DECRETO 491 2018
Síntesis:
SE APRUEBA RÉGIMEN - RÉGIMEN PARA LA ASIGNACIÓN DE FONDOS DE APLICACIÓN EN LAS JURISDICCIONES - ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS - DEPENDENCIAS Y REPARTICIONES DEL GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES - DESIGNA AUTORIDAD DE APLICACIÓN - MINISTERIO DE ECONOMÍA Y FINANZAS - DEROGA LOS DECRETOS 67-10 - 477-11 - 501-12 - LOS ARTÍCULOS 3 Y 4 DEL DECRETO 117-17 - RESOLUCIONES CONJUNTAS - 3-MHGC-MJGGC-SECLYT-15- 18-MHGC-MJGGC-SECLYT-12 - 10-MHGC-MJGGC-SECLYT-13 - CAJA CHICA COMÚN - CAJA CHICA ESPECIAL - FONDO ROTATORIO PARA LA POLICÍA DE LA CIUDAD - FONDO ROTATORIO PARA EL ENTE AUTÁRQUICO TEATRO COLÓN - VIÁTICOS - ALOJAMIENTO Y PASAJES - GASTOS DE MOVILIDAD
Publicación:
03/01/2019
Sanción:
28/12/2018
Organismo:
GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
VISTO:
Las Leyes Nros. 70, 2855 y 5688 (Textos consolidados según Ley N° 6017), los
Decretos N° 67/10, N° 477/11, N° 501/12 y N° 117/17 y las Resoluciones Conjuntas
Nros. 18/MHGC-MMGC-MJGGC-SECLYT/12, 10/MHGC-MJGGC-SECLYT/13 y
3/MHGC-MJGGC-SECLYT/15, el Expediente Electrónico N° 35119951-MGEYA-
DGCG/2018, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 70 se fijaron los sistemas de Gestión, Administración Financiera y
Control del Sector Público de la Ciudad de Buenos Aires y se establece la
organización y funcionamiento de sus órganos;
Que por Decreto N° 67/10 y su modificatorio N° 117/17 se aprobó el Régimen para la
Asignación de Fondos a reparticiones del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires;
Que mediante Resolución Conjunta N° 10/MHGC-MJGGC-SECLYT/13 y su
modificatoria N° 3/MHGC-MJGGC-SECLYT/15, se aprobó el procedimiento
administrativo electrónico para la tramitación de la Solicitud, Rendición y Reposición
de Caja Chica Común;
Que mediante Decreto N° 477/11 se aprobó el régimen de viáticos, alojamiento y
pasajes destinados a misiones transitorias de carácter oficial en el interior y exterior
del país por parte de funcionarios y agentes del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires;
Que mediante Decreto N° 501/12 se aprobó el Régimen de Asignación de Gastos de
Movilidad en el ámbito del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
aprobándose mediante Resolución Conjunta
N° 18/MHGC-MMGC-MJGGC-
SECLYT/12 el procedimiento administrativo electrónico para la tramitación de la
Solicitud, Rendición y Devolución de Gastos por Movilidad;
Que por Ley N° 2855 se creó el "Ente Autárquico Teatro Colón" en el ámbito del
Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con
personería jurídica propia, autonomía funcional y autarquía financiera;
Que por Ley N° 5688 se creó la Policía de la Ciudad de Buenos Aires, como institución
civil, armada, jerarquizada profesionalmente y depositaria de la fuerza pública del
Estado en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del plan de modernización de la Administración Pública se hace
necesaria la incorporación de mejoras en materia de herramientas tecnológicas, que
permiten agilizar y dotar de mayor eficiencia a los procesos administrativos
otorgándoles mayor transparencia y accesibilidad en materia de control;
Que en este sentido se evidencia la necesidad de unificar y actualizar las pautas
inherentes al régimen de asignación fondos, estableciéndose en un único marco
normativo lo relativo al régimen de pago efectuado mediante cualquiera de las
modalidades del régimen de fondos;
Que en igual orden de ideas, resulta conveniente contemplar un Fondo Rotatorio para
uso exclusivo del personal con estado policial de la Policía de la Ciudad, a fin de
atender mandatos judiciales, custodia de funcionarios o actos de colaboración con
otras fuerzas de seguridad, cuyas características especiales y naturaleza hagan
necesario la atención exclusiva, inmediata y oportuna de los gastos que involucren los
procesos ordenados y un Fondo Rotatorio para Gastos del Ente Autárquico Teatro
Colón, destinado a atender los pagos de erogaciones provenientes del giro habitual y
regular, que permita cumplir con su operatoria, prescindiendo de todo otro
requerimiento de fondo especial;
Por ello y en uso de las facultades conferidas por los artículos 102 y 104 de la
Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
Artículo 1°.- Apruébase el Régimen para la Asignación de Fondos de aplicación en las
jurisdicciones, Organismos Descentralizados, dependencias y reparticiones del
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, de conformidad con lo establecido
en el Anexo (IF-2018-35303480-MEFGC), el que a todos sus efectos se acompaña y
forma parte integrante del presente.
Artículo 2°.- Desígnase como autoridad de aplicación del Régimen que se aprueba por
el artículo 1° del presente decreto, al Ministerio de Economía y Finanzas, facultándolo
para dictar las normas aclaratorias, interpretativas, reglamentarias, complementarias
y/o excepciones que hagan a la ejecución del mismo.
Artículo 3°.- Derógase los Decretos Nros. 67/10, 477/11, 501/12, los artículos 3° y 4°
del Decreto N° 117/17, las Resoluciones Conjuntas Nros, 3/MHGC-MJGGC-
SECLYT/15, 18/MHGC-MJGGC-SECLYT/12 y 10/SECLYT/13.
Artículo 4°.- El presente Decreto es refrendado por el señor Ministro de Economía y
Finanzas y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 5°.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y
comuníquese a todos los Ministerios y Secretarías del Poder Ejecutivo, Vicejefatura de
Gobierno, Organismos Descentralizados, a la Sindicatura General de la Ciudad de
Buenos Aires y a las Direcciones Generales de Contaduría, de Tesorería y Técnica
Administrativa y Legal del Ministerio de Economía y Finanzas. Cumplido, archívese.
RODRÍGUEZ LARRETA - Mura - Miguel