DISPOSICIÓN 10 2020 DIRECCION GENERAL ESPACIOS VERDES Y CEMENTERIOS
Síntesis:
SE APRUEBA PROTOCOLO - INHUMACIÓN - CREMACIÓN DE CADÁVERES - PERSONAS FALLECIDAS - DIAGNÓSTICO PROBABLE O CONFIRMADO DE COVID-19 - CORONAVIRUS - EMERGENCIA SANITARIA
Publicación:
01/04/2020
Sanción:
30/03/2020
Organismo:
DIRECCION GENERAL ESPACIOS VERDES Y CEMENTERIOS
VISTO: La declaración de la Organización Mundial de la Salud respecto del virus
COVID-19 (Coronavirus), la Ley 4.977, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nros.
260-PEN/20 y 297-PEN/20, el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1/20, el Decreto N°
147/20, la Resolución N° 781-GCABA-MSGC/20, la Disposición N° 33-GCABA-
DGHOSP/20 y el Expediente Electrónico N° 10571317-GCABA-DGEVYC/20, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de marzo de 2020, la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
(OMS), declaró el brote del nuevo coronavirus como una pandemia, luego de que el
número de personas infectadas por COVID-19 a nivel global llegara a 118.554, y el
número de muertes a 4.281, afectando hasta ese momento a 110 países;
Que en los últimos días se ha constatado la propagación de casos del nuevo
coronavirus COVID-19 en numerosos países de diferentes continentes, llegando a
nuestra región y a nuestro país;
Que, por tal motivo, por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260-PEN/20, el Poder
Ejecutivo de la Nación, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida
por Ley N° 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la Organización Mundial de
la Salud (OMS) en relación con el coronavirus (COVID-19), por el plazo de Un (1) año
a partir de la entrada en vigencia de dicho decreto;
Que, con motivo del agravamiento de la situación sanitaria que atraviesa el país por
causa de la Pandemia antes mencionada, a través de Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 297-PEN/20, el Poder Ejecutivo Nacional ha intensificado las medidas
adoptadas a fin de mitigar su propagación y su impacto en el sistema sanitario;
Que, adhiriendo a la postura adoptada por el Poder Ejecutivo Nacional, por Decreto de
Necesidad y Urgencia N° 1/20 el Sr. Jefe de Gobierno declaró la Emergencia Sanitaria
en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta el 15 de Junio de 2020 a
los fines de atender y adoptar las medidas necesarias para prevenir y reducir el riesgo
de propagación del contagio en la población del virus COVID-19 (Coronavirus);
Que, en línea con el Decreto de Necesidad y Urgencia antes mencionado, se dictó el
Decreto N° 147/20 el cual en su artículo 4° inciso a), entre otras medidas, faculta "a las
autoridades superiores con rango no inferior a Director General o equivalente, de
áreas cuyos servicios serán considerados esenciales..." a "Establecer protocolos y
procedimientos de trabajo acordes a la situación epidemiológica actual, asegurando la
prestación de los servicios";
Que, en el marco de la emergencia sanitaria decretada, las distintas áreas que
conforman la administración central del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, han dictado diversas normas tendientes a evitar la propagación del virus
COVID-19 (coronavirus);
Que, teniendo en cuenta las recomendaciones emanadas por el Ministerio de Salud,
Autoridad en materia sanitaria, respecto de la pandemia que nos ocupa el bien jurídico
tutelado o protegido es la salud pública, es responsabilidad de esta Dirección General
de Espacios Verdes y Cementerios bregar por el estricto cumplimiento de la normativa
que prevé medidas de seguridad tendientes a evitar la propagación del virus COVID-
19 (coronavirus) en el ámbito de su competencia coadyuvando así a fortalecer las
áreas a su cargo;
Que, a través de Disposición N° 33-GCABA-DGHOSP/20, la Dirección General de
Hospitales, dependiente del Ministerio de Salud local ha dispuesto el "Procedimiento
para el manejo de cadáveres de casos de COVID-19", el cual contempla las medidas
de seguridad que deben asegurarse en el manejo, traslado y disposición final de
cadáveres con resultado probable o confirmado de COVID-19;
Que, en virtud del aislamiento social preventivo obligatorio y la consecuente restricción
ambulatoria de la población, resulta necesario establecer procedimientos especiales
para la realización de trámites administrativos con motivo del destino final de
cadáveres en los cementerios y crematorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
como así también limitar la concurrencia de personas a lugares públicos;
Que, en dicho contexto, el Ministerio de Salud de la Ciudad de Buenos Aires ha
resuelto por Resolución N° 781-GCABA-MSGC/20 restringir "el ingreso de visitas y/o
acompañantes a los hospitales públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a
partir del día 26 de marzo del corriente año mientras se encuentre vigente la situación
epidemiológica causada por el virus COVID-19 (coronavirus).";
Que, a los efectos de preservar la salud de la población, y en consonancia con las
medidas adoptadas en la presente emergencia sanitaria por el Sr. Jefe de Gobierno de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, es imprescindible tomar las acciones urgentes
tendientes a tal fin;
Por ello y en el uso de las facultades que le son propias,
Artículo 1°.- Apruébese el "Protocolo para inhumación y/o cremación de cadáveres de
personas fallecidas con diagnóstico probable o confirmado de COVID-19", el cual
como Anexo I (IF-2020- 10592933-GCABA-DGEVYC) forma parte de la presente.
Artículo 2°.- Establézcase que a las inhumaciones y cremaciones de cadáveres que
ingresen a los cementerios de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de personas
fallecidas, con diagnóstico probable o confirmado de COVID-19 (Coronavirus) deberá
dársele tratamiento prioritario conforme el procedimiento establecido en el "Protocolo
para inhumación y/o cremación de cadáveres de personas fallecidas con resultado
probable o confirmado de COVID-19", aprobado en el artículo 1° de la presente.
Artículo 3°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Comuníquese a las Gerencias Operativas de los Cementerios de la Chacarita, Flores,
Recoleta, del Crematorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de Planeamiento y
Registración y a los Departamentos Mortuorio, Administrativo y de Policía Mortuoria.
Cumplido, archívese. Maffuchi