencia Directa Inmediata), N° 58 (Paradores Nocturnos) y las Actividades N° 10 (Alojamiento a través de ONGs), N° 11 (Alojamiento Integral en Hogares Propios), N° 1 (Conducción), N° 12 (Gestión Integral del Programa) y N° 13 (Mantenimiento y servicios de establecimientos de tránsito propios) del Programa N° 37 (Asistencia a los Sin Techo), a la dependencia directa de la Dirección General Sistema de Atención Inmediata de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, conservando su patrimonio, personal y presupuesto, respectivamente.
Artículo 16 - Transfiérase el Programa N° 43 (Atención Domiciliaria Adultos Mayores) al ámbito de la Dirección General de Tercera Edad de la Subsecretaría de Promoción e Integración Social, conservando su patrimonio, personal y presupuesto.
Artículo 17 - Transfiérase la Actividad N° 14 (Modalidad de alojamiento transitorio en Hoteles) del Programa N° 37 (Asistencia a los Sin Techo) al Programa de Apoyo Habitacional creado por Decreto N° 1.234-GCBA/04 (B.O. N° 1985), conservando su patrimonio, personal y presupuesto.
Artículo 18 - Transfiéranse los Programas N° 49 (Promoción del Empleo), N° 47 (Apoyo a Redes Comunitarias Locales) a la dependencia directa de la Dirección General de Fortalecimiento Socio-Comunitario.
Artículo 19 - Créase la actividad Subsidios para capital de trabajo en el programa N° 49 Promoción del Empleo.
Artículo 20 - Modifícase el Decreto N° 2.696-GCBA/2003 y sus modificatorios, a tenor de lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 21 - La Secretaría de Hacienda y Finanzas, a través de la Dirección General de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto, arbitrará las medidas presupuestarias pertinentes a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente decreto.
Artículo 22 - El presente decreto es refrendado por el señor Secretario de Desarrollo Social, por la señora Secretaria de Hacienda y Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete.
Artículo 23 - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese al Organismo Fuera de Nivel Modernización del Estado y a las Direcciones Generales de Recursos Humanos, de la Oficina de Gestión Pública y Presupuesto y de Mesa General de Entradas, Salidas y Archivo y, para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Secretaría de Desarrollo Social. Cumplido, archívese. IBARRA - Telerman (a/c) - Albamonte - Fernández
ANEXOS
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