DECRETO 494 2009
Síntesis:
DELEGACIÓN DE FACULTADES - FACULTA A LA UNIDAD DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS - A RESOLVER, MEDIANTE ACTO ADMINISTRATIVO - LAS TRAMITACIONES - SITUACIÓN DE REVISTA DEL PERSONAL COMPRENDIDO EN LA LEY 471 - DECRETO 948-05 - RESOLUCIÓN 1924-MHGC-07 - TRASLADOS - TRANSFERENCIAS - CAMBIOS DE DESTINO - RENUNCIAS - CESANTÍAS - DESPIDOS - RECLAMOS POR CALIFICACIÓN COMO ACCIDENTES DE TRABAJO TRASLADOS -
Publicación:
11/06/2009
Sanción:
04/06/2009
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO: los Decretos N° 826/01, N° 878/01, N° 1133/07 y N° 56/09 y su modificatorio N° 126/09 y el Expediente N° 29.651/09, y;
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 826/01 y sus modificatorios, se reglamentó el Capítulo XII- Del Régimen Disciplinario- de la Ley N° 471 -de Relaciones Laborales en la Administración Pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires-,
Que por Decreto N° 878/01 se delegó en el entonces Secretario de Hacienda y Finanzas la facultad de calificar como accidentes de trabajo a los infortunios denunciados por los agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, autorizando a su vez al citado funcionario para subdelegar en el Subsecretario de Gestión Operativa el ejercicio de la mencionada facultad,
Que dicha subdelegación operó mediante el dictado de la Resolución N° 1190-SHyF-01;
Que por Decreto N° 1133/07 se aprobó el Régimen de Transferencias, Comisiones de Servicio y Adscripciones del personal del Poder Ejecutivo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 56/09 y su modificatorio se suprimió la Dirección General Administración de Recursos Humanos, creándose en su reemplazo la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda, aprobando su estructura orgánica funcional como, asimismo, la de sus Direcciones Generales dependientes;
Que, en virtud de las competencias asignadas a la mencionada Unidad de Organización, se entiende necesario concentrar en la misma las facultades para resolver cuestiones previstas en la normativa citada relacionadas con la situación de revista del personal comprendido en la Ley N° 471, con el fin de generar mecanismos céleres y ágiles para su tramitación;
Por ello, en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1°.- Facúltase a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, dependiente del Ministerio de Hacienda a resolver, mediante acto administrativo, las tramitaciones referidas a la situación de revista del personal comprendido en la Ley N° 471, como asimismo en el Régimen de Contratos por Tiempo Determinado (Decreto N° 948/05 y Resolución 1924-MHGC-07) en los casos que se detallan a continuación:
a) Transferencias y Cambios de destino.
b) Aceptación de renuncias en cargos de ejecución y de conducción.
c) Cesantías por las causales previstas en el artículo 48 incisos a), b) y d) de la Ley N° 471
d) Cese por las causales previstas en el artículo 61 de la Ley 471
e) Bajas de Personal Contratado en Relación de Dependencia por tiempo determinado (Decreto N° 948/05 y Resolución 1924/07).
Artículo 2° - Delégase, en el/la titular de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, la resolución de los reclamos por calificación como accidentes de trabajo de los infortunios denunciados por los agentes del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires
Artículo 3° - Deróganse el Decreto N° 878/01, el artículo 3° del Decreto N° 1133/07, el artículo 5° del Decreto N° 826/01 y la Resolución N° 1190-SHyF-01.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Hacienda y el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5° - Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos. Cumplido, archívese.